Actualmente, la cláusula 5, artículo 8 de la Circular 39/2016/TT-NHNN (modificada por la Circular 06/2023/TT-NHNN) estipula una prohibición de préstamos bancarios.
En consecuencia, las entidades de crédito no están autorizadas a conceder préstamos para necesidades de capital: Para reembolsar los préstamos de crédito en la propia entidad de crédito que los otorga, excepto los préstamos para pagar los intereses de los préstamos que surgen durante el proceso de construcción, en los que los costos de los intereses de los préstamos se calculan en la inversión total en construcción aprobada por las autoridades competentes de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Actualmente, en el mercado crediticio los servicios de vencimiento de tarjetas de crédito son populares. Los prestatarios deben tener en cuenta que esta forma es extremadamente riesgosa y deben considerarlo cuidadosamente si desean participar.
Cuando el préstamo bancario vence, las personas pueden optar por reestructurar el período de pago de la deuda.
En consecuencia, la cláusula 10, artículo 2 y el artículo 19 de la Circular 39/2016/TT-NHNN estipulan que la reestructuración del pago de la deuda es la aprobación de la entidad de crédito para ajustar el período de pago de la deuda y extender la deuda de la siguiente manera:
- La adaptación del plazo de amortización es cuando una entidad de crédito acuerda ampliar el plazo de amortización de una parte o de la totalidad del capital y/o de los intereses del plazo de amortización convenido (incluidos los casos en los que no hay variación en el número de plazos de amortización convenidos), permaneciendo el plazo del préstamo sin cambios;
- La prórroga de deuda es cuando una entidad de crédito se compromete a ampliar el plazo de devolución del capital y/o los intereses de un préstamo, más allá del plazo del préstamo acordado.
Las entidades de crédito consideran y deciden sobre la reestructuración del pago de la deuda con base en la solicitud del cliente, la capacidad financiera de la entidad de crédito y los resultados de la evaluación de la capacidad de pago de la deuda del cliente, de la siguiente manera:
- Si un cliente no puede reembolsar el capital y/o los intereses a tiempo y la entidad de crédito evalúa que puede reembolsar completamente el capital y/o los intereses de acuerdo con el período de reembolso ajustado, la entidad de crédito considerará ajustar el período de reembolso del capital y/o los intereses de acuerdo con la fuente de reembolso del cliente; El plazo del préstamo permanece sin cambios.
- Si un cliente no puede reembolsar el capital y/o los intereses del préstamo dentro del plazo acordado y la entidad de crédito evalúa que puede reembolsar el capital y/o los intereses en su totalidad dentro de un período de tiempo determinado después del plazo del préstamo, la entidad de crédito considerará extender el préstamo con un plazo apropiado a la fuente de reembolso del cliente.
- La reestructuración del pago de la deuda se realiza antes o dentro de los 10 (diez) días siguientes a la fecha de vencimiento y plazo de pago pactado.
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