Dirección y administración del Gobierno y del Primer Ministro el 30 de marzo de 2024

Cổng thông tin điện tử Chính phủCổng thông tin điện tử Chính phủ31/03/2024

(Chinhphu.vn) - La Oficina Gubernamental acaba de emitir un comunicado de prensa sobre la dirección y administración del Gobierno y el Primer Ministro el 30 de marzo de 2024.

Aprobar la propuesta para modificar y complementar los mecanismos y políticas específicos para el desarrollo de la ciudad de Da Nang.

El Gobierno acaba de emitir la Resolución 37/NQ-CP de fecha 30 de marzo de 2024 sobre la propuesta de elaborar una Resolución que modifique y complemente la Resolución No. 119/2020/QH14 de fecha 19 de junio de 2020 de la Asamblea Nacional sobre la puesta a prueba de la organización de un modelo de gobierno urbano y una serie de mecanismos y políticas específicos para el desarrollo de la ciudad de Da Nang.

En consecuencia, el Gobierno aprobó por unanimidad la Propuesta de elaboración de una Resolución que modifica y complementa la Resolución No. 119/2020/QH14 de fecha 19 de junio de 2020 de la Asamblea Nacional sobre la puesta a prueba de la organización de un modelo de gobierno urbano y una serie de mecanismos y políticas específicos para el desarrollo de la ciudad de Da Nang.

El Gobierno encargó al Ministro de Justicia, autorizado por el Primer Ministro, firmar en nombre del Gobierno la Presentación del Gobierno para informar al Comité Permanente de la Asamblea Nacional para complementar el desarrollo de una Resolución que modifica y complementa la Resolución No. 119/2020/QH14 de fecha 19 de junio de 2020 de la Asamblea Nacional sobre la puesta a prueba de la organización de un modelo de gobierno urbano y una serie de mecanismos y políticas específicos para el desarrollo de la ciudad de Da Nang en el Programa de Desarrollo de Leyes y Ordenanzas de la Asamblea Nacional en 2024; Someter a la Asamblea Nacional para decisión sobre la elaboración y promulgación de Resoluciones según procedimiento simplificado y para su consideración y aprobación en una sola sesión.

Aplicación de la Ley de Entidades de Crédito

El Viceprimer Ministro Le Minh Khai firmó la Decisión No. 257/QD-TTg que promulga el Plan para implementar la Ley de Instituciones de Crédito No. 32/2024/QH15.

En consecuencia, en el primer y segundo trimestre de 2024 y en los años siguientes, el Banco Estatal asumirá el liderazgo en la organización de la difusión de las disposiciones de la Ley. En 2024 y años siguientes, Banco Estatal de Vietnam; Ministerios y organismos de nivel ministerial; Comités populares de provincias y ciudades de administración central; Los medios de comunicación y agencias de prensa publicarán el texto completo de la Ley y los reglamentos detallados en el Portal/Página Electrónica de Información y en la Base de Datos Nacional de Documentos Jurídicos; Recopilar documentos para difundir la Ley y coordinar con el Ministerio de Justicia para actualizarlos en el Portal Nacional de Educación y Difusión Jurídica; Organizar la difusión de la Ley y de los documentos que detallan un número determinado de artículos de la Ley sobre medios de comunicación masiva y otras formas apropiadas de difusión y propaganda.

En abril de 2024, el Banco Estatal de Vietnam presidirá la revisión de los documentos legales relacionados con la Ley bajo su autoridad de promulgación; modificar, complementar, sustituir, abolir o emitir rápidamente nuevos documentos legales para asegurar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley y los documentos detallados conforme a la Ley.

Redactar documentos legales que detallen y orienten la implementación.

Ley sobre el Banco Estatal de Vietnam, el Ministerio de Finanzas presidirá y coordinará con el Ministerio de Justicia, la Oficina Gubernamental, ministerios, sucursales y localidades para desarrollar, presentar al Gobierno para su promulgación y promulgar bajo su autoridad documentos que detallen la implementación de la Ley de acuerdo con la Lista y el progreso especificado en la Decisión del Primer Ministro sobre la promulgación de la Lista y asignar la agencia a cargo de redactar los documentos que detallen la implementación de las leyes y resoluciones aprobadas por la 15ª Asamblea Nacional en la 5ª Sesión Extraordinaria (redactados por el Ministerio de Justicia).

