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Asamblea Nacional aprueba Ley de Justicia Juvenil

Việt NamViệt Nam30/11/2024

La Ley de Justicia Juvenil tiene el deber de proteger los derechos e intereses superiores de los menores; garantizar que los menores sean tratados adecuadamente según su edad, capacidad cognitiva...

Los delegados de la Asamblea Nacional votan para aprobar la Ley de Justicia Juvenil. (Foto: Van Diep/VNA)

En la mañana del 30 de noviembre, con 461/463 (96,24%) de los delegados presentes a favor, la Asamblea Nacional votó para aprobar la Ley de Justicia Juvenil.

La Ley de Justicia Juvenil tiene el deber de proteger los derechos e intereses superiores de los menores; garantizar que el tratamiento de los menores sea adecuado a su edad, capacidad cognitiva, características personales y la naturaleza socialmente peligrosa de sus actos delictivos; Educar y ayudar a los menores a corregir sus errores, mejorar su comportamiento y convertirse en ciudadanos útiles a la sociedad.

Esta Ley prevé el tratamiento de las desviaciones, sanciones y procedimientos contra los menores que cometan delitos; cuestiones procesales para víctimas y testigos; ejecución de sentencia; reintegración a la comunidad y apoyo a las víctimas; Deberes, poderes y responsabilidades de las agencias, organizaciones e individuos en las actividades de justicia juvenil.

En particular, la Ley estipula medidas para manejar la redirección, incluyendo: Amonestación; limitar las horas de vida y de viaje; pedir disculpas a la víctima; indemnización por daños y perjuicios; participar en programas de estudio y formación profesional; tratamiento y asesoramiento psicológico obligatorio; servicio comunitario; sin contacto; prohibido en un lugar determinado; educación en comunas, barrios y ciudades; educación en un reformatorio

Podrán ser considerados para medidas de desvío los menores que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos, entre ellos: Las personas de 16 años hasta menos de 18 años que cometan delitos menos graves o delitos graves de acuerdo con las disposiciones del Código Penal; Las personas de 14 a menos de 16 años que cometan delitos muy graves, salvo los casos previstos en los incisos 1 y 2 del artículo 123 del Código Penal; El menor es cómplice con un papel insignificante en el caso.

El informe resumido sobre la explicación, aceptación y revisión del proyecto de Ley de Justicia Juvenil presentado por la Presidenta del Comité Judicial Le Thi Nga muestra que hay opiniones que sugieren ampliar algunos delitos y algunos casos que no permiten a los menores aplicar medidas de desvío.

El Código Penal vigente estipula 14 delitos que no aplican la desviación a personas de 14 años a menos de 16 años y 8 delitos que no aplican la desviación a personas de 16 años a menos de 18 años.

Al juzgar a menores por estos delitos, en función de la naturaleza y el nivel de peligrosidad del delito, el Tribunal tiene dos opciones (aplicar el castigo o aplicar medidas educativas judiciales en un reformatorio).

Al institucionalizar la Directiva Nº 28-CT/TW del Politburó sobre "el desarrollo de un sistema de justicia adaptado a las necesidades de los niños y que los proteja", el proyecto de ley transformó la medida educativa judicial en los reformatorios en una medida de distracción. En consecuencia, cuando cometen los delitos mencionados, los menores sólo pueden ser sometidos a educación en un reformatorio o a un castigo y no se les permite ser objeto de desvíos fuera de la comunidad, a fin de no afectar el orden social y la seguridad.

Resultados de la votación para aprobar la Ley de Justicia Juvenil. (Foto: Van Diep/VNA)

Sin embargo, los menores serán enviados a los reformatorios antes, desde la fase de investigación (en lugar de tener que esperar hasta el final del juicio en primera instancia, como ocurre actualmente), acortando significativamente el período de detención y minimizando la interrupción del derecho al estudio y a la formación profesional.

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional considera que si no se permiten casos adicionales para aplicar la redirección como se sugiere anteriormente, aumentará en gran medida la responsabilidad penal de los menores en comparación con la situación actual. Por tanto, no sería coherente con el punto de vista rector que se ha expuesto a lo largo de todo el proceso de elaboración, revisión y revisión del proyecto de Ley, que es el de no aumentar fundamentalmente la responsabilidad penal de los menores respecto a la normativa vigente.

Por lo que se recomienda a la Asamblea Nacional mantener este punto de vista rector y no adicionar casos que no sean susceptibles de redireccionamiento, lo cual resultaría perjudicial y agravaría la responsabilidad penal de los menores frente a la normativa vigente. Respecto de la facultad de aplicar medidas de redireccionamiento (artículo 52), algunas opiniones sugieren que en los casos con disputas sobre indemnización de daños y decomiso de bienes, el expediente debe ser trasladado al Tribunal para su consideración y decisión (tanto las medidas de redireccionamiento como las de indemnización de daños y decomiso de bienes).

La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional considera que en los casos en que haya indemnización por daños y perjuicios y las partes acuerden la fijación de la indemnización, asignar al Organismo de Investigación, a la Fiscalía y al Tribunal la decisión sobre la aplicación de las medidas de desvío (según cada etapa procesal correspondiente) garantizará el principio de celeridad y oportunidad, ayudando a los menores que reúnan las condiciones legales a aplicar pronto las medidas de desvío.

Sin embargo, en caso de disputa sobre indemnización por daños y perjuicios, es muy complicado separar la parte indemnizatoria para resolverlo como un caso civil independiente; Al mismo tiempo, de acuerdo con el artículo 45 del Código Penal, la confiscación de bienes es competencia exclusiva del tribunal. Por tanto, la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional desea aceptar las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional y revisarlas y reflejarlas en el artículo 52 del proyecto de ley.


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