El Ministerio de Transportes acaba de emitir la Circular 38/2024 que regula la velocidad y la distancia de seguridad de los vehículos a motor y motocicletas especializadas que participan en la circulación en las carreteras.
La velocidad máxima en la autopista es de 120 km/h, la mínima es de 60 km/h.
La Circular 38/2024 sustituye a la Circular 31/2019 del Ministerio de Transportes sobre velocidad y distancia de seguridad de los vehículos a motor y motocicletas especializadas que participan en la circulación en las carreteras. La presente Circular entra en vigor el 1 de enero de 2025.
La novedad de esta circular es que el Ministerio de Transporte estipula claramente la velocidad de diseño de cada tipo de vía. En la cual, la Circular estipula que la velocidad máxima permitida de circulación en carreteras es de 120 km/h.
La nueva circular estipula que la velocidad máxima en las carreteras es de 120 km/h y la mínima de 60 km/h.
La velocidad mínima permitida para circular en la autopista es de 60 km/h. En caso de que la autopista tenga una velocidad de diseño de 60 km/h, la velocidad mínima de operación se implementará de acuerdo al plan de organización del tránsito aprobado por la autoridad competente.
Las velocidades máximas y mínimas de circulación permitidas en las carreteras, incluidas las vías secundarias que conducen a ellas o desde ellas, se determinan en el plan de organización del tráfico aprobado por las autoridades competentes.
De acuerdo a la Circular, las carreteras deben contar con señales que indiquen la velocidad máxima de operación y la velocidad mínima de operación.
La velocidad máxima de circulación permitida para vehículos a motor en carreteras fuera de zonas densamente pobladas es la siguiente: Los vehículos que circulen fuera de zonas densamente pobladas podrán circular a una velocidad máxima de 90 km/h y una velocidad mínima de 50 km/h, dependiendo del tipo de carretera.
Normativa sobre la velocidad de circulación fuera de zonas densamente pobladas
El Ministerio de Transporte mantiene la normativa de que la velocidad máxima de los vehículos en zonas densamente pobladas es de 60 km/h como máximo y 50 km/h como mínimo.
Límite de velocidad en zonas residenciales.
Definir claramente la distancia entre vehículos
Respecto a la distancia entre vehículos, la circular estipula: En condiciones de carretera seca, sin niebla, carretera no resbaladiza, terreno llano, carretera recta, visibilidad garantizada, la distancia de seguridad para cada velocidad se especifica a continuación:
Regulación de la distancia entre vehículos.
Al conducir a una velocidad inferior a 60 km/h, los conductores y operadores de motocicletas especializadas deben mantener de forma proactiva una distancia segura con el vehículo que va delante de ellos; Esta distancia depende de la densidad de vehículos y de la situación real del tráfico para garantizar la seguridad del tráfico.
En condiciones de lluvia, niebla, carreteras resbaladizas, terrenos sinuosos, pasos empinados y visibilidad limitada, los conductores deben ajustar la distancia de seguridad para que sea mayor que el valor indicado en la señal o el valor prescrito.
El Ministerio de Transporte también permite a las autoridades competentes "colocar señales de límite de velocidad en función de las condiciones reales de la ruta o tramo". Esto ayuda a las localidades a adaptar la señalización de forma proactiva y flexible.
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Fuente: https://www.baogiaothong.vn/quy-dinh-moi-ve-toc-do-chay-xe-sap-co-hieu-luc-192241118213641486.htm
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