¿Cuándo se permite a la policía de tránsito movilizar vehículos privados?
De acuerdo con la Cláusula 3, Artículo 8 de la Circular 32/2023/TT-BCA, en casos urgentes para proteger la seguridad nacional, garantizar el orden social y la seguridad o prevenir consecuencias de daños a la sociedad que estén ocurriendo o estén en riesgo de ocurrir, los agentes de policía de tránsito que realicen funciones de patrullaje y control pueden movilizar medios de transporte, medios de comunicación, otros medios de transporte de agencias, organizaciones, individuos y la persona que conduce y utiliza dichos medios de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Seguridad Pública de las Personas. La movilización se realizará en forma de solicitud directa o por escrito.
Así , sólo en casos urgentes para proteger la seguridad nacional, garantizar el orden y la seguridad social o prevenir daños sociales que estén ocurriendo o estén en riesgo de ocurrir, la fuerza policial de tránsito que realiza funciones de patrullaje y control tendrá derecho a movilizar vehículos de personas y la forma de movilización puede ser directa o por escrito.
Contenido de patrullaje y control de la policía de tránsito
En concreto, el artículo 12 de la Circular 32/2023/TT-BCA estipula el contenido del patrullaje y control por parte de la policía de tráfico de la siguiente manera:
(1) Contenido de patrulla
- Observar y comprender la situación del orden y la seguridad del tráfico en las vías de circulación; Prevenir infracciones, accidentes de tráfico, atascos; mantener el orden y la seguridad del tráfico vial;
- Detectar, prevenir y tratar las infracciones a las leyes de tránsito y otras infracciones a las leyes de acuerdo a la reglamentación;
- Garantizar el orden, la seguridad del tráfico, la protección y el orden en las vías de circulación;
- Ayudar y apoyar a las personas y vehículos que participan en el tráfico rodado cuando sea necesario;
- Realizar otras tareas que le sean asignadas por las autoridades competentes de acuerdo a la reglamentación.
(2) Contenido del control
- Documentos de control relacionados con personas y vehículos, incluyendo:
Carnet de conducir; Certificado de formación en derecho de circulación, Licencia, Certificado de conducción de motos especializadas; Certificado de matriculación del vehículo o copia certificada del certificado de matriculación del vehículo con recibo original válido de la entidad de crédito (durante el período en que la entidad de crédito conserve el certificado de matriculación del vehículo original); Certificado de inspección, sello de inspección de seguridad técnica y protección del medio ambiente, Certificado de vigencia del Certificado de Inspección y Sello de Inspección (para tipos de vehículos que requieren inspección); Certificado del seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos a motor y demás documentos necesarios pertinentes según lo prescrito (en adelante, "documentos").
Cuando las bases de datos están conectadas al sistema de identificación y autenticación electrónica y se determina información sobre el estado de los documentos, el control mediante la verificación y comparación de la información de esos documentos en la cuenta de identificación electrónica es tan valioso como verificar directamente los documentos;
- Controlar las condiciones del tráfico de los vehículos
Realizar inspecciones en orden de adelante hacia atrás, de izquierda a derecha, de afuera hacia adentro, de arriba hacia abajo, incluyendo los siguientes contenidos: Forma, dimensiones externas, color de pintura, placas de matrícula en la parte delantera, trasera y ambos lados del vehículo; Condiciones técnicas de seguridad y protección del medio ambiente de los vehículos a motor de carretera y motocicletas especializadas según la reglamentación;
- Controlar el cumplimiento de la normativa legal en materia de seguridad del transporte por carretera
Controlar la legalidad de las mercancías, tipos, volúmenes, cantidades, especificaciones y tamaños; objeto; Número real de personas transportadas en comparación con el número permitido y medidas de seguridad en el transporte por carretera;
- Controlar otros contenidos relacionados de acuerdo a lo establecido en la ley.
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