El Banco Estatal de Vietnam, el Ministerio de Finanzas, el Ministerio de Trabajo, Inválidos de Guerra y Asuntos Sociales, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente revisan las disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito asignadas al Gobierno y al Primer Ministro para promulgar bajo su autoridad, desarrollar y presentar a las autoridades competentes para enmiendas, complementos y promulgación de documentos que orienten la implementación de la Ley de Instituciones de Crédito bajo su autoridad, asegurando el cumplimiento de la fecha de vigencia de la Ley de Instituciones de Crédito a partir del 1 de julio de 2024:

El contenido estipulado en la Ley de Instituciones de Crédito que se revisará está relacionado con las responsabilidades de los ministerios y sucursales: El Banco Estatal de Vietnam revisa y desarrolla un Decreto Gubernamental que regula la organización y funcionamiento del Banco de Política Social (Cláusula 2, Artículo 16; Cláusula 2, Artículo 17; Cláusula 1, Artículo 19; Cláusula 4, Artículo 20; Cláusula 4, Artículo 22; Artículo 26 de la Ley); Decreto del Gobierno por el que se regulan las condiciones de concesión de licencias a entidades de crédito y sucursales de bancos extranjeros (cláusula 5, artículo 29 de la Ley); Decreto gubernamental por el que se regulan los pagos no monetarios (cláusula 2, artículo 110 de la Ley); Decreto del Gobierno por el que se regulan los programas de microfinanzas de las organizaciones sociopolíticas y no gubernamentales (Cláusula 13, Artículo 210 de la Ley); La Decisión del Primer Ministro estipula las condiciones, documentos y procedimientos para solicitar la aprobación de límites máximos de crédito que excedan los límites de las instituciones de crédito y sucursales de bancos extranjeros (Cláusula 7, Artículo 136 de la Ley) y otras disposiciones pertinentes de la Ley.

El Ministerio de Finanzas revisa y desarrolla un Decreto Gubernamental que regula la organización y operación del Banco de Desarrollo de Vietnam (Cláusula 2, Artículo 16; Cláusula 2, Artículo 17; Cláusula 1, Artículo 19; Cláusula 4, Artículo 20; Cláusula 4, Artículo 22; Artículo 26 de la Ley), un Decreto Gubernamental que regula el mecanismo financiero de los bancos de políticas (Artículo 26 de la Ley) y otras disposiciones pertinentes de la Ley.

El Ministerio de Trabajo, Inválidos de Guerra y Asuntos Sociales revisa y elabora el Decreto Gubernamental que regula el régimen de sueldos y prestaciones de los funcionarios y empleados del banco de pólizas (artículo 26 de la Ley) y demás disposiciones pertinentes de la Ley.

El Ministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente revisa y elabora el Decreto Gubernamental que regula el registro de los cambios de tierras de los bienes garantizados como derechos de uso de tierras y bienes adheridos a tierras de las deudas originadas por morosidad de instituciones de crédito y sucursales de bancos extranjeros (Cláusula 4, Artículo 198 de la Ley) y otras disposiciones pertinentes de la Ley.

El Ministerio de Justicia revisa y elabora el Decreto Gubernamental que regula el registro de hipotecas sobre derechos de uso de tierras, bienes afectos a tierras, bienes afectos a tierras que se formen a futuro por deudas provenientes de insolvencias de entidades de crédito y sucursales de bancos extranjeros (Cláusula 4, Artículo 198 de la Ley) y demás disposiciones pertinentes de la Ley.

Para los documentos incluidos en el Programa de Trabajo del Gobierno y el Programa de elaboración de documentos jurídicos de los ministerios y sectores: el organismo de redacción es responsable de actualizar el contenido revisado para ser revisado, complementado y completado de conformidad con las regulaciones, y es responsable ante el Gobierno y el Primer Ministro por los resultados de su implementación.

En el caso de los documentos que aún no estén incluidos en el Programa de Trabajo del Gobierno o en el Programa de elaboración de documentos jurídicos de los ministerios y dependencias, los ministerios y dependencias deberán revisarlos de manera proactiva e informar a las autoridades competentes para su inclusión en el Programa de elaboración de documentos jurídicos; responsable ante el Gobierno y el Primer Ministro de los resultados de su implementación.

Respecto del tiempo de terminación, revisión, elaboración y presentación a las autoridades competentes para su promulgación de los documentos, garantizando que los mismos entren en vigor a partir del 1 de julio de 2024./.

Portal del Gobierno

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