El personal docente siguió interesándose por las preocupaciones de los padres. En el pasado, muchas personas preguntaron si se permitía a los docentes abrir centros de enseñanza adicionales.
De acuerdo con el inciso 1 del artículo 80 del Decreto 01/2021, la ley no prohíbe a los docentes constituir hogares empresariales. Sin embargo, el artículo 4, cláusula 3, de la Circular 29/2024 establece que los docentes de las escuelas públicas no están autorizados a participar en la gestión y funcionamiento de la enseñanza extracurricular.
De conformidad con el artículo 81 del Decreto 01/2021, los empresarios están obligados a:
- Cumplir con las obligaciones tributarias, financieras y comerciales de los hogares empresarios de acuerdo a lo establecido en la ley.
- El empresario representa al núcleo familiar como persona que solicita la transacción de los asuntos civiles, como demandante, como demandado, como persona con derechos y obligaciones conexos ante el Arbitraje, el Tribunal y demás derechos y obligaciones previstos por la ley.
- Los propietarios de negocios pueden contratar a otras personas para administrar y operar las actividades comerciales del hogar empresarial.
- Responsable de las actividades comerciales del hogar empresarial.
- Los demás derechos y obligaciones que prescriba la ley.
De acuerdo con las normas anteriores, si se crea una empresa familiar para organizar clases adicionales, el propietario de la empresa familiar tendrá que administrar, operar y ser responsable de las obligaciones derivadas de las clases adicionales fuera de la escuela.
De esta forma, los profesores de escuelas privadas pueden crear su propio negocio para organizar clases complementarias. A los docentes de instituciones públicas no se les permite organizar, operar o gestionar clases adicionales, sino que solo se les permite enseñar clases adicionales fuera de la escuela bajo contrato.
Normativa sobre enseñanza extraescolar
El artículo 6 de la Circular 29/2024 establece que las organizaciones o personas que organicen actividades extraescolares de enseñanza y aprendizaje que cobren tasas a los estudiantes, además de registrar su actividad de acuerdo con las disposiciones de la ley, también deben hacer pública la información sobre las materias de las actividades extraescolares. clases.
Además de eso, las organizaciones o individuos que brindan enseñanza adicional están obligados a revelar públicamente el número de docentes adicionales para cada materia por nivel de grado; lugar, forma y momento de la organización de las actividades extraescolares; Listado de tutores y cuotas de matrícula antes de inscribirse en clases de tutoría y aprendizaje.
Los tutores extracurriculares deben garantizar buenas cualidades morales y competencia profesional apropiadas para la materia que enseñan.
Al mismo tiempo, los docentes que impartan docencia en centros educativos y participen en actividades extracurriculares, deberán informar al Rector o Director del centro educativo sobre las materias, lugar, modalidad y horario de las actividades extracurriculares.
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Fuente: https://vtcnews.vn/giao-vien-co-duoc-phep-mo-trung-tam-day-them-ar923576.html
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