De acuerdo con el artículo 562 del Código Civil de 2015, un contrato de autorización es un documento en el que se recoge el acuerdo entre la parte autorizante y la parte autorizada, según el cual la parte autorizante asignará tareas a la parte autorizada para que las realice en su nombre dentro del alcance de la autorización y un período de autorización determinado, la parte autorizante solo tiene que pagar una remuneración si existe un acuerdo o si la ley así lo estipula.
Así, la autorización puede entenderse como el acto en el cual una persona física o jurídica se obliga a representar a otra persona física o jurídica para realizar negocios civiles en nombre de ésta en el alcance y plazo convenidos por ambas partes.
Sin embargo, en los casos en que los padres autoricen a sus hijos a hacer testamento, se deberá aplicar la cláusula 1 del artículo 48 de la Ley de Notariado de 2014.
En concreto, en caso de que el testador quiera hacer testamento notarial o autenticado, deberá solicitar personalmente la protocolización del testamento. Esto significa que usted no puede autorizar a otra persona a solicitar la certificación notarial de su testamento en su nombre.
Los padres no están autorizados a autorizar a sus hijos a hacer un testamento en su nombre.
Además, de conformidad con el artículo 639 del Código Civil de 2015, el testador podrá solicitar que un notario acuda directamente a su domicilio para otorgar testamento. El procedimiento para hacer testamento en el domicilio del testador es similar al procedimiento para hacer testamento en un organismo notarial público según lo prescrito en el artículo 636 del Código Civil.
Por lo tanto, si los padres son pobres y no pueden viajar, pueden solicitar que un notario venga a su domicilio para hacer un testamento según la ley.
Por tanto, el testador no puede autorizar a su hijo a hacer testamento y protocolizarlo en su nombre, sino que debe hacerlo él mismo.
Fuente: https://vtcnews.vn/cha-me-co-duoc-uy-quyen-cho-con-lap-di-chuc-thay-ar906620.html
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