TPO - El Ministerio de Educación y Capacitación solicita comentarios sobre el proyecto de Circular que regula la determinación de los objetivos de matriculación en la educación universitaria y los objetivos de matriculación en la educación preescolar.
TPO - El Ministerio de Educación y Capacitación solicita comentarios sobre el proyecto de Circular que regula la determinación de los objetivos de matriculación en la educación universitaria y los objetivos de matriculación en la educación preescolar.
El proyecto de circular contiene numerosos puntos nuevos e importantes. En particular, el Ministerio de Educación y Formación ha eliminado las regulaciones específicas sobre las cualificaciones del personal docente al pasar a las cuotas de matrícula.
Este proyecto estipula específicamente que la cuota de inscripción se determina e implementa para garantizar que la escala de capacitación al final del año de inscripción (esperada y real) cumpla con los criterios sobre la relación entre el área de construcción para capacitación y el número total de estudiantes de tiempo completo convertidos en la sede y cada sucursal no sea inferior a 2,8 m2.
La relación entre estudiantes convertidos y docentes de tiempo completo para cada grupo de carreras y cada carrera (en caso de tener que determinar cupos de matrícula por carrera) de la institución de formación no es mayor a 40.
Los estudiantes completan los trámites de admisión para el año 2024. Foto: Nghiem Hue |
De acuerdo con el proyecto de Circular, las metas de matrícula se determinan e implementan para cada año, de acuerdo con cada industria, grupo industrial, nivel y forma de capacitación en la sede y cada sucursal, asegurando que sean consistentes con la capacidad de la institución de capacitación, las necesidades del mercado laboral y los requerimientos de desarrollo socioeconómico del país y de cada región y localidad.
Los casos en los que las cuotas de inscripción deben determinarse por industria incluyen: industrias del grupo industrial: Formación de docentes; Lengua, literatura y cultura vietnamita; Lenguas, literaturas y culturas extranjeras y programas de formación de máster y doctorado.
Las instituciones de formación determinarán sus propios cupos de inscripción con base en los criterios y procedimientos especificados en la Circular y los anunciarán públicamente de acuerdo con la normativa de inscripción vigente, excepto en los casos en que los cupos de inscripción sean decididos por el Ministerio de Educación y Formación, en cuyo caso los cupos de inscripción solo podrán anunciarse de acuerdo con el anuncio del Ministerio.
Las instituciones de formación deberán reclutar estudiantes de acuerdo con las cuotas anunciadas, garantizando que el número real de estudiantes reclutados para cada especialidad, grupo de especialidades, nivel y modalidad de formación no exceda el 20% de la cuota anunciada. Se trata de una novedad respecto a la Circular No. 3 emitida en el año 2022 y la Circular No. 10 emitida en el año 2023.
Otra novedad es que el Ministerio de Educación y Formación ha establecido dos criterios que las universidades no pueden aumentar respecto a la cuota y matrícula real del año anterior, entre ellos: que la tasa de abandono del primer año sea superior al 15%; La tasa de empleo de los graduados es inferior al 70%.
La Circular No. 3 de 2022 no estipula la tasa de deserción, sino que solo estipula que la cuota no se incrementará si la tasa de egresados con empleo dentro de los 12 meses de ser reconocidos como egresados en esa área es inferior al 80%, o la tasa de implementación de la cuota de matrícula de esa área en el año de matrícula inmediatamente anterior al año de matrícula es inferior al 80% (excepto en el caso de programas de formación de nivel universitario con programas de formación reconocidos por cumplir con los estándares de acreditación de calidad).
Fuente: https://tienphong.vn/truong-dai-hoc-khong-duoc-tuyen-vuot-qua-20-chi-tieu-post1685934.tpo
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