Nueva normativa sobre compensación, apoyo y reasentamiento cuando el Estado adquiere tierras

Việt NamViệt Nam14/07/2024

El Decreto No. 88/2024/ND-CP detalla y orienta la implementación de la Cláusula 3, Artículo 87, Artículo 92, Artículo 94, Artículo 95, Artículo 96, Artículo 98, Artículo 99, Artículo 100, Artículo 102, Artículo 106, Artículo 107, Artículo 108, Artículo 109 y Artículo 111 de la Ley de Tierras sobre compensación, apoyo y reasentamiento cuando el Estado recupera tierras.

Nghị định số 88/2024/NĐ-CP ngày 13/7/2024 quy định về bồi thường, hỗ trợ, tái định cư khi Nhà nước thu hồi đất.
Decreto No. 88/2024/ND-CP del 13 de julio de 2024 por el que se regula la compensación, el apoyo y el reasentamiento cuando el Estado adquiere tierras.

Compensación con tierras con un destino distinto al tipo de tierra recuperada o con viviendas cuando el Estado recupere tierras según lo previsto en los incisos 1, 1, 96, 1, 98, 1, 99 de la Ley de Tierras.

El Decreto No. 88/2024/ND-CP estipula una compensación en forma de tierras con un propósito diferente al tipo de tierra recuperada o en forma de vivienda cuando el Estado recupere tierras según lo prescrito en la Cláusula 1, Artículo 96, Cláusula 1, Artículo 98, Cláusula 1, Artículo 99 de la Ley de Tierras.

Español De acuerdo con la reglamentación, el precio de la tierra para calcular las tasas de uso de la tierra cuando se compensa con tierra con un propósito de uso diferente al tipo de tierra recuperada para hogares, individuos y personas de origen vietnamita que residen en el extranjero que utilizan tierras residenciales o poseen casas vinculadas a derechos de uso de la tierra en Vietnam es el precio de la tierra determinado de acuerdo con la lista de precios de la tierra en el momento de la aprobación del plan de compensación, apoyo y reasentamiento; En caso de compensación mediante arrendamiento de tierras con renta de la tierra pagada en una suma global por todo el período de arrendamiento, el precio de la tierra para calcular la renta de la tierra es el precio específico de la tierra decidido por el Comité Popular en el nivel competente al momento de aprobar el plan de compensación, apoyo y reasentamiento.

El precio de la tierra para el cálculo del canon de uso de la tierra y la renta de la tierra cuando se compensa con tierra con un propósito diferente al tipo de tierra recuperada para organizaciones económicas con tierra residencial recuperada es el precio de la tierra específico decidido por el Comité Popular en el nivel competente al momento de aprobar el plan de compensación, apoyo y reasentamiento.

Las personas cuyas tierras se recuperan son compensadas con tierras con un propósito de uso diferente al tipo de tierra recuperada o con viviendas cuando existe una diferencia de valor entre la compensación y el apoyo a la tierra y la tarifa de uso de la tierra, la renta de la tierra pagadera al ser asignada la tierra, el alquiler de otras tierras o dinero para comprar vivienda, se manejará de la siguiente manera:

En caso de que la compensación y el apoyo por la tierra sea mayor que el canon por uso de la tierra o la renta de la tierra pagadera cuando la tierra se asigna o arrienda para un propósito distinto al tipo de tierra recuperada o al precio de compra de la casa, la persona cuya tierra se recupera recibirá la diferencia;

En caso de que la compensación y el apoyo por la tierra sea menor que el canon por uso de la tierra o el alquiler de la tierra que se debe pagar cuando la tierra se asigna o se arrienda para un propósito distinto al tipo de tierra recuperada o el precio de compra de la casa, la persona cuya tierra se recupera debe pagar la diferencia.

El Comité Popular Provincial, con base en el fondo de tierras, el fondo de viviendas y la situación real de la localidad, prescribirá la tasa de conversión y las condiciones de compensación en términos de tierras con un propósito de uso diferente del tipo de tierra recuperada o en términos de viviendas para compensar a las personas cuyas tierras se recuperan según lo prescrito.

Otros casos de compensación de tierras y condiciones para la compensación de tierras se prescriben en la cláusula 3 del artículo 95 de la Ley de Tierras.

