C PROGRAMA DE ALTA CALIDAD: DETERMINADO POR LAS ESCUELAS
Como informó Thanh Nien , el 15 de junio, el Ministerio de Educación y Capacitación emitió la Circular 11/2023/TT-BGDDT sobre la derogación de la Circular 23/2014/TT-BGDDT (emitida en 2014) que regula la formación de alta calidad (CLC) a nivel universitario.
La Circular 11 entra en vigor a partir del 1 de diciembre de este año, los cursos matriculados antes de esta fecha seguirán implementándose hasta el final del curso de acuerdo con las regulaciones de la Circular 23. Según el Ministerio de Educación y Formación, la abolición completa de la Circular 23 es para implementar la Ley revisada de Educación Superior (también conocida como Ley 34) emitida en 2018.
De acuerdo con la Circular No. 17/2021/TT-BGDDT (emitida el 22 de junio de 2021) que regula los estándares del programa de formación; En el desarrollo, evaluación y promulgación de programas de formación para todos los niveles de educación superior, el desarrollo de diferentes tipos de programas de formación está bajo la autonomía de las instituciones de educación superior (denominadas colectivamente universidades), asegurando el cumplimiento de las regulaciones sobre estándares de programas de formación para todos los niveles de educación superior según lo prescrito por el Ministerio de Educación y Formación.
Estudiante de programa de alta calidad, Universidad Tecnológica de la Ciudad de Ho Chi Minh
Sin embargo, las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación son sólo requisitos “básicos”. El Ministerio de Educación y Capacitación alienta a las universidades a crear y desarrollar programas de capacitación con estándares de entrada y salida más elevados que los prescritos por el Ministerio de Educación y Capacitación. Las escuelas son responsables de divulgar pública y transparentemente información sobre los programas de formación que ofrecen.
El Ministerio de Educación y Formación afirmó que la abolición de la Circular 23 no significa que las universidades ya no tengan o no estén autorizadas a implementar "programas CLC". Esto tampoco afecta la matrícula y formación de otros programas de universidades. Las universidades ejercen autonomía en la construcción y desarrollo de programas de formación. Pero sea cual sea el nombre, es necesario garantizar el cumplimiento de las regulaciones sobre los estándares de los programas de formación, la garantía de calidad, las condiciones de enseñanza y aprendizaje...
Por otro lado, el Ministerio de Educación y Capacitación también dijo que con respecto a las tasas de matrícula, las escuelas las determinarán e implementarán de acuerdo con las regulaciones del Gobierno en el Decreto No. 81/2021/ND-CP del 27 de agosto de 2021.
LA MAYOR DIFERENCIA ESTÁ EN LAS TARIFAS DE MATRÍCULA
Según muchos expertos, la razón importante por la que el Ministerio de Educación y Capacitación emitió la Circular 23 en 2014 fue implementar la política del Gobierno de "liberar" a muchas universidades en el cobro de tasas de matrícula (TP). Antes y después de la emisión de la Circular 23, las universidades públicas solo podían cobrar tasas de matrícula en el marco prescrito por el Gobierno (desde julio de 2010, según el Decreto 49, desde diciembre de 2015, según el Decreto 86).
De hecho, este impulso se inició simultáneamente con la Resolución 77/NQ-CP, emitida por el Gobierno el 24 de octubre de 2014, sobre la puesta a prueba de la innovación del mecanismo operativo para las instituciones públicas de educación superior en el período 2014-2017. La Resolución 77 busca incentivar a las universidades públicas a aprovechar de forma proactiva y razonable los fondos del presupuesto estatal, así como a aumentar el atractivo de fuentes de financiación no presupuestarias (posteriormente se demostró que esta solución de "mejora" consistía principalmente en aumentar el HP).
De acuerdo a la Resolución 77, las universidades públicas que se comprometen a autoasegurar todos los gastos de funcionamiento, gastos regulares y gastos de inversión, son autónomas y plenamente responsables. Sin embargo, en todo el país sólo existen 23 universidades que están autorizadas a ejercer la autonomía universitaria (lo que significa que están autorizadas a cobrar tasas de matrícula más allá del marco del Decreto 86). La Circular 23 trae oportunidades a la mayoría de las universidades del sistema.
