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Política de jubilación anticipada según el Decreto 29/2023/ND-CP

Báo Quốc TếBáo Quốc Tế05/06/2023

05 Las políticas sobre racionalización de la nómina a partir del 20 de julio de 2023 están estipuladas en el Decreto 29/2023/ND-CP que regula la racionalización del personal.

Chính sách nghỉ hưu trước tuổi theo Nghị định 29/2023/NĐ-CP. (Nguồn: nld.com)

Política de jubilación anticipada según Decreto 29/2023/ND-CP. (Fuente: nld.com)

En consecuencia, la normativa sobre la política de jubilación anticipada en virtud del Decreto 29/2023/ND-CP es la siguiente:

1. Los sujetos de reducción de personal cuya edad sea al menos 05 años inferior a la máxima y al menos 02 años inferior a la edad de jubilación prescrita en el Anexo II emitido con el Decreto 135/2020/ND-CP y hayan pagado el seguro social obligatorio durante 20 años o más, de los cuales 15 años hayan trabajado en trabajos arduos, tóxicos, peligrosos o especialmente arduos, tóxicos, peligrosos en la lista emitida por el Ministerio de Trabajo - Inválidos y Asuntos Sociales o hayan trabajado durante 15 años o más en áreas con condiciones socioeconómicas particularmente difíciles emitidas por el Ministerio de Trabajo - Inválidos y Asuntos Sociales incluyendo el tiempo de trabajo en lugares con coeficiente de asignación regional de 0,7 o superior antes del 1 de enero de 2021, además de disfrutar de los beneficios de jubilación de acuerdo con las disposiciones de la ley de seguro social, también tienen derecho a los siguientes beneficios:

- No hay deducción de la tasa de pensión por jubilación anticipada;

- Recibir un subsidio de 03 meses de salario promedio por cada año de jubilación anticipada respecto a la edad de jubilación especificada en el Anexo II emitido con el Decreto 135/2020/ND-CP;

- Recibir un subsidio de 05 meses de salario promedio por los primeros veinte años de trabajo, con pago total del seguro social obligatorio. A partir del vigésimo primer año, por cada año de trabajo con cotizaciones obligatorias a la seguridad social, se concederá un subsidio equivalente a medio mes de salario.

2. Los sujetos de racionalización del personal cuya edad sea al menos 05 años inferior a la edad máxima y al menos 02 años inferior a la edad de jubilación prescrita en el Anexo I emitido con el Decreto 135/2020/ND-CP y hayan cotizado 20 años o más de seguro social obligatorio tienen derecho a pensión de acuerdo con las disposiciones del artículo 54 de la Ley de Seguro Social de 2014 (modificada y complementada en 2019). Además de disfrutar del régimen de jubilación de acuerdo con las disposiciones de la ley de seguro social, también tienen derecho a los siguientes regímenes:

- Recibir un subsidio de 03 meses de salario promedio por cada año de jubilación anticipada respecto a la edad de jubilación especificada en el Anexo I emitido con el Decreto 135/2020/ND-CP;

- Disfrutar de los beneficios previstos en el punto a), punto c), cláusula 1, artículo 5, del Decreto 29/2023/ND-CP.

3. Los sujetos de reducción de personal cuya edad mínima sea 02 años menor que la edad de jubilación especificada en el Anexo II emitido con el Decreto 135/2020/ND-CP y hayan pagado el seguro social obligatorio durante 20 años o más, incluidos 15 años de trabajo en trabajos arduos, tóxicos, peligrosos o especialmente arduos, tóxicos, peligrosos en la lista emitida por el Ministerio de Trabajo - Inválidos y Asuntos Sociales o que tengan 15 años de trabajo en áreas con condiciones socioeconómicas particularmente difíciles emitidas por el Ministerio de Trabajo - Inválidos y Asuntos Sociales, incluido el tiempo de trabajo en lugares con coeficiente de asignación regional de 0,7 o superior antes del 1 de enero de 2021, disfrutarán de los beneficios de jubilación de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre el seguro social y no se les deducirá su tasa de pensión debido a la jubilación anticipada.

4. Los sujetos de racionalización del personal cuya edad mínima sea 02 años inferior a la edad de jubilación especificada en el Anexo I emitido con el Decreto 135/2020/ND-CP y hayan pagado 20 años o más de seguro social obligatorio (los cuadros femeninos y los funcionarios públicos a nivel comunal hayan pagado 15 años o más de seguro social obligatorio) disfrutarán de los beneficios de jubilación de acuerdo con las disposiciones de la ley de seguro social y no se les deducirá su tasa de pensión por jubilación anticipada.

5. Los sujetos de la reducción de personal son los cuadros y funcionarios públicos femeninos de nivel comunal cuya edad sea al menos 5 años inferior a la edad máxima y al menos 2 años inferior a la edad de jubilación prescrita en el Anexo I emitido por el Decreto 135/2020/ND-CP, que hayan cotizado al seguro social obligatorio durante 15 años pero menos de 20 años. Además de disfrutar del régimen de jubilación de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre el seguro social, también tienen derecho a los siguientes regímenes:

- No hay deducción de la tasa de pensión por jubilación anticipada;

- Recibir un subsidio de 05 meses de salario promedio y el régimen previsto en el Punto a, Cláusula 2, Artículo 5, Decreto 29/2023/ND-CP.

El Decreto 29/2023/ND-CP entra en vigor a partir del 20 de julio de 2023; Las políticas y regímenes del Decreto 29/2023/ND-CP se aplican hasta el 31 de diciembre de 2030.

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