Reducir oficialmente el IVA al 8% a partir del 1 de julio de 2023. (Fuente: TVPL) |
Tipos de bienes y servicios que están y no están sujetos a la reducción del IVA al 8% a partir del 1 de julio de 2023
Los establecimientos comerciales que calculen el IVA según el método de deducción están sujetos a un tipo de IVA del 8% para los siguientes bienes y servicios:
(1) Telecomunicaciones, actividades financieras, banca, valores, seguros, negocio inmobiliario, metales y productos metálicos prefabricados, productos mineros (excluida la minería del carbón), coque, petróleo refinado, productos químicos. Detalles en el Apéndice I emitido con el Decreto 44/2023/ND-CP.
Descargar: TEXTO COMPLETO DEL APÉNDICE I
(2) Bienes y servicios sujetos al impuesto sobre consumos especiales. Detalles en el Apéndice II emitido con el Decreto 44/2023/ND-CP.
Descargar: TEXTO COMPLETO APÉNDICE II
(3) Tecnología de la información de acuerdo con la ley de tecnología de la información. Detalles en el Apéndice III emitido con el Decreto 44/2023/ND-CP.
Descargar: TEXTO COMPLETO DEL APÉNDICE III
La reducción del IVA para cada tipo de bienes y servicios mencionados anteriormente se aplica de manera uniforme en las etapas de importación, producción, transformación y actividad comercial. Los productos de carbón vendidos (incluido el carbón extraído y luego cribado y clasificado según un proceso cerrado antes de su venta) están sujetos a una reducción del IVA. Los productos de carbón del Apéndice I emitido por el Decreto 44/2023/ND-CP, en etapas distintas a la explotación y venta, no están sujetos a reducción del IVA.
Las empresas y grupos económicos que implementen un proceso cerrado de venta también están sujetos a la reducción del IVA sobre los productos de carbón vendidos.
En caso de que los bienes y servicios enumerados en los Apéndices I, II y III emitidos con el Decreto 44/2023/ND-CP no estén sujetos al IVA o estén sujetos al IVA del 5% de acuerdo con las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se aplicarán las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el IVA no se reducirá.
Reducción del IVA para hogares y personas físicas que realizan actividades empresariales y calculan el IVA como porcentaje de los ingresos según el Decreto 44/2023
Los establecimientos comerciales (incluidos los hogares comerciales y las empresas individuales) que calculan el IVA según el método de porcentaje sobre los ingresos tienen derecho a una reducción del 20% en la tasa porcentual para el cálculo del IVA cuando emiten facturas por bienes y servicios que son elegibles para la reducción del IVA de acuerdo con las regulaciones anteriores.
Instrucciones para la elaboración de facturas del IVA del 8% según el Decreto 44/2023
(1) Para los establecimientos comerciales que calculen el IVA mediante el método de deducción:
Al elaborar facturas de IVA por el suministro de bienes y servicios sujetos a reducción de IVA, escriba "8%" en la línea de tasa de IVA; TINA; Cantidad total que debe pagar el comprador.
Con base en las facturas de IVA, las empresas que venden bienes y servicios declaran el IVA de salida, y las empresas que compran bienes y servicios declaran deducciones del IVA de entrada con base en el monto de impuesto reducido registrado en las facturas de IVA.
(2) Para los establecimientos comerciales (incluidos los hogares comerciales y las empresas individuales) que calculen el IVA según el método de porcentaje sobre los ingresos:
Al realizar una factura de venta por prestación de bienes y servicios sujetos a reducción del IVA, en la columna "Monto total", registre íntegramente el importe de los bienes y servicios antes de la reducción, en la línea "Monto total de bienes y servicios", registre el importe reducido en un 20% de la tasa % sobre los ingresos, y anote: "reducido... (monto) correspondiente al 20% de la tasa % para calcular el IVA según Resolución N° 101/2023/QH15".
Nota:
- En caso de que un establecimiento comercial calcule el IVA utilizando el método de deducción al vender bienes y prestar servicios aplicando diferentes tasas impositivas, la factura del IVA debe indicar claramente la tasa impositiva de cada bien y servicio de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 3, Artículo 1 del Decreto 44/2023/ND-CP.
- En el caso de que los establecimientos comerciales (incluidos los hogares comerciales y las empresas individuales) calculen el IVA según el método de porcentaje sobre los ingresos cuando venden bienes y prestan servicios, la factura de venta debe indicar claramente el monto de la reducción de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 3, Artículo 1 del Decreto 44/2023/ND-CP.
En caso de que el establecimiento comercial haya emitido una factura y declarado de acuerdo con la tasa o porcentaje impositivo para calcular el IVA que no haya sido reducido de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 44/2023/ND-CP, el vendedor y el comprador deberán manejar la factura emitida de acuerdo con lo dispuesto en la ley sobre facturas y documentos. Con base en la factura luego del procesamiento, el vendedor declara y ajusta el impuesto de salida, el comprador declara y ajusta el impuesto de entrada (si lo hay).
Los establecimientos comerciales deberán declarar los bienes y servicios que califican para la reducción del IVA de acuerdo con el Formulario No. 01 del Apéndice IV emitido con el Decreto 44/2023/ND-CP junto con la Declaración del IVA.
Formulario para declarar mercancías con reducción del IVA del 2% según el Decreto 44/2023
Formulario de declaración de bienes y servicios elegibles para la reducción del IVA (Formulario No. 01) según el Decreto 44/2023/ND-CP de fecha 30 de junio de 2023 del Gobierno.
En consecuencia, los establecimientos comerciales deberán declarar los bienes y servicios elegibles para la reducción del IVA de acuerdo con el Formulario de Declaración de bienes y servicios elegibles para la reducción del IVA (Formulario No. 01) en el Apéndice IV emitido con el Decreto 44/2023/ND-CP junto con el Formulario de Declaración de IVA.
A continuación se muestra el Formulario de Declaración de bienes y servicios que pueden acogerse a la reducción del IVA del 2%:
Descargar: Formulario para declarar mercancías con reducción del IVA del 2%
Instrucciones para declarar la tasa de IVA del 8% en el sistema VNACCS/VCIS
El 30 de junio de 2023, el Departamento General de Aduanas emitió el Despacho Oficial 3431/TCHQ-TXNK sobre la implementación del Decreto 44/2023/ND-CP sobre la reducción del IVA de acuerdo con la Resolución 101/2023/QH15.
En consecuencia, el Departamento General de Aduanas orienta la declaración de la tasa de IVA del 8% en el sistema VNACCS/VCIS de la siguiente manera:
Solicitar a las Aduanas provinciales y municipales que orienten a los declarantes aduaneros:
- Seleccione el código correcto VB205 para declarar la tasa de IVA del 8%.
El código VB205 no se aplica a los siguientes casos: sujetos no sujetos al IVA, sujetos sujetos al IVA sujetos a tipos de IVA del 0%, 5% y 10% (según normativa de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido).
- La reducción del tipo de IVA del 10% al 8%, código de declaración VB205 sólo se aplica a las declaraciones aduaneras registradas a partir de las 0:00 horas del 1 de julio de 2023 (correspondiente al indicador de información Fecha de registro en la declaración aduanera).
En caso de que la declaración aduanera se registre antes de las 0:00 del 1 de julio de 2023 (con la información de Fecha de Registro en la declaración aduanera menor a las 0:00 del 1 de julio de 2023), no se aplicará la tasa de IVA del 8% (código de declaración VB205).
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