En los últimos días, la propuesta de promover a los docentes ha calentado muchos medios de comunicación y foros sociales. El hecho de que miles de profesores hayan expresado su deseo de cambiar el formulario y reducir las condiciones de ascenso demuestra que el organismo emisor puede no haber previsto todas las situaciones prácticas al redactar los documentos legales.
No es posible clasificar los estándares éticos profesionales
Cuando el Ministerio de Educación y Formación (MOET) tomó la palabra para responder preguntas durante la implementación de la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT (Circular 08) sobre el nombramiento de títulos profesionales y acuerdos salariales para docentes, y prometió que "durante el proceso de orientación e implementación, si surgen situaciones irrazonables, continuaremos pidiendo opiniones para hacer ajustes", la comunidad docente de todo el país expresó su alegría de que las preocupaciones que los han pesado durante muchos años se hayan aliviado un poco.
En septiembre de 2015, el Ministerio de Educación y Capacitación y el Ministerio del Interior emitieron una serie de circulares conjuntas sobre reglamentos sobre códigos, normas de títulos profesionales y nombramiento y clasificación salarial para el personal docente en instituciones públicas de educación preescolar y general, en vigor a partir de noviembre de 2015. La serie de circulares emitidas tenía demasiadas deficiencias y era poco práctica, por lo que fueron reemplazadas por una serie de circulares emitidas por el Ministerio de Educación y Capacitación el 2 de febrero de 2021, vigentes a partir del 20 de marzo de 2021.
Una lección de profesores y estudiantes en la escuela secundaria Ky Son, distrito de Ky Son, provincia de Nghe An. Foto: Khanh Ha |
Sin embargo, esta serie de circulares recibió una vez más una fuerte reacción pública por ser irrazonables. Por lo tanto, aunque la serie circular aún no ha entrado en vigor, el Ministerio de Educación y Formación ha dejado de aplicarla. El 14 de abril de 2023, el Ministerio de Educación y Formación emitió la Circular 08 que modifica y complementa una serie de artículos de la serie circular de 2021, con vigencia a partir del 30 de mayo de 2023. Así, la Circular 08 tuvo que pasar por un período de más de dos años de recolección de opinión pública a nivel nacional.
Una de las mayores deficiencias de la Circular 08 es la regulación de diferentes estándares de ética profesional para los docentes para cada nivel de titulación. Esto no es razonable, porque la ética profesional es una cualidad común de los docentes, independientemente del título. Una clasificación de este tipo de normas éticas profesionales provocará insatisfacción entre los docentes.
Los diferentes rangos, niveles de educación y campos de estudio tendrán diferentes estándares éticos profesionales correspondientes, lo que constituye un malentendido del concepto de ética profesional para los docentes. Se justifican modificaciones que establezcan normas comunes de ética profesional.
El Programa de Educación General 2018 estipula metas educativas para todos los niveles y grados de acuerdo al nivel de formación. Por lo tanto, exigir que los docentes de educación primaria y secundaria de nivel I tengan formación de posgrado es innecesario en comparación con las disposiciones de la Ley de Educación que sólo exigen el nivel universitario.
De hecho, el nivel de formación es sólo una parte de la eficacia docente, mientras que la experiencia profesional y el arte de enseñar son decisivos, especialmente cuando se enseña a estudiantes jóvenes en la etapa de educación básica. Los docentes con una formación superior a la que estipula la Ley de Educación sólo deberían ser incentivados o recompensados, no convertirse en un criterio para clasificar a los docentes.
Las “sublicencias” tienen muchas consecuencias
Cada vez que un docente es promovido, debe asistir a una capacitación para obtener un certificado de promoción. De hecho, se trata de una “sublicencia” que ha dejado muchas consecuencias negativas en la sociedad y en el sector educativo. La calidad de los certificados y de la educación aún no es visible, pero el problema de la compra y venta de certificados está muy extendido, desperdiciando el tiempo y el dinero de los docentes y dejando una mala reputación en la cultura escolar.
Al realizar nombramientos de un antiguo rango de título profesional a un nuevo rango de título profesional, algunas localidades exigen que los docentes tengan evidencia suficiente de haber desempeñado los deberes del rango, lo que lleva a que los docentes no puedan proporcionar evidencia suficiente y, por lo tanto, no sean designados al rango correspondiente. Para superar esta situación, algunas localidades han estipulado que al momento de ser nombrados para el rango correspondiente, los docentes no estén obligados a tener constancia de haber desempeñado las tareas del rango.
La normativa sobre el tiempo para poseer el título profesional de maestro de preescolar grado III es de 9 años. Sin embargo, la diferencia en el coeficiente salarial entre el grado III (según la tabla salarial de los funcionarios de grado A0 con un coeficiente salarial inicial de 2,10) y el grado II (según la tabla salarial de los funcionarios de grado A1 con un coeficiente salarial inicial de 2,34) no es mucha. Si se cumple el requisito de mantener el grado durante 9 años, será desventajoso, reduciendo la motivación de los maestros de preescolar.
Por ello, en la Circular 08, el Ministerio de Educación y Capacitación ajustó el tiempo de permanencia del título profesional de maestro de preescolar grado III de 9 años a 3 años para unificar con otros sectores y campos y reducir las dificultades para los maestros de preescolar, que es el nivel más difícil de la educación pero el tratamiento del Estado aún no es proporcional.
El tema más polémico y ruidoso es el cambio en el ranking docente porque es sinónimo de ranking salarial, afectando la política salarial, que está íntimamente ligada a la alimentación, ropa, dinero y vida de los docentes.
El Decreto No. 115/2020/ND-CP del Gobierno estipula claramente: "Exámenes o contraprestaciones para la promoción de títulos profesionales de rangos inferiores a rangos inmediatamente superiores en el mismo campo profesional". El Ministerio del Interior está solicitando opiniones a los Comités Populares de las provincias y ciudades y a los ministerios y sucursales para modificar el decreto en dirección a considerar promociones y eliminar exámenes. Sin embargo, debido a la falta de modificaciones, el Decreto Nº 115/2020/ND-CP sigue vigente, lo que genera diferentes implementaciones en cada lugar.
Se espera que el Ministerio de Educación y Capacitación considere y resuelva pronto las recomendaciones de los docentes y las instituciones educativas para que la Circular 08 pueda implementarse de manera justa y efectiva, contribuyendo a mejorar la calidad de la educación.
DANG TU AN, Director del Fondo de Apoyo a la Innovación en Educación General de Vietnam
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