Se dictan instrucciones sobre el control y pago de los gastos ordinarios a través del Tesoro Público a partir del 1 de mayo de 2024.
El Ministerio de Finanzas acaba de emitir la Circular No. 17/2024/TT-BTC que orienta el control y pago de los gastos regulares a través del Tesoro Estatal. Esta Circular entra en vigor el 1 de mayo de 2024.
De acuerdo con la Circular, el principio de control y pago a través del Tesoro Público es que los gastos del Presupuesto del Estado sólo pueden realizarse cuando estén incluidos en el presupuesto estimado asignado, salvo los casos especificados en el artículo 51 de la Ley de Presupuestos del Estado; El jefe de la unidad que utiliza el presupuesto, el inversor o la persona autorizada ha decidido gastar, y el saldo de la cuenta de la unidad es suficiente para gastar.
El Tesoro del Estado verifica la legalidad de los comprobantes de pago y de los documentos adjuntos a los comprobantes de pago en el marco de los procedimientos administrativos enviados al Tesoro del Estado según lo prescrito en los Decretos Gubernamentales. En caso de que los comprobantes de pago y los documentos adjuntos a los comprobantes de pago enviados al Tesoro Estatal por la unidad usuaria del presupuesto sean falsificados intencionalmente o se sustituya su contenido, la unidad usuaria del presupuesto será responsable de acuerdo con las disposiciones de la ley.
En el caso de los registros no sujetos a procedimientos administrativos enviados al Tesoro Estatal según lo establecido en los Decretos Gubernamentales, la unidad usuaria del presupuesto es responsable de controlar el contenido de los pagos y los registros de pagos de conformidad con las disposiciones legales.
El Tesoro Estatal controla las normas (niveles de gasto) de acuerdo a lo dispuesto en los documentos legales. En caso de que las autoridades competentes hayan permitido a los organismos y unidades implementar el mecanismo autónomo, el control deberá asegurar el cumplimiento de la normativa interna de gasto y de acuerdo al presupuesto autónomo asignado.
Los pagos anticipados y los pagos en efectivo deberán realizarse de conformidad con lo dispuesto en la Circular que orienta la gestión de los cobros y pagos en efectivo a través del sistema del Tesoro Estatal del Ministerio de Hacienda.
Dos formas de control y pago de los gastos ordinarios a través del Tesoro Público
El Tesoro Público controlará y pagará los gastos ordinarios del presupuesto del Estado a través del Tesoro Público en las siguientes formas:
1. Pagar primero, controlar después: Es un método de pago que se aplica a cada pago de contratos de pago múltiples, excepto al pago final. Luego de recibir todos los documentos válidos y legales, el Tesoro del Estado procesará el pago al beneficiario dentro de 01 día hábil; Al mismo tiempo, enviar 01 documento de notificación de débito a la unidad para confirmar que se ha realizado el pago, enviar 01 documento de notificación de crédito a la unidad (si la unidad beneficiaria abre una cuenta en la Tesorería del Estado).
Dentro de 01 día hábil contado desde la fecha de pago, la Tesorería del Estado realizará el control del expediente de acuerdo al régimen prescrito.
2. Precontrol, postpago: Es una forma de pago que se aplica a todos los gastos, en la cual el Tesoro del Estado realiza el control y el pago dentro del plazo prescrito en el Decreto No. 11/2020/ND-CP después de recibir los documentos legales completos y válidos según lo prescrito.
Contenido específico del control del gasto a través de la Tesorería General del Estado
La Circular establece claramente que para algunos contenidos específicos de gasto, el Tesoro Público controla lo siguiente:
Por sueldos y asignaciones salariales (asignaciones salariales según el sistema de partidas presupuestarias vigente); salarios de mano de obra contratada; Ingresos complementarios, gastos de manutención, subvenciones, otras prestaciones, contratos, gratificaciones: el Tesoro Público controla que no se supere el cupo salarial aprobado por las autoridades competentes; no exceder el número de trabajadores contratados, de acuerdo con la fuente de financiamiento implementada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9 y 12 del Decreto No. 111/2022/ND-CP del Gobierno sobre contratos para ciertos tipos de trabajo en agencias administrativas y unidades de servicio público;
Verifique que haya una coincidencia correcta entre los detalles y los totales; Coincida el monto total de la Tabla de Pagos del beneficiario con la Autorización de Retiro/Pago de Presupuesto firmada y aprobada por el jefe de la unidad.
Español Respecto de los gastos de ingresos adicionales: Para las unidades de servicio público cuyos gastos regulares están garantizados por el Estado (unidades del grupo 4): El Tesoro del Estado controlará y asegurará el cumplimiento de la normativa interna de gastos de la unidad y de lo dispuesto en la Cláusula 2, Artículo 22 del Decreto No. 60/2021/ND-CP y la Cláusula 3, Artículo 10 de la Circular No. 56/2022/TT-BTC del Ministerio de Hacienda que orientan una serie de contenidos sobre el mecanismo de autonomía financiera de las unidades de servicio público; Manejo de activos y finanzas durante la reorganización y disolución de unidades de servicio público.
Para los organismos estatales que implementan el régimen de autonomía: El Tesoro Estatal controlará y garantizará el cumplimiento de las normas internas de gasto de la unidad y de lo dispuesto en la Circular Conjunta No. 71/2014/TTLT-BTC-BNV del Ministerio de Finanzas y del Ministerio del Interior que regula el régimen de autonomía y la autorresponsabilidad en el uso de los fondos de gestión administrativa de los organismos estatales.
[anuncio_2]
Fuente
Kommentar (0)