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La delegada de la Asamblea Nacional, Pham Thi Xuan, contribuyó con comentarios sobre el proyecto de Ley sobre la Organización de los Tribunales Populares (enmendado)

Việt NamViệt Nam28/05/2024

Continuando con el programa de la 7ª sesión de la 15ª Asamblea Nacional, en la mañana del 28 de mayo en la Casa de la Asamblea Nacional, bajo la presidencia del Presidente de la Asamblea Nacional Tran Thanh Man, la Asamblea Nacional celebró una sesión plenaria en el salón para discutir el proyecto de