La Circular 05/2025 que regula el régimen de trabajo del profesorado de educación general y de preparación universitaria, en vigor desde el 22 de abril, está recibiendo mucha atención ya que enfatiza el contenido de la licencia de maternidad de los profesores varones cuando sus esposas dan a luz. En concreto, la cláusula 3 del artículo 6 de esta Circular estipula el régimen de licencia por maternidad de los docentes varones cuando sus esposas den a luz de la siguiente manera:
- En caso de que a un profesor se le conceda licencia de maternidad cuando su esposa da a luz de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Seguro Social, durante la licencia de maternidad, se considera que el profesor ha enseñado suficientes horas lectivas de acuerdo a las normas y no tiene que compensarlas.
- En caso de que la baja por maternidad del docente varón cuando su esposa dé a luz coincida con las vacaciones de verano, no podrá disfrutar de una baja compensatoria.
Así, a partir del 22 de abril, durante la baja por maternidad, cuando la mujer da a luz según la normativa, a los profesores varones se les sigue contabilizando como si impartieran suficientes horas lectivas y no tienen que recuperarlas. Al mismo tiempo, si la baja por maternidad de un profesor coincide con las vacaciones de verano, no recibirá ninguna compensación.
De acuerdo con la cláusula 2 del artículo 34 de la Ley de Seguro Social de 2014, la licencia de maternidad para los empleados varones que pagan el seguro social y disfrutan de los beneficios de maternidad cuando sus esposas dan a luz es de 5 días hábiles. Si la esposa tiene que someterse a una cirugía o dar a luz antes de las 32 semanas, tendrá 7 días laborales libres.
Además, si la esposa da a luz a gemelos, el maestro tomará 10 días laborales libres y si la esposa da a luz a 3 o más hijos, el maestro tomará 3 días laborales más libres por cada hijo adicional. En particular, cuando la esposa da a luz a gemelos o más y tiene que pasar por una cirugía, el maestro recibe 14 días laborales libres.
El período de licencia de maternidad de los docentes varones se calculará dentro de los primeros 30 días contados a partir de la fecha en que la esposa dé a luz.
Vacaciones anuales de los docentes
El artículo 6 de la Circular 05/2025 establece el período de vacaciones anuales del personal docente de la siguiente manera:
- Las vacaciones de verano para los profesores de educación preescolar y primaria son de 8 semanas (incluidas las vacaciones anuales);
- Tiempo libre por vacaciones, Tet y otros días festivos de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Trabajo y la Ley de Seguro Social;
- Con base en el plan del año escolar, la escala, las características y las condiciones específicas de cada escuela, el director organiza adecuadamente las vacaciones anuales de los docentes, de acuerdo con la reglamentación, asegurando el marco temporal del año escolar.
Las vacaciones de verano y la licencia por maternidad del personal docente se regulan de la siguiente manera.
- La licencia de maternidad tiene una duración de 6 meses según lo previsto;
- Vacaciones de verano fuera de la baja por maternidad (antes o después de la baja por maternidad);
- En caso de que el número de días de vacaciones de verano sea menor que el de vacaciones anuales previsto por el Código de Trabajo, los docentes tendrán derecho a días libres adicionales. Número total de días de descanso adicionales y número de días de descanso aplicados de acuerdo a lo dispuesto en el Código del Trabajo. El tiempo libre extra se organiza de manera flexible mediante acuerdo entre el profesor y el director.
Además de esto, las vacaciones anuales del director y subdirector incluyen: vacaciones de verano; Tiempo libre por vacaciones, Tet y otros días festivos de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Trabajo y la Ley de Seguro Social.
Las vacaciones de verano del director y subdirector se organizan de manera flexible durante el año escolar y durante las vacaciones de verano de los docentes para garantizar que las actividades escolares se lleven a cabo con normalidad y que se completen las tareas laborales convocadas por los organismos de gestión en todos los niveles (si las hubiera).
Fuente: https://vtcnews.vn/giao-vien-co-duoc-huong-luong-khi-nghi-he-khong-ar937422.html
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