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¿Qué hacer si los vecinos no permiten realizar el enlucido?

VTC NewsVTC News23/11/2024


Actualmente, el Código Civil de 2015 estipula en su artículo 248 el principio de utilización de los inmuebles adyacentes como “no impedir ni dificultar el ejercicio de derechos sobre los inmuebles con derechos”.

En consecuencia, cuando los vecinos construyen casas, las partes inmobiliarias adyacentes no pueden causar dificultades o impedir que sus vecinos ejerzan sus derechos con respecto a los bienes inmuebles adyacentes según lo estipulado en el Capítulo XIV del Código Civil de 2015, incluido el derecho a usar pasillos comunes, el derecho a colocar tuberías de agua, instalar cables eléctricos, etc. (si es necesario).

Sin embargo, la legislación actual no regula el caso de llevar un andamio a la casa del vecino para enlucir la pared.

Por lo tanto, si al construir una casa, el vecino se niega a permitir que se enyesen las paredes, el constructor debe primero negociar y llegar a un acuerdo con el vecino para ejercer este derecho y proponer una compensación si se producen daños como caída de pintura, mortero, etc. sobre la casa del vecino.

En realidad, hay muchos casos en que la gente construye casas pero los vecinos les impiden revocar las paredes. (Foto: Ilustración)

En realidad, hay muchos casos en que la gente construye casas pero los vecinos les impiden revocar las paredes. (Foto: Ilustración)

En caso de no lograrse la negociación, el Comité Popular podrá actuar como mediador tercero.

Actualmente, la ley estipula que cuando surgen disputas relacionadas con la tierra, el Estado alienta a las partes a reconciliarse primero entre sí o mediante la mediación a nivel de base. La mediación es obligatoria antes de presentar una demanda.

Si aún así no es posible la reconciliación, la persona que construyó su casa puede presentar una queja ante el Comité Popular de la comuna o barrio (de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 2, Artículo 235 de la Ley de Tierras de 2024) o presentar una demanda en el tribunal de distrito.

Además, los actos de obstrucción persistente o causación de dificultades en el ejercicio de los derechos de los usuarios de la tierra serán castigados de acuerdo con las disposiciones de las Cláusulas 2 y 3 del Artículo 15 del Decreto 123/2024/ND-CP y serán multados entre 5.000.000 y 10.000.000 de VND.

Los actos que obstruyan o causen dificultades en el uso de la tierra y el ejercicio de los derechos de los usuarios de la tierra son actos prohibidos de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 10, Artículo 11 de la Ley de Tierras de 2024. En consecuencia, cualquiera que cometa actos prohibidos será multado con entre 5 y 10 millones de VND.

Chau Thu

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Fuente: https://vtcnews.vn/hang-xom-khong-cho-trat-tuong-thi-giai-quyet-lam-sao-ar908892.html

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