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Nueva normativa sobre el manejo de los bienes públicos tras la racionalización del aparato

Báo Giao thôngBáo Giao thông01/03/2025

El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 50 por el que se modifican y complementan varios artículos de los Decretos que detallan una serie de artículos de la Ley de Gestión y Utilización de los Bienes Públicos.


Decreto No. 50 modifica y adiciona normas sobre el manejo de los bienes públicos en los casos de fusión, consolidación, separación, disolución y terminación de operaciones.

En el cual, los organismos del Estado sujetos a fusión, consolidación, separación, disolución y terminación de operaciones son responsables de inventariar y clasificar los bienes bajo la administración y uso del organismo; Responsable de manejar los activos que se encuentren en exceso o faltante a través del inventario de acuerdo a las disposiciones de la ley.

Quy định mới về xử lý tài sản công sau tinh gọn bộ máy- Ảnh 1.

De acuerdo con la normativa, después de una fusión o consolidación, una entidad legal hereda el derecho a administrar y utilizar los activos de la agencia fusionada o consolidada (Foto de ilustración).

En el caso de activos que no pertenecen al organismo (activos mantenidos en nombre de otros, activos prestados, activos alquilados de otras organizaciones o individuos...), el organismo estatal los manejará de acuerdo con las disposiciones de las leyes pertinentes.

En caso de fusión o consolidación (incluido el establecimiento de nuevas agencias o unidades sobre la base de la reorganización de agencias o unidades existentes), la entidad jurídica después de la fusión o consolidación heredará el derecho a administrar y utilizar los activos de la agencia fusionada o consolidada.

Esta persona jurídica es responsable de organizar el uso de los activos de acuerdo a las normas y estándares para el uso de los activos públicos; Administrar y utilizar los bienes públicos de acuerdo a lo dispuesto en la ley.

Identificar los activos excedentes (que ya no son necesarios para su uso de acuerdo a las funciones, tareas y nueva estructura organizacional) o aquellos que deben manejarse de acuerdo a lo establecido en la Ley y este Decreto para elaborar registros e informar a los organismos y personas competentes para su consideración y decisión sobre su manejo de acuerdo a lo establecido en la ley.

Continuar con la realización de los contenidos inconclusos de los activos que se haya decidido gestionar por organismos e individuos competentes antes de la fusión o consolidación, pero en el momento de la fusión o consolidación, el organismo estatal fusionado o consolidado aún no haya completado el tratamiento.

En caso de separación, el organismo estatal sujeto a la separación es responsable de preparar un plan para dividir los activos existentes y asignar la responsabilidad del manejo de los activos en proceso de manejo a las nuevas entidades legales después de la separación, e informar al organismo o persona con autoridad para decidir sobre la separación para su aprobación.

Una vez completada la separación, las nuevas personas jurídicas son responsables de organizar el uso de los activos de acuerdo con los estándares y normas para el uso de los activos y completar el manejo de los activos en el proceso de ser manejados de acuerdo con las responsabilidades asignadas.

En el caso de los activos excedentes o que deban manejarse de acuerdo con las disposiciones de la Ley y este Decreto, la nueva persona jurídica es responsable de preparar registros e informar a las autoridades y personas competentes para su consideración y decisión sobre su manejo de acuerdo con las normas.

En caso de terminación de operaciones o transferencia de funciones y tareas a otros organismos, organizaciones y unidades, con base en la política del organismo o persona competente, el organismo estatal cuyas operaciones se terminan presidirá y coordinará con los organismos, organizaciones y unidades que reciben las funciones y tareas para desarrollar un plan de división de activos de acuerdo con las tareas transferidas y el estado real de los activos que se incorporarán al proyecto/plan de ordenamiento organizacional; Presentar a la autoridad competente para su aprobación.

Después de recibir la tarea de acuerdo con el proyecto/plan de organización, la agencia, organización o unidad que recibe la tarea es responsable de implementar los puntos a, b y c anteriores.

En caso de disolución o cese de operaciones que no esté dentro del ámbito de lo dispuesto en el apartado 4 anterior, después de emitida la Decisión sobre disolución o cese de operaciones del organismo o persona competente, el organismo estatal disuelto o cedido será responsable de entregar los activos al organismo de gestión superior o a otro organismo designado para recibir los activos.

El organismo designado para recibir los activos es responsable, con base en las disposiciones de la Ley y este Decreto, de elaborar un informe para el organismo o persona competente para su consideración y decisión sobre el manejo, y sobre esa base organizar el manejo de los activos de acuerdo con las normas vigentes.

En el caso de los bienes que la autoridad o persona competente haya decidido manejar antes de la disolución o terminación de operaciones, pero que al momento de la disolución o terminación de operaciones, el organismo estatal disuelto o terminado no haya completado el manejo, el organismo designado para recibir los bienes es responsable de continuar con el contenido inacabado.

El Decreto No. 50 también modifica y complementa la Cláusula 2, Artículo 3 del Decreto No. 151/2017/ND-CP sobre la adquisición de activos públicos al servicio de las operaciones de los organismos estatales.

En consecuencia, la autoridad para decidir sobre la adquisición de activos públicos en los casos en que no sea necesario establecer un proyecto de inversión se implementa de la siguiente manera: El Ministro o el Jefe de un organismo central decide o delega la autoridad para decidir sobre la adquisición de activos públicos para servir a las operaciones de los organismos estatales bajo la gestión del ministerio o del organismo central.

El Consejo Popular a nivel provincial decide o delega la autoridad para decidir sobre la adquisición de bienes públicos para atender las operaciones de los organismos estatales bajo el ámbito de gestión local.

En materia de arrendamiento de activos destinados al funcionamiento de los organismos estatales, el Decreto Nº 50 complementa una serie de cláusulas del artículo 4 del Decreto Nº 151/2017/ND-CP.

Los ministros y jefes de organismos centrales deciden o delegan autoridad para decidir sobre el arrendamiento de activos para servir a las operaciones de los organismos estatales bajo la gestión de los ministerios y organismos centrales.

El Consejo Popular a nivel provincial decide o delega la autoridad para decidir sobre el arrendamiento de activos para servir a las operaciones de las agencias estatales bajo el ámbito de gestión de la localidad.


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Fuente: https://www.baogiaothong.vn/quy-dinh-moi-ve-xu-ly-tai-san-cong-sau-tinh-gon-bo-may-192250301122522016.htm

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