
Disposiciones de la Constitución vietnamita sobre la prohibición de la tortura
Según el artículo 2, párrafo 2, de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT), “no podrán invocarse circunstancias excepcionales, sean cuales sean, estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otro estado de emergencia pública, como justificación de la tortura”. En los últimos tiempos, Vietnam ha emitido numerosos documentos legales para especificar esta disposición de la Convención, incluidos algunos de los siguientes contenidos principales. A partir de la naturaleza de nuestro Estado, de la teoría y la práctica del desarrollo nacional en los últimos años, nuestro Partido y Estado han adquirido mayor conciencia de la importancia de los derechos humanos y de la relación entre las personas y la política, entre los ciudadanos y el Estado, entre la libertad individual y el derecho nacional. [título id="attachment_605041" align="alignnone" width="768"]
Los detenidos y presos están organizados para reunirse con sus familiares en el horario y número de veces prescritos. (Foto: Periódico del Partido Comunista de Vietnam)[/caption] En esa relación, debe afirmarse: los individuos forman la sociedad; El poder estatal tiene su origen en los ciudadanos y está limitado por la voluntad del pueblo. La libertad y la dignidad de cada individuo deben ser respetadas y protegidas por la sociedad y el Estado. La Constitución de 1946 definió por primera vez un principio contra los actos arbitrarios en las actividades judiciales en Vietnam, según el cual "los ciudadanos vietnamitas no pueden ser arrestados ni encarcelados sin la decisión del poder judicial". “La residencia y la correspondencia de los ciudadanos vietnamitas no serán violadas ilegalmente por nadie” (Artículo 11). Aunque esta disposición no aborda específicamente la cuestión de la tortura, es importante proteger a las personas de las violaciones de derechos humanos en las actividades judiciales, incluidos los actos de tortura y los tratos inhumanos y degradantes. El principio antes mencionado continuó siendo heredado y desarrollado por Constituciones posteriores hasta convertirse en un principio constitucional completo sobre la inviolabilidad del cuerpo, el honor y la dignidad de los ciudadanos, que se aplica en todas las circunstancias, incluso en las actividades litigiosas (artículos 27 y 28 de la Constitución de 1959; artículos 69, 70 y 71 de la Constitución de 1980; artículo 71 de la Constitución de 1992). En concreto, el artículo 71 de la Constitución de 1992 (reformada y completada en 2001) estipula: “Los ciudadanos tienen derecho a la inviolabilidad física y están protegidos por la ley en materia de vida, salud, honra y dignidad. Nadie podrá ser arrestado sin decisión del tribunal popular, decisión o aprobación de la fiscalía popular, salvo en caso de flagrante delito. El arresto y la detención deben realizarse de conformidad con la ley. Queda estrictamente prohibida toda forma de persecución, tortura e insulto al honor y la dignidad de los ciudadanos. Las disposiciones anteriores de la Constitución de 1992 continúan siendo heredadas, complementadas y perfeccionadas en el inciso 1 del artículo 20 de la Constitución de 2013. En consecuencia: Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad física y está protegida por la ley en materia de salud, honor y dignidad; no ser torturado, sometido a violencia, persecución, castigo corporal o cualquier otra forma de trato que atente contra el cuerpo, la salud o insulte el honor, la dignidad... En comparación con lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución de 1992 (reformada y complementada en 2001), la cláusula 1 del artículo 20 de la Constitución de 2013 ha sufrido cambios muy fundamentales como sigue: En primer lugar, en términos de sujetos, la Constitución de 2013 protege a todos los individuos, o en otras palabras, protege la inviolabilidad del cuerpo humano mientras que la Constitución de 1992 (reformada y complementada en 2001) solo reconoció este derecho a los ciudadanos. [título id="attachment_605047" align="alignnone" width="768"]
Programa "Iluminando los sueños de la juventud reformada" en 2023 en la prisión de Suoi Hai, Ba Vi (Hanoi). (Foto: Unión de Jóvenes de Vietnam)[/caption] En segundo lugar, el contenido del derecho a la inviolabilidad, las medidas de protección y las formas de violación del derecho a la inviolabilidad del cuerpo del individuo según la Constitución de 2013 se han regulado de manera más general y clara. En concreto lo siguiente: En comparación con la Constitución de 1992, la Constitución de 2013 tiene disposiciones adicionales sobre dos actos de "tortura y violencia" como actos prohibidos en el ámbito de la justicia penal para garantizar los derechos humanos. Según esta disposición de la Constitución de 2013, actos específicos como insultar, amenazar y golpear a personas arrestadas, detenidas, encarceladas o cumpliendo penas de prisión, causándoles dolor y sufrimiento físico o mental grave, son violaciones de los derechos humanos. Otros actos como: obligar a las personas a ayunar, no beber, comer alimentos insípidos, no permitirles dormir, confinarlos en una habitación oscura, interrogarlos día y noche, provocarles un estrés extremo y obligarlos a permanecer de pie o arrodillarse durante el interrogatorio son todos actos que ofenden el honor y la dignidad y violan los derechos humanos. Esta disposición de la Constitución de 2013 protege a todos los individuos en todas las diferentes condiciones y circunstancias (por ejemplo, incluidos los ciudadanos vietnamitas, los extranjeros que viven en Vietnam o las personas detenidas, encarceladas, etc.). Esto significa también que es responsabilidad del Estado no infringir este derecho individual ni poner límites a este derecho, incluso en estado de excepción. El Estado tiene la responsabilidad de prevenir y reprimir todos los actos que atenten contra el cuerpo, la salud, el honor y la dignidad de las personas. Además de las disposiciones de la Constitución, el derecho a no ser torturado, obligado a confesar ni sometido a castigos corporales, así como la prohibición de la tortura, la obligación de confesar o la imposición de castigos corporales, también se reconocen en numerosos documentos legales, entre ellos: el Código de Procedimiento Penal de 2015, la Ley de Ejecución de Sentencias Penales de 2010, la Ley de Ejecución de la Detención y la Prisión Temporal de 2015, y la Ley de Organización de los Organismos de Investigación Criminal de 2015. Tra Khanh
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