Actualmente, la cláusula 16 del artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido estipula: "El transporte público de pasajeros en autobús, tranvía y vehículo de navegación interior" no está sujeto al impuesto sobre el valor añadido. Sin embargo, el concepto y el ámbito de aplicación de cada tipo de transporte no están claramente definidos, lo que da lugar a una comprensión y una aplicación inconsistentes en la práctica.
Según el Ministerio de Hacienda, en la Cláusula 16, Artículo 3 del proyecto de Decreto que orienta la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la aclaración propuesta es: “El transporte público de pasajeros en autobús, tranvía, vehículos de navegación interior realizado dentro de la provincia, en zonas urbanas y en rutas limítrofes fuera de la provincia con paradas para recoger y dejar pasajeros”.
El presente reglamento hereda el entendimiento de la Decisión nº 13/2015/QD-TTg del Primer Ministro sobre el desarrollo del transporte público de pasajeros en autobús, y al mismo tiempo extiende su aplicación a otros modos de transporte como los tranvías y los vehículos de navegación interior.
En el Proyecto de Decreto que detalla la implementación de una serie de artículos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado enviado al Gobierno, el Ministerio de Finanzas afirmó que la emisión de regulaciones detalladas es necesaria para implementar adecuadamente los contenidos asignados por la Asamblea Nacional en la Ley, y al mismo tiempo "superar las dificultades que surgieron en el proceso de implementación de la ley del impuesto al valor agregado en el pasado; eliminar las deficiencias y superposiciones en el sistema legal y asegurar la coherencia y sincronización con las leyes relacionadas".
El Ministerio de Hacienda también destacó que la nueva normativa no genera trámites administrativos ni costos de cumplimiento para los contribuyentes, garantizando estabilidad, transparencia y eficiencia en la implementación de políticas. Esto es especialmente importante en el contexto de los esfuerzos del Gobierno para reformar los procedimientos administrativos, promover la gestión tributaria electrónica y crear condiciones favorables para que las empresas operen legalmente y paguen sus impuestos completa y puntualmente.
La finalización de la política del impuesto al valor agregado para el transporte público no solo tiene importancia jurídica y técnica, sino que también se considera una herramienta para apoyar el desarrollo de infraestructura de transporte sostenible, reducir la presión sobre el tráfico urbano, promover modelos de viaje verdes y contribuir a mejorar la calidad del entorno de vida.
Legalmente, este contenido está dentro del alcance asignado por el Gobierno al Ministerio de Finanzas para presidir el desarrollo de acuerdo con la Decisión No. 1610/QD-TTg del 19 de diciembre de 2024. El proyecto de Decreto está redactado con el espíritu de heredar regulaciones que están operando de manera estable, al tiempo que actualiza los cambios necesarios para cumplir con las prácticas y normas internacionales.
En la presentación, el Ministerio de Hacienda también declaró: «El reglamento detallado constituye una solución acorde con la autoridad asignada por la Asamblea Nacional y es necesario para garantizar la transparencia y la viabilidad en la práctica. Este es un paso concreto que contribuye a perfeccionar el marco legal del impuesto al valor agregado, promueve el desarrollo del transporte público de pasajeros, contribuye a mejorar la calidad de vida de las personas y protege el entorno urbano».
Fuente: https://nhandan.vn/hoan-thien-quy-dinh-thue-gia-tri-gia-tang-voi-van-tai-cong-cong-post872336.html
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