El Ministerio de Educación y Formación solicita comentarios sobre el proyecto de Decreto por el que se modifican y complementan una serie de artículos del Decreto 84/2020, de 17 de julio de 2020, que detalla una serie de artículos de la Ley de Educación, incluidas las regulaciones sobre becas para fomentar el aprendizaje.
Los sistemas de trabajo y estudio y de aprendizaje a distancia también ofrecen becas.
El proyecto propone modificar numerosos contenidos, incluida la normativa sobre las fuentes de becas de fomento del aprendizaje para las instituciones de formación profesional y las universidades públicas (modifica y complementa el punto b, apartado 4, artículo 8 del Decreto 84/2020).
En concreto, el proyecto propone dos opciones:
Opción 1: La beca para incentivar el aprendizaje se establece en un mínimo del 5% de los ingresos por matrícula para las escuelas públicas y en un mínimo del 2% de los ingresos por matrícula para las escuelas privadas. Según este plan, el proyecto de Decreto no distingue entre estudiantes que cursan programas a tiempo completo y aquellos que cursan programas a tiempo parcial o a distancia.
Mientras tanto, según el Decreto 84/2020, actualmente, para los centros de formación profesional y universidades, se organizan becas de estímulo del aprendizaje por un mínimo del 8% de los ingresos de matrícula para las escuelas públicas. Los sujetos considerados y becados para incentivar el aprendizaje son estudiantes de tiempo completo.
En cuanto al motivo de la modificación, según el Ministerio de Educación y Formación, a través del informe preliminar sobre la implementación del Decreto 84/2020 y los resultados de la encuesta, la mayoría de las opiniones de las instituciones públicas de educación superior dijeron que la deducción del 8% de los ingresos por matrícula es alta, lo que dificulta a las instituciones públicas de educación superior, especialmente a las escuelas autónomas de nivel 1.
Opción 2 : La beca para incentivar el aprendizaje se establece en un mínimo del 8% de los ingresos por matrícula regular para las escuelas públicas y en un mínimo del 2% de los ingresos por matrícula para las escuelas privadas.
Respecto a la modificación y complementación del apartado b) del inciso 4 del artículo 8 del Decreto 84/2020, el Ministerio de Educación y Formación opta por la opción 1.
Según el Maestro Tran Phuong, director de la Escuela Secundaria Viet Giao, según la opción 1, si no hay distinción entre los programas regulares y los de trabajo y estudio o aprendizaje a distancia, muchos estudiantes tendrán la oportunidad de recibir becas. Esto fomentaría aún más el aprendizaje, sobre todo teniendo en cuenta que muchas personas trabajan mientras estudian para cubrir los costes.
"Cuando las instituciones educativas cuentan con abundantes recursos de becas, pueden atraer a estudiantes talentosos, mejorando así la calidad de la formación y la investigación", añadió el Maestro Phuong.
El Maestro Phuong compartió que ampliar el alcance de consideración y otorgamiento de becas fomentará el aprendizaje permanente, creando condiciones para aquellos que desean mejorar sus calificaciones pero no tienen mucho tiempo para estudiar un programa formal.
Según la opción 1, el proyecto no distingue entre estudiantes que cursan programas a tiempo completo y aquellos que cursan programas a tiempo parcial o a distancia.
Modificación de las condiciones de concesión de becas a estudiantes de escuelas especializadas y de escuelas para superdotados
Una de las modificaciones y complementos propuestos en el proyecto son las condiciones específicas para la consideración y concesión de becas de fomento del aprendizaje para estudiantes de escuelas especializadas, escuelas para superdotados en artes y deportes (modifica la cláusula 1, artículo 8 del Decreto 84/2020).
En concreto, el proyecto propone regular los temas de consideración y concesión de becas para fomentar el aprendizaje:
- Estudiantes de escuelas especializadas con buenos resultados de formación y aprendizaje en el período de exámenes, becados con puntajes en asignaturas especializadas del período de exámenes de 8,5 o más o que hayan logrado uno de los premios de estímulo o más en la competencia nacional, regional o internacional para estudiantes excelentes de ese año;
- Alumnos de escuelas superdotadas en artes, educación física y deportes con resultados de entrenamiento de nivel bueno o superior, resultados académicos de nivel aprobatorio en el período de exámenes, galardonados con becas y medallas en competiciones nacionales, regionales o internacionales de ese año escolar...
En cuanto al motivo de la modificación y el complemento, según el Ministerio de Educación y Formación, para los estudiantes de secundaria que siguen el Programa de Educación General de 2018, los resultados de la formación de los estudiantes en cada semestre y en todo el año escolar se evalúan de acuerdo con 1 de 4 niveles: bueno, regular, satisfactorio e insatisfactorio. Los resultados de aprendizaje de los estudiantes en cada semestre y en todo el año escolar se evalúan de acuerdo con 1 de 4 niveles: bueno, regular, satisfactorio e insatisfactorio.
Por tanto, esta modificación es necesaria para garantizar la coherencia en la determinación del nivel de culminación de las tareas de formación y aprendizaje de los estudiantes de acuerdo a los requisitos a alcanzar prescritos en el Programa General de Educación 2018.
En cuanto a los estudiantes de instituciones de formación profesional y universidades, el proyecto mantiene lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 85 de la Ley de Educación (sin añadir condiciones).
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Fuente: https://thanhnien.vn/de-xuat-mo-rong-doi-tuong-cap-hoc-bong-khuyen-khich-hoc-tap-185241122151240977.htm
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