El presente Decreto establece el mecanismo y las políticas para incentivar el desarrollo de la energía solar autoproducida y autoconsumida instalada en los techos de obras de construcción incluyendo viviendas, oficinas, parques industriales, conglomerados industriales, zonas francas industriales, zonas de alta tecnología, zonas económicas, instalaciones de producción y establecimientos comerciales invertidos y construidos de conformidad con las disposiciones de la ley.
El comercio directo de electricidad entre organizaciones y particulares se realiza de conformidad con el Decreto sobre el mecanismo de comercio directo de electricidad entre generadores de energía renovable y grandes usuarios de electricidad.
De esta manera, el ámbito de aplicación del Decreto se amplía a todos los sujetos como viviendas, oficinas, parques industriales, clusters industriales, zonas francas de exportación, zonas de alta tecnología, zonas económicas, establecimientos de producción y establecimientos comerciales invertidos y construidos en todo el país.
La energía solar no utilizada puede venderse a la red eléctrica nacional, pero no más del 20% de la capacidad instalada. (Foto: EVN)
Uno de los contenidos destacables del Decreto 135/2024/ND-CP es la política de fomento del desarrollo de energía solar en azotea autoproducida y autoconsumida. En concreto, el Decreto estipula 9 políticas de incentivos entre las que se encuentran:
Las organizaciones y personas que instalen energía solar en azoteas de producción propia y autoconsumo están exentas de licencias de operación eléctrica y no tienen límites en la capacidad instalada en los siguientes casos: No estar conectados al sistema eléctrico nacional; Instalar un sistema de dispositivo anti-reflujo en el sistema eléctrico nacional; Los hogares y las casas individuales desarrollan energía solar en sus tejados, autoproducida y autoconsumida, con una capacidad de menos de 100 kW.
Las organizaciones y personas que instalen energía solar en azotea de producción propia y autoconsumo con una capacidad instalada de 1.000 kW o más y vendan el excedente de electricidad al sistema eléctrico nacional deben realizar procedimientos de planificación energética y solicitar una licencia de operación eléctrica de conformidad con las disposiciones de la ley.
La energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas disfruta de políticas fiscales preferenciales de acuerdo con las leyes fiscales vigentes.
La energía solar autoproducida y autoconsumida en cubiertas ha simplificado los trámites administrativos según la normativa legal especializada vigente.
Las obras de construcción con instalaciones de energía solar sobre tejado de producción propia y autoconsumo no tienen que adaptar ni completar los terrenos y funciones energéticas de acuerdo con las disposiciones legales.
Energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas de hogares y casas individuales; Las oficinas y edificios identificados como bienes públicos se identifican como equipos tecnológicos adscritos a las obras de construcción.
La energía solar en azotea autoproducida y autoconsumida conectada al sistema eléctrico nacional dentro de la escala de capacidad de acuerdo con la planificación y el plan para implementar la planificación y la energía solar en azotea autoproducida y autoconsumida conectada al sistema eléctrico nacional de hogares y casas individuales con una capacidad de menos de 100 kW, si no se utiliza en su totalidad, se puede vender al sistema eléctrico nacional pero sin exceder el 20% de la capacidad instalada real de la siguiente manera:
+ Vietnam Electricity Group paga a organizaciones e individuos por el exceso de producción de electricidad al sistema eléctrico nacional, pero no más del 20% de la capacidad instalada real.
+ El precio de compra y venta de excedentes de electricidad al sistema eléctrico nacional es igual al precio promedio del mercado de electricidad del año anterior anunciado por el sistema eléctrico y el operador del mercado eléctrico para garantizar incentivos apropiados en cada período de desarrollo del sistema eléctrico nacional.
+ La energía solar autoproducida y autoconsumida instalada en el tejado de un sitio de construcción que sea una oficina o un sitio de construcción identificado como activo público no compra ni vende electricidad excedente.
Los hogares y casas individuales que desarrollan energía solar en sus tejados para autoproducción y autoconsumo están exentos o no tienen que adaptar sus licencias comerciales.
Alentar a las organizaciones e individuos a decidir instalar un sistema de almacenamiento de baterías (BESS) para garantizar el funcionamiento seguro y estable del sistema eléctrico.
El Decreto entra en vigor a partir de hoy, 22 de octubre de 2024.
Fuente: https://vtcnews.vn/nhung-chinh-sach-khuyen-khich-dien-mat-troi-mai-nha-tu-san-xuat-tu-tieu-thu-ar903259.html
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