De conformidad con la Cláusula 2, Artículo 4 del Decreto 123/2015/ND-CP que regula el contenido del registro del certificado de defunción, específicamente lo siguiente:
Al registrar un certificado de defunción de acuerdo con las disposiciones de la Ley del Estado Civil, el certificado de defunción debe incluir la siguiente información: Apellido, segundo nombre, nombre y año de nacimiento del fallecido; el número de identificación personal del fallecido, si lo hubiera; lugar de muerte; causa de la muerte; hora, día, mes, año de la muerte según el calendario gregoriano; nacionalidad si el fallecido es extranjero.
El contenido del registro de defunción se determina de acuerdo con el Certificado de Defunción o los documentos que lo sustituyan, expedidos por las siguientes autoridades competentes:
a) Para las personas que fallezcan en un establecimiento de salud, el Jefe del establecimiento de salud expedirá un Certificado de Defunción;
b) Para quienes mueran a causa de la ejecución de la pena de muerte, el Presidente del Consejo de Ejecución de la Pena de Muerte expedirá un certificado de ejecución de la pena de muerte en lugar del Certificado de Defunción;
c) En el caso de una persona declarada muerta por el Tribunal, la Sentencia o Decisión vigente del Tribunal sustituirá al Certificado de Defunción;
d) En el caso de personas que mueren en un vehículo, en un accidente, son asesinadas, mueren repentinamente o mueren bajo sospecha, un documento de confirmación de la policía o el resultado de un examen de una agencia de examen forense reemplaza el Certificado de Defunción;
d) En el caso de una persona fallecida que no se encuentre en alguno de los casos especificados en los puntos a, b, c y d de esta Cláusula, el Comité Popular de la comuna donde falleció la persona es responsable de expedir el Certificado de Defunción.
Además, el artículo 65 de la Ley de Matrimonio y Familia de 2014 estipula el momento de la terminación del matrimonio de la siguiente manera: El matrimonio termina a partir del momento de la muerte de la esposa o el esposo; En caso de que el tribunal declare la muerte del esposo o la esposa, la fecha de terminación del matrimonio se determina de acuerdo a la fecha de muerte registrada en la sentencia o decisión del tribunal.
Por tanto, desde el momento en que se expide el certificado de defunción, el vínculo matrimonial ha finalizado. Una esposa puede volver a casarse sin pasar por el proceso de divorcio.
Minh Hoa (t/h)
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