Modificación del reglamento sobre la aplicación de los derechos y responsabilidades de los representantes de la propiedad estatal
El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 97/2024/ND-CP que modifica y complementa una serie de artículos del Decreto No. 10/2019/ND-CP de fecha 30 de enero de 2019 del Gobierno sobre la implementación de los derechos y responsabilidades de los representantes de los propietarios estatales. El Decreto entra en vigor el 10 de septiembre de 2024.
En concreto, de acuerdo con la Cláusula 2, Artículo 3 del Decreto Nº 10/2019/ND-CP, el Primer Ministro ejerce los derechos y responsabilidades del representante del propietario estatal de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Gestión y Utilización del Capital Estatal Invertido en la Producción y los Negocios en las Empresas y las disposiciones de las leyes pertinentes.
En el Decreto No. 97/2024/ND-CP, la disposición anterior se modifica como sigue: El Primer Ministro ejerce los derechos y responsabilidades del representante del propietario estatal de acuerdo con las disposiciones de la Ley sobre la gestión y utilización del capital estatal invertido en la producción y los negocios en las empresas y las disposiciones de las leyes pertinentes para las empresas en las que el Primer Ministro decide invertir capital para establecer empresas según lo prescrito en el Apéndice I emitido con este Decreto.
De conformidad con la Cláusula 3, Artículo 3 del Decreto No. 10/2019/ND-CP, el organismo representante del propietario ejerce los derechos y responsabilidades del representante del propietario estatal para la empresa que decide establecer o se le asigna para administrar y ejerce los derechos y responsabilidades del representante del propietario estatal para el capital estatal invertido en sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada con dos o más miembros de acuerdo con las disposiciones de la Ley sobre la gestión y el uso del capital estatal invertido en la producción y los negocios en las empresas y otras disposiciones legales pertinentes.
El Decreto No. 97/2024/ND-CP establece claramente: El organismo representante del propietario ejerce los derechos y responsabilidades del representante del propietario estatal de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Gestión y Uso del Capital Estatal Invertido en la Producción y los Negocios en las Empresas y las disposiciones de las leyes pertinentes con respecto a:
1- Las empresas constituidas por decisión del órgano de representación del propietario;
2- Las empresas que estén destinadas a ser administradas por la agencia representante del propietario o directamente destinadas a ser la agencia representante del propietario, incluidas las empresas creadas por decisión del Primer Ministro antes de la entrada en vigor de la Ley sobre la gestión y utilización del capital estatal invertido en la producción y los negocios en las empresas y que no estén incluidas en el Apéndice I adjunto al presente Decreto;
3- Capital estatal invertido en sociedades anónimas y de responsabilidad limitada con dos o más socios.
La Junta de Supervisores tiene de 01 a 05 Supervisores.
En cuanto a los derechos y responsabilidades de la agencia representante del propietario en la gestión del personal de las empresas en las que el Estado posee el 100% del capital social, de acuerdo con el Decreto No. 97/2024/ND-CP, la agencia representante del propietario decide sobre la planificación, nombramiento, reelección, renuncia, despido, transferencia, rotación, recompensa, disciplina, terminación del empleo y jubilación de los Controladores de acuerdo con las disposiciones de la ley.
En función del tamaño de la empresa, el órgano de representación del propietario decide constituir un Consejo de Supervisión compuesto por entre 1 y 5 supervisores. En caso de que la Junta de Supervisores cuente con sólo 01 Supervisor, dicho Supervisor es también el Jefe de la Junta de Supervisores y deberá cumplir con los estándares del Jefe de la Junta de Supervisores.
El órgano de representación del propietario selecciona y decide nombrar a los funcionarios y funcionarios públicos bajo su gestión como Controladores y es responsable de organizar un trabajo adecuado para los funcionarios y funcionarios públicos cuando dejan de ser Controladores.
Sobre la creación, reorganización y disolución de unidades contables dependientes
De acuerdo con el Decreto No. 10/2019/ND-CP, el representante directo del propietario en una empresa en la que el Estado posee el 100% del capital social y se establece por decisión del Primer Ministro tiene derecho a solicitar al organismo representante del propietario que se someta a la autoridad competente para ajustar el capital social; modificar y complementar la Carta; reorganización, transferencia de propiedad, disolución y quiebra de empresas. Decidir establecer, reorganizar y disolver unidades dependientes después de solicitar a la agencia representativa del propietario que las evalúe y recibir la aprobación en principio del Primer Ministro.
En el Decreto No. 97/2024/ND-CP, la disposición anterior se modifica como sigue: El representante directo del propietario en una empresa en la que el Estado posee el 100% del capital social y se establece por decisión del Primer Ministro tiene el derecho de solicitar a la agencia representante del propietario que se someta a la autoridad competente para ajustar el capital social; modificar y complementar la Carta; reorganización, transferencia de propiedad, disolución y quiebra de empresas. Decidir sobre la constitución, reorganización y disolución de las unidades contables dependientes de conformidad con las disposiciones de la Ley de Empresas y notificar a la agencia representante del propietario dentro de los 180 días a partir de la fecha de constitución, reorganización y disolución de las unidades contables dependientes.
La creación de sucursales y oficinas de representación de empresas en las que el Estado posea el 100% del capital social, que sean instituciones de crédito, se ajustará a lo dispuesto en la ley de instituciones de crédito.
La constitución de sucursales y oficinas de representación de empresas en las que el Estado posea el 100% del capital social, dependientes del Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio de Seguridad Pública, se ajustará a lo dispuesto en las leyes pertinentes y en el Estatuto de la Empresa.
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Fuente: https://baodautu.vn/sua-quy-dinh-ve-thuc-hien-quyen-trach-nhiem-cua-dai-dien-chu-so-huu-nha-nuoc-d220846.html
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