La ley estipula que los ciudadanos que se ausentan del servicio militar serán sancionados sin una razón válida. ¿Cuáles son las razones válidas? Por favor lea el artículo a continuación.
1. 05 razones por las que los ciudadanos pueden ausentarse del servicio militar sin ser sancionados
De acuerdo con la Cláusula 1, Artículo 7 del Decreto 120/2013/ND-CP (modificado y complementado por el Decreto 37/2022/ND-CP), se impondrá una multa de 30.000.000 a 40.000.000 de VND por incumplimiento de las regulaciones. estar presente en el momento o lugar de reunión señalado en la orden de llamado militar sin motivo válido.
De acuerdo con las regulaciones anteriores, los ciudadanos que se ausenten de la fecha de alistamiento militar sin una razón válida serán multados entre 30.000.000 y 40.000.000 de VND.
El artículo 4 de la Circular 07/2023/TT-BQP estipula los siguientes 5 motivos legítimos para el reconocimiento:
(1) Las personas que deban someterse a un examen o evaluación médica para el servicio militar; examen médico para la selección de oficiales de reserva; obedecer el llamado al servicio militar; llamado a entrenamiento de oficiales de reserva; una persona que es llamada a entrenamiento, ejercicios, controles de preparación, preparación para el combate (en adelante, una persona que realiza el servicio militar) pero está enferma, tiene un accidente o se enferma en el camino. Los accidentes deben ser tratados en un centro médico.
(2) Los familiares de personas que prestan el servicio militar, entre ellos: padre biológico, madre biológica; suegro, suegra o suegro, suegra; padre adoptivo, madre adoptiva; tutor legal; esposa o marido; Niños biológicos o adoptados legalmente que están enfermos o sufren accidentes graves y están siendo tratados en un centro médico.
(3) Los familiares de una persona que presta el servicio militar según lo prescrito en el punto (2) mueren pero el funeral no se ha organizado o este no se ha completado.
(4) La residencia de una persona que presta servicio militar o la residencia de un familiar de una persona que presta servicio militar según lo previsto en el punto (2) está ubicada en una zona gravemente afectada por desastres naturales, epidemias o incendios. importante para la vida
(5) Una persona que presta el servicio militar no recibe una convocatoria para examen o reconocimiento médico para el servicio militar; examen médico para la selección de oficiales de reserva; llamado al servicio militar; llamado a entrenamiento de oficiales de reserva; convocatoria de entrenamiento, ejercicios militares, controles de preparación para la movilización y preparación para el combate; o recibió una orden, pero en la orden no se especificó la hora y el lugar debido a la falta de la persona o agencia responsable, o debido a la conducta obstructiva de otra persona según lo prescrito en el Artículo 7 de la Circular 07/2023/TT - Ministerio de Defensa Nacional .
Nota:
- En los casos previstos en los puntos (1) y (2), se deberá contar con la constancia del Comité Popular de la comuna donde reside el paciente o del centro de reconocimiento y tratamiento médico que lo haya realizado o del puesto de salud de nivel comunal donde reside el paciente. ;
- En los casos previstos en los puntos (3) y (4), deberá existir constancia del Comité Popular de la comuna donde reside la persona;
- En el caso señalado en el punto (5), deberá existir constancia del Comité Popular de la comuna donde reside la persona o de autoridad competente.
2. Criterios y tiempo de contratación
De conformidad con el artículo 3 de la Circular 148/2018/TT-BQP, el cupo y el horario de contratación son los siguientes:
- Implementar anualmente la decisión del Primer Ministro sobre el llamado a los ciudadanos a unirse al ejército.
- Con base en la decisión del Primer Ministro, el Ministro de Defensa Nacional decide asignar la cuota para el reclutamiento de ciudadanos para unirse al ejército a las unidades bajo el Ministerio de Defensa Nacional en cada provincia y ciudad administrada centralmente (en adelante denominadas comúnmente hasta nivel provincial).
Fuente
Kommentar (0)