El Ministerio de Seguridad Pública acaba de emitir la Circular No. 83/2024 sobre la construcción, gestión, operación, explotación y uso del sistema de vigilancia para garantizar la seguridad, el orden y la protección del tránsito vial. En el cual se establecen disposiciones sobre la descentralización de la gestión y operación del sistema de monitoreo del tráfico.

En concreto, el artículo 6 de la Circular establece que el Departamento de Policía de Tránsito gestiona y opera el sistema de vigilancia del tráfico en las autopistas, con excepción de las autopistas asignadas y descentralizadas por el Ministro de Seguridad Pública al Departamento de Seguridad Pública. La policía de las provincias y de las ciudades de gestión centralizada organiza patrullas , controlar y gestionar las infracciones.

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El Departamento de Policía de Tránsito administrará y operará el sistema de monitoreo en las carreteras. Foto: Dinh Hieu

La policía de las provincias y de las ciudades administradas centralmente administra y opera el sistema de monitoreo de tránsito en las carreteras dentro de los límites administrativos de las provincias y de las ciudades administradas centralmente y en las autopistas. Está asignada y descentralizada para organizar patrullas, controlar y manejar las infracciones.

La unidad que gestiona y opera el sistema de monitoreo de tráfico monitorea, inspecciona y evalúa periódicamente el rendimiento del equipo de monitoreo de tráfico, el equipo que respalda el sistema de monitoreo de tráfico y el equipo ubicado en el centro. El monitoreo de tráfico, las líneas de transmisión y el software del sistema de monitoreo de tráfico garantizan un sistema estable. operación; Comprobar periódicamente el estado y la capacidad de almacenamiento de datos del sistema de monitorización del tráfico; Evaluación de la grabación de imágenes de equipos de monitoreo de tráfico.

La información y los datos del sistema de monitoreo de tráfico se gestionan, clasifican y comparten de acuerdo con las regulaciones del Ministro de Seguridad Pública sobre gestión, conexión y compartición de datos de cámaras de vigilancia en la Seguridad Pública Popular.

La unidad que gestione y opere el sistema de monitoreo de tránsito elaborará la normativa sobre gestión, operación, explotación y uso del sistema de monitoreo de tránsito; Desarrollar un plan para manejar y restaurar el sistema y los datos cuando ocurre un incidente. Antes de promulgar normas sobre gestión, operación, explotación y uso de los sistemas de monitoreo de tránsito, las policías provinciales y municipales deben solicitar opinión escrita al Departamento de Policía de Tránsito.