Otros casos de compensación de tierras y condiciones para la compensación de tierras estipuladas en la Cláusula 3 del Artículo 95 de la Ley de Tierras incluyen:

1- Hogares e individuos que actualmente utilizan tierras sin documentos sobre derechos de uso de la tierra pero que son elegibles para un Certificado de derechos de uso de la tierra y propiedad de los activos adjuntos a la tierra (en adelante, Certificado de derechos de uso de la tierra) de acuerdo con las disposiciones de las Cláusulas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, Artículo 138 de la Ley de Tierras.

2- Los hogares y las personas que estén utilizando la tierra en violación de las leyes de tierras antes del 1 de julio de 2014 y hayan estado utilizando la tierra de manera estable, se encuentran en los casos considerados para el otorgamiento de un Certificado de Derecho de Uso de Tierra de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 1, Punto a y Punto c, Cláusula 2, Cláusula 3, Cláusula 4, Artículo 139 de la Ley de Tierras.

3- Los hogares y personas que estén utilizando tierras asignadas sin la debida autorización de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre tierras en el momento de la asignación o utilicen tierras debido a la compra, recepción, liquidación, fijación de precios, distribución de casas y obras de construcción adjuntas a la tierra no de acuerdo con las disposiciones de la ley, pero que hayan utilizado la tierra de manera estable antes del 1 de julio de 2014.

En el caso de tierras asignadas sin la debida autorización desde el 1 de julio de 2014 hasta antes de la fecha de vigencia de la Ley de Tierras, deben existir documentos que prueben que se ha pagado dinero para utilizar la tierra.

4- Los hogares y las personas que actualmente utilizan tierras con documentos sobre derechos de uso de la tierra donde el tipo de tierra determinado en los documentos emitidos es diferente de la clasificación de la tierra según lo prescrito en el Artículo 9 de la Ley de Tierras o diferente del estado actual de uso de la tierra, serán compensados ​​de acuerdo con el tipo de tierra después de ser re-determinado según lo prescrito en la Cláusula 2, Artículo 10 de la Ley de Tierras.

5- Los hogares y las personas que participan directamente en la producción agrícola utilizan tierras agrícolas que se han utilizado de manera estable antes del 1 de julio de 2004, pero no cumplen las condiciones para que se les conceda un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra.

Compensación por tierras cuando el Estado recupera tierras en casos en que la superficie medida real es diferente a la registrada en los títulos de derecho de uso de la tierra

El Decreto también estipula una compensación de tierras cuando el Estado recupera tierras en casos en que el área medida real es diferente del área registrada en los documentos de derecho de uso de la tierra.

Español De acuerdo con los reglamentos, los hogares y las personas que estén utilizando tierras cuando el Estado reclame tierras y el área medida real sea diferente del área registrada en el Certificado de derechos de uso de la tierra, Certificado de derechos de propiedad de la vivienda y derechos de uso de la tierra, Certificado de derechos de uso de la tierra, derechos de propiedad de la vivienda y otros activos adjuntos a la tierra, Certificado de derechos de uso de la tierra, derechos de propiedad de los activos adjuntos a la tierra que se ha otorgado (en adelante denominado Certificado) o documentos especificados en el Artículo 137 de la Ley de Tierras, serán compensados ​​por la tierra de la siguiente manera:

1- Si el área medida real es menor que el área registrada en el Certificado o documentos especificados en el Artículo 137 de la Ley de Tierras, la compensación por la tierra se basará en el área medida real según lo prescrito en la Cláusula 6, Artículo 135 de la Ley de Tierras.

En caso de que se haya completado la medición real para la adquisición de tierras pero luego, debido a desastres naturales, deslizamientos de tierra, hundimientos, el área de la parcela de tierra medida cambia al momento de preparar el plan de compensación, apoyo y reasentamiento, los datos medidos se utilizarán para preparar el plan de compensación, apoyo y reasentamiento.

2- En caso de que haya una diferencia en el área de tierra donde los datos de medición reales sean mayores que los datos registrados en el Certificado o documentos especificados en el Artículo 137 de la Ley de Tierras, y no haya disputa con los usuarios de tierras adyacentes, el área de compensación se determinará de acuerdo con los datos de medición reales según lo prescrito en la Cláusula 6, Artículo 135 de la Ley de Tierras.

3- En caso de que el Certificado o los documentos a que se refiere el artículo 137 de la Ley de Tierras tengan ubicaciones y coordenadas incorrectas, se considerará la compensación de acuerdo con las ubicaciones y coordenadas correctas en la medida real.

baochinhphu.vn

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