El Ministerio de Educación y Formación afirmó que la abolición de la Circular 23 no significa que las universidades ya no tengan o no estén autorizadas a implementar "programas de alta calidad".
Desde la misma definición, la Circular 23 también incluyó el elemento “matrícula” como indicador para distinguir entre el programa de formación universitaria masiva y el programa CLC. En consecuencia, el programa de formación masiva es un programa con un nivel máximo de HP según la normativa vigente del Gobierno; El programa CLC no está obligado a cumplir con esta regulación. En lugar de ello, a las universidades se les permite determinar el costo de matrícula para el programa CLC según el principio de "calcular correcta y completamente los costos de capacitación para todo el curso"; Las universidades pueden desarrollar una hoja de ruta para ajustar el nivel de HP para los cursos posteriores (si es necesario)...
El Decreto 86 emitido por el Gobierno en octubre de 2015 (después de la Circular 23) también incluyó oficialmente regulaciones sobre HP para los programas de capacitación de CLC. En consecuencia, las universidades públicas con programas CLC son proactivas en la construcción de niveles de HP adecuados con el apoyo del presupuesto estatal para garantizar una cobertura suficiente de los costos de capacitación.
Con la Ley de Educación Superior se ha ampliado la autonomía de las universidades; donde se amplía la autonomía, se amplía el marco educativo. El Decreto 81 no obliga a todas las universidades públicas a cobrar tasas de matrícula según un marco prescrito por el Gobierno, pero abre muchos casos. En el caso de las escuelas autónomas, el límite de matrícula es entre dos y dos veces y media mayor que el límite de matrícula de las escuelas no autónomas.
Además, el Decreto 81 también regula el cobro del HP por programas de formación no acreditados o acreditados. Para los programas acreditados, incluso para escuelas no autónomas, las escuelas tienen el derecho de determinar el costo de matrícula para ese programa basándose en estándares económicos y técnicos emitidos por la propia escuela.
Fin del papel «histórico»
El Profesor Asociado Bui Anh Tuan, Rector de la Universidad de Comercio Exterior, fue Director del Departamento de Educación Superior del Ministerio de Educación y Capacitación en el momento en que el Ministerio de Educación y Capacitación emitió la Circular 23, y dijo que en ese momento el Gobierno quería crear influencia para mejorar la calidad de la educación superior, por lo que cooperó con muchos otros países para invertir en la construcción de una serie de excelentes universidades. Al mismo tiempo, el Ministerio de Educación y Formación ha implementado un proyecto de programa avanzado para construir una serie de carreras fuertes en las universidades (en la primera fase, 23 escuelas participaron con 37 programas de capacitación), este programa cuenta con inversión del Estado.
Sin embargo, a la hora de implementarlo es difícil ampliarlo debido a los recursos limitados. El Ministerio de Educación y Formación ha comprendido que es posible mejorar la calidad de la formación en algunas especialidades universitarias sin que el Estado tenga que invertir demasiado dinero al permitir la apertura de programas de formación CLC. Dada la historia del desarrollo de la educación superior y los cambios actuales, es razonable que el Ministerio de Educación y Formación reduzca los estándares de las escuelas CLC, afirmó el profesor asociado Tuan.
El profesor asociado Nguyen Phong Dien, vicepresidente de la Universidad de Ciencia y Tecnología de Hanói, afirmó que la Circular 23 y otras regulaciones se emitieron de conformidad con la Ley de Educación Superior de 2012. Tras la promulgación de la Ley n.º 34 por parte de la Asamblea Nacional, no solo la Circular 23, sino también otras regulaciones dejaron de ser pertinentes.
El profesor asociado Dien también comentó: «En el proceso de formulación de políticas para adaptarnos a la transformación actual de los mecanismos de gestión en la educación superior, encontramos numerosas lagunas que requieren que el Ministerio de Educación y Formación y muchos otros ministerios trabajen arduamente durante mucho tiempo para subsanar. En el futuro próximo, tendremos que aceptar la existencia de numerosos documentos cuyo contenido contradice la ley o es incompleto».
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