En el proyecto de la nueva Ley del Profesorado se regulan de manera completa las regulaciones sobre políticas salariales, asignaciones y apoyos al profesorado, en la dirección de incrementar políticas preferenciales para que los docentes puedan trabajar con tranquilidad.
El Ministerio de Educación y Formación informó que el proyecto de Ley del Personal Docente, presentado a la Asamblea Nacional para su primera consideración en la VIII Sesión de la XV Asamblea Nacional, incluye 9 capítulos, 50 artículos y muchos puntos nuevos.
Regular plenamente la política salarial y aumentar los beneficios docentes
En el nuevo proyecto se regulan de manera completa las regulaciones sobre políticas salariales, asignaciones y apoyos a los docentes, en el sentido de incrementar las políticas preferenciales para que los docentes puedan trabajar con tranquilidad. Específicamente:
Los salarios de los docentes en las instituciones educativas públicas ocupan los puestos más altos en el sistema de escala salarial de la carrera administrativa; prestaciones profesionales y otras prestaciones en función de la naturaleza del trabajo, por región, según lo prescriba la ley.
Maestra de preescolar; Profesores que trabajan en zonas especialmente difíciles, como zonas de minorías étnicas, zonas montañosas, zonas costeras e islas; maestro de escuela especial, otras escuelas especiales; profesores que practican la educación inclusiva; Los docentes de minorías étnicas y los docentes de determinadas profesiones especializadas reciben prioridad en términos de salario y prestaciones en comparación con otros docentes.
Los docentes reclutados y clasificados por primera vez serán clasificados un nivel salarial más alto en el sistema de escala salarial de la carrera administrativa.
Se garantiza que los sueldos y políticas salariales de los docentes de instituciones educativas no públicas no serán inferiores a los sueldos y políticas salariales de los docentes de instituciones educativas públicas con el mismo nivel de formación y el mismo título, a menos que se acuerde lo contrario.
Los docentes que trabajan en sectores y campos con políticas especiales tienen derecho a políticas especiales de acuerdo con la reglamentación y solo tienen derecho al nivel más alto si esa política coincide con la política para docentes.
Algunas políticas de apoyo y atracción para los docentes se están implementando de manera estable de acuerdo con las directrices de los documentos sub-legales y están incluidas en el proyecto de ley para aumentar la efectividad legal y garantizar la estabilidad en las políticas para los docentes.
Normativa sobre la edad de jubilación del profesorado en función de su actividad profesional
Según el proyecto, los docentes de escuelas preescolares podrán jubilarse a una edad inferior, pero no más de cinco años antes de lo establecido en la normativa, y no se les descontará su tasa de pensión por jubilación anticipada.
Los docentes con título de profesor, profesor asociado o doctor y los docentes que trabajan en campos y sectores especializados específicos tienen derecho a prestaciones de jubilación a una edad más avanzada. La jubilación a mayor edad se implementa cuando la institución educativa tiene una necesidad, el docente se encuentra lo suficientemente saludable y hay voluntarios.
Al jubilarse a una edad avanzada, los docentes no ocupan puestos de liderazgo ni de gestión y no se les permite conservar las prestaciones por puestos de liderazgo. El tiempo de trabajo al jubilarse a edad avanzada no podrá exceder de 5 años para los docentes con grado de doctor, ni de 7 años para los docentes con título de profesor asociado, ni de 10 años para los docentes con título de catedrático.
El Ministerio de Educación y Formación explicó que la política de jubilación está diseñada específicamente para atender las características de las actividades profesionales, promoviendo al mismo tiempo la inteligencia y la experiencia de los docentes.
Una de las novedades importantes del proyecto de Ley sobre el Personal Docente es dar al sector educativo la iniciativa en el reclutamiento y utilización de docentes.
En el cual, el Ministerio de Educación y Capacitación y el Ministerio de Trabajo, Inválidos de Guerra y Asuntos Sociales son los organismos encargados de elaborar estrategias, proyectos, planes de desarrollo y la dotación total de docentes bajo su autoridad de gestión para someterlos a las autoridades competentes para su decisión; promulgar criterios, estándares de reclutamiento y contenidos de la práctica pedagógica en los exámenes/exámenes de reclutamiento docente; Coordinar el número de docentes en las instituciones educativas públicas de acuerdo al número asignado por la autoridad competente.
Las agencias de gestión educativa toman la iniciativa (o delegan en las instituciones educativas) en el reclutamiento, la movilización, la organización, la evaluación y el nombramiento de los docentes.
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Fuente: https://daidoanket.vn/tang-tien-luong-chinh-sach-dai-ngo-voi-nha-giao-10293056.html
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