Ilustración
La Circular se aplica a las personas que ocupan cargos y poderes después de dejar sus puestos en agencias, organizaciones y unidades estatales bajo la gestión del Ministerio de Información y Comunicaciones y otras agencias, organizaciones e individuos relevantes.
Los campos bajo la gestión del Ministerio de Información y Comunicaciones en los que las personas con cargos y poderes en dicha área, después de dejar sus cargos, no están autorizadas a establecer, ejercer títulos o puestos de dirección ni a operar empresas o cooperativas, incluyen:
1. Presione.
2. Edición, impresión y distribución.
3. Radio y televisión.
4. Información electrónica.
5. Información extranjera.
6. Información básica.
7. Postal.
8. Telecomunicaciones.
9. Radiofrecuencia
10. Industria de la tecnología de la información.
11. Aplicación de tecnologías de la información, transformación digital.
12. Seguridad de la información en red.
13. Transacciones electrónicas.
14. Gestión de empresas estatales con el Ministerio de Información y Comunicaciones como representante del propietario.
15. Los programas, planes y proyectos en los campos y tareas especificados en los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 de este Artículo deberán ser investigados, desarrollados o evaluados y aprobados directamente por quien haya cesado en el ejercicio de un cargo o autoridad siendo cuadro, funcionario o empleado público.
El mandato de las personas que ostentan cargos y atribuciones en los ámbitos cuya gestión corresponde al Ministerio de Información y Comunicaciones, después de cesar en dichos cargos y atribuciones, no podrá constituir, ejercer títulos o puestos directivos ni gestionar empresas o cooperativas en los ámbitos cuya gestión estaba anteriormente a su cargo.
La Circular establece claramente que para quienes no ocupen cargos de dirección o gerencia, el período de tiempo en el cual no se les permite establecer, ejercer títulos o cargos gerenciales o ejecutivos en empresas o cooperativas en los campos que anteriormente eran responsables de administrar en la lista especificada en las Cláusulas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, Artículo 4 de esta Circular es de 12 meses a partir de la fecha de terminación de la autoridad de acuerdo con la decisión de la autoridad competente.
Para quienes ocupen cargos de dirección y gerencia, el período de tiempo en el cual no se les permitirá constituir, ejercer cargos o títulos de dirección o ejecutivos en empresas o cooperativas en los rubros que anteriormente les correspondían gestionar en la lista señalada en los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 del artículo 4 de la presente Circular es de 24 meses contados a partir de la fecha de cesación en el cargo por decisión de la autoridad competente.
La presente Circular entra en vigor a partir de la fecha de su firma.
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Fuente: https://mic.gov.vn/quy-dinh-doi-voi-nguoi-tung-giu-chuc-vu-thuoc-bo-ttt-khong-duoc-thanh-lap-hoac-quan-ly-doanh-nghiep-sau-khi-thoi-chuc-197240904140746977.htm
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