Decreto que regula el régimen y políticas de los oficiales que han cesado en el servicio activo; Oficial en servicio activo sacrificado, murió; oficiales en servicio activo transferidos a funcionarios militares profesionales o civiles de defensa.

De acuerdo con la nueva normativa, los funcionarios que cambian de carrera y son reclutados para trabajar en organismos estatales, unidades de servicio público, organizaciones políticas y organizaciones sociopolíticas que reciben salarios del presupuesto estatal tienen derecho a una serie de beneficios.

Es decir, se da prioridad a la inserción laboral adecuada a los ámbitos profesionales, técnicos y vocacionales; ser capacitados y fomentados en los conocimientos y habilidades necesarios y apropiados para el trabajo desempeñado. Exento de los exámenes de ingreso si se transfiere a la antigua agencia o unidad o se transfiere a otra especialidad a solicitud de una agencia estatal competente. Se dará prioridad a la suma de puntos en los resultados del examen de reclutamiento de funcionarios y empleados públicos de acuerdo con lo establecido en la ley de cuadros, funcionarios y empleados públicos en el momento del examen.

Además, los oficiales son clasificados y remunerados de acuerdo con su nuevo puesto de trabajo, nuevo trabajo y nuevo título a partir de la fecha efectiva de la decisión de transferencia. En caso de que el salario según grupo, grado o nivel sea inferior al salario según el grado militar del oficial al momento del traslado de carrera, el salario, la prima de antigüedad y la contribución y disfrute del seguro social al momento del traslado de carrera se reservarán por un período de 18 meses a partir de la fecha efectiva de la decisión de traslado de carrera y serán pagados por la nueva agencia o unidad.

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Oficiales del ejército practican en preparación para el 50º aniversario de la reunificación nacional. Foto: Pham Hai

En el caso de los funcionarios que hayan cambiado de carrera y tengan derecho a pensión, si el salario mensual promedio para el pago del seguro social utilizado como base para el cálculo de la pensión de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre el seguro social al momento de la jubilación es inferior al salario mensual promedio para el pago del seguro social al momento del cambio de carrera, se utilizará como base para el cálculo de la pensión el salario mensual promedio para el pago del seguro social al momento del cambio de carrera, convertido de acuerdo con el régimen salarial prescrito al momento de la jubilación.

A los funcionarios que hayan cambiado de carrera, si no tienen derecho a pensión y renunciaron a su trabajo, además de recibir los beneficios del seguro social de acuerdo con las normas reglamentarias, se les pagará una indemnización por despido por el organismo o unidad que recibe salario del presupuesto estatal y administra y emplea a los cuadros, funcionarios y empleados públicos en el momento de renunciar a su trabajo. En particular, por cada año de servicio en el Ejército, la asignación es igual a un mes de salario del mes inmediatamente anterior al traslado, convertido de acuerdo con el régimen salarial prescrito al momento de la terminación del empleo para servir de base para el cálculo de la indemnización por despido.

En los casos de traslado a puestos de trabajo en organismos y unidades que perciben salarios con cargo al presupuesto estatal, con un período de servicio en el Ejército determinado por las autoridades competentes como suboficiales, al jubilarse, el coeficiente salarial utilizado como base para el cálculo del salario medio utilizado como base para el cálculo de la pensión por el período de los suboficiales trasladados es de 3,90.

De acuerdo con el Decreto No. 52/2025, los oficiales que se transfieren para trabajar en agencias y unidades que reciben salarios del presupuesto estatal y luego se transfieren a agencias y unidades que no reciben salarios del presupuesto estatal, al jubilarse, recibirán una asignación de antigüedad adicional de acuerdo con el tiempo de servicio en el Ejército y el rango militar en el momento inmediatamente anterior a la transferencia del oficial, y se convertirá de acuerdo con el régimen salarial prescrito en el momento de la jubilación al calcular el salario mensual promedio para las contribuciones al seguro social por el tiempo de trabajo de acuerdo con el régimen salarial prescrito por el estado para servir como base para calcular la pensión de los oficiales.

Además, a los oficiales que hayan cambiado de carrera pero que por exigencias de la misión las autoridades competentes decidan regresar a servir en el Ejército, se les asignarán nuevos trabajos adecuados a las necesidades y capacidades del oficial.

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