La Ley de Organización Gubernamental y la Ley de Organización de los Gobiernos Locales entrarán en vigor a principios de marzo.
A partir del 1 de marzo de 2025 entrarán en vigor dos leyes: la Ley de Organización Gubernamental y la Ley de Organización de los Gobiernos Locales.
Implementar el principio de “personas claras, trabajo claro, responsabilidades claras”
La Ley de Organización del Gobierno Local de 2025 consta de 7 capítulos y 50 artículos.
La Ley de Organización de los Gobiernos Locales 2025 está diseñada y construida sobre la base de tres principios básicos. Es decir, esta Ley es una ley general, que regula los principios de delimitación de autoridad, descentralización, delegación de autoridad de las autoridades locales, sirviendo de base a leyes especializadas al regular las tareas y poderes de las autoridades locales en campos específicos para asegurar la conformidad y coherencia con las disposiciones de esta Ley.
La Ley crea un corredor legal para manejar cuestiones prácticas, eliminar "cuellos de botella institucionales y políticos" con el fin de implementar de inmediato los puntos de vista rectores del Partido sobre la promoción de la descentralización y la delegación de poder entre los niveles central y local, entre las autoridades locales, promoviendo la iniciativa y creatividad local de acuerdo con el lema "la localidad decide, la localidad actúa, la localidad asume la responsabilidad"; "El nivel que pueda resolver el problema con mayor eficacia debería asignarle tareas y autoridad".
Innovando el pensamiento legislativo, la Ley sólo regula cuestiones de principio, dentro de la competencia de la Asamblea Nacional para garantizar la estabilidad a largo plazo; Al mismo tiempo, prever cuestiones que puedan cambiar y fluctuar según cada período de desarrollo del país para encomendar a la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional y al Gobierno su regulación.
En particular, la Ley estipula un capítulo sobre la división de autoridad, descentralización, delegación y autorización entre autoridades locales en todos los niveles.
La Ley estipula siete principios para la división de autoridad, incluyendo nuevos contenidos como: Definir claramente el contenido y alcance de las tareas y poderes que las autoridades locales están autorizadas a decidir, organizar la implementación y asumir la responsabilidad de los resultados; garantizar que no haya duplicación ni superposición de tareas y poderes entre agencias y entre autoridades locales en todos los niveles; adecuado a la capacidad y condiciones para el desempeño de las tareas de las autoridades locales en todos los niveles; A los organismos, organizaciones y personas encargadas de ejecutar tareas y ejercer poderes de los organismos estatales superiores se les garantizan las condiciones necesarias para el desempeño de sus tareas y ejercicio de poderes; garantizar el control del poder; responsabilidad de la supervisión e inspección de los organismos estatales superiores; cumplir con los requisitos de gobernanza local; Aplicación de la ciencia y la tecnología, la innovación y la transformación digital...
Para fomentar el espíritu proactivo y creativo de las localidades, la Ley complementa la disposición de que "las autoridades locales propondrán proactivamente a las autoridades competentes la descentralización y delegación de autoridad a agencias, organizaciones e individuos competentes en la localidad para realizar tareas y poderes de acuerdo con la capacidad y las condiciones prácticas de la localidad".
En cuanto a las funciones del Consejo Popular y del Comité Popular, estos aplican el principio de "personas claras, trabajo claro, responsabilidades claras" y evitan la superposición de regulaciones y la duplicación de funciones y poderes entre los niveles de gobierno local y entre las agencias de gobierno local. La Ley estipula específicamente los deberes y poderes del Consejo Popular y del Comité Popular en cada unidad administrativa. En particular, la Ley ha dividido las tareas y poderes entre los niveles de gobierno local y entre los Consejos Populares y los Comités Populares del mismo nivel; El Comité Popular y el Presidente individual del Comité Popular donde se organiza el gobierno local, en el sentido de aumentar las tareas, la autoridad y la responsabilidad del Presidente individual del Comité Popular.
La Ley estipula tareas y poderes en una dirección general, centrándose en los campos de finanzas presupuestarias, estructura organizativa, nóminas, actividades de inspección y supervisión... asegurando el cumplimiento de los principios de delimitación de autoridad y asegurando la estabilidad a largo plazo de la Ley.
Definir claramente tareas y poderes
La Ley de Organización Gubernamental consta de 5 capítulos y 32 artículos. Por primera vez, la Ley de Organización Gubernamental ha diseñado disposiciones sobre la división de autoridad, la descentralización, la delegación de poderes y la autorización. Se trata de una importante base jurídica de principio para definir claramente las tareas y poderes del Gobierno, del Primer Ministro, de los Ministros, de los jefes de los organismos de nivel ministerial y la relación entre el Gobierno y los organismos que ejercen el poder legislativo y los organismos que ejercen el poder judicial; Relaciones gobierno-gobierno local.
Las disposiciones de principio de esta Ley constituyen una base jurídica importante para construir y perfeccionar un sistema jurídico especializado sincrónico y unificado.
Respecto a algunos puntos nuevos, la Ley ha resuelto las relaciones entre el Gobierno y los órganos del sistema del aparato estatal, entre los órganos que ejercen el poder ejecutivo y los órganos que ejercen el poder legislativo, y los órganos que ejercen el poder judicial.
Al definir claramente esta relación, la Ley define claramente el papel del Gobierno como el máximo órgano administrativo del Estado, el organismo que ejerce el poder ejecutivo, garantizando que el Gobierno sea proactivo y flexible en la dirección, operación y unificación de la gestión de la administración estatal desde el nivel central hasta el local.
La Ley ha aclarado los deberes, poderes y autoridad del Primer Ministro como jefe del Gobierno, dirigiendo y asumiendo la responsabilidad de las operaciones del sistema administrativo estatal desde el nivel central hasta el local; Destacar las funciones del Primer Ministro en la conducción, dirección y operación de las actividades del sistema administrativo estatal desde el nivel central hasta el local.
Las disposiciones de la Ley también aclaran la autoridad de los Ministros y Jefes de organismos de nivel ministerial como jefes de ministerios y como miembros del Gobierno. En particular, promueve la responsabilidad de los Ministros y Jefes de organismos de nivel ministerial como miembros del Gobierno, responsables ante éste de la gestión estatal de los sectores y campos que les asigne el Gobierno.
En esta capacidad, el Ministro y el Jefe de un organismo de nivel ministerial son personalmente responsables ante el Primer Ministro, el Gobierno y la Asamblea Nacional por el sector y campo que se les ha asignado para su gestión; Explicar y responder preguntas de los diputados de la Asamblea Nacional.
Definir claramente las responsabilidades de los Ministros y los Jefes de los organismos de nivel ministerial creará condiciones para mejorar las responsabilidades de los Ministros en los Reglamentos de Trabajo del Gobierno, en lugar de trasladar la responsabilidad de decidir cuestiones específicas en sectores y campos al Primer Ministro, como sucede actualmente.
Además, la Ley ha clarificado la relación entre el Gobierno, el Primer Ministro, los Ministros, los jefes de los organismos de nivel ministerial y las autoridades locales a través de los principios de descentralización, descentralización, delegación, garantizando la adhesión al lema: "la localidad decide, la localidad actúa, la localidad asume la responsabilidad", creando un mecanismo para resolver rápidamente las dificultades y los problemas institucionales, desbloqueando recursos, contribuyendo a mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión del Estado desde el nivel central hasta el local.
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