El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 180/2024/ND-CP que estipula la política de reducción del impuesto al valor agregado (IVA) de acuerdo con la Resolución No. 174/2024/QH15 de fecha 30 de noviembre de 2024 de la Asamblea Nacional. De este modo, el reglamento de reducción del IVA del 2% se prorrogará hasta finales de junio de 2025.
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El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 180/2024/ND-CP que estipula la política de reducción del impuesto al valor agregado (IVA) de acuerdo con la Resolución No. 174/2024/QH15 de fecha 30 de noviembre de 2024 de la Asamblea Nacional. De este modo, el reglamento de reducción del IVA del 2% se prorrogará hasta finales de junio de 2025.
Reducir el IVA sobre grupos de bienes y servicios actualmente sujetos a un tipo impositivo del 10%
El Decreto establece claramente que se reducirá el IVA para los grupos de bienes y servicios actualmente sujetos a una tasa impositiva del 10%, excepto para los siguientes grupos de bienes y servicios:
- Telecomunicaciones, actividades financieras, banca, valores, seguros, negocio inmobiliario, metales y productos metálicos prefabricados, productos mineros (excluida la minería del carbón), coque, petróleo refinado, productos químicos. Los detalles se encuentran en el Apéndice I emitido junto con este Decreto.
- Bienes y servicios sujetos al impuesto sobre consumos especiales. Los detalles se encuentran en el Apéndice II emitido con este Decreto.
- Tecnologías de la información según la ley de tecnologías de la información. Los detalles se encuentran en el Apéndice III emitido con este Decreto.
El Decreto también establece claramente que la reducción del IVA para cada tipo de bienes y servicios se aplica de manera uniforme en las etapas de importación, producción, procesamiento y actividad comercial. Los productos de carbón vendidos (incluido el carbón extraído y luego cribado y clasificado según un proceso cerrado antes de su venta) están sujetos a una reducción del IVA. Los productos del carbón del Apéndice I que se emiten con este Decreto, en etapas distintas a la de explotación y venta, no están sujetos a reducción del IVA.
Las empresas y grupos económicos que implementen un proceso cerrado de venta también están sujetos a la reducción del IVA sobre los productos de carbón vendidos.
En caso de que los bienes y servicios listados en los Apéndices I, II y III emitidos con este Decreto no estén sujetos al IVA o estén sujetos al IVA del 5% de acuerdo con las disposiciones de la Ley del IVA, se aplicarán las disposiciones de la Ley del IVA y no se reducirá el IVA.
Nivel de reducción del IVA
Respecto al tipo de reducción del IVA, el Decreto establece claramente que los establecimientos comerciales que calculen el IVA mediante el método de deducción tienen derecho a aplicar el tipo de IVA del 8% a los bienes y servicios especificados anteriormente.
Los establecimientos comerciales (incluidos los hogares comerciales y las empresas individuales) que calculan el IVA según el método de porcentaje sobre los ingresos tienen derecho a una reducción del 20% en la tasa porcentual para calcular el IVA cuando emiten facturas por bienes y servicios que son elegibles para la reducción del IVA según lo prescrito anteriormente.
Anteriormente, según el Decreto 72/2024/ND-CP del Gobierno, la regulación de la reducción del 2% del IVA en algunos grupos de bienes expirará el 31 de diciembre de 2024. Así, con el recién aprobado Decreto 180/2024/ND-CP, la reducción del IVA del 2% se extenderá por otros 6 meses.
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Fuente: https://baophapluat.vn/chinh-thuc-giam-thue-vat-den-3062025-post536662.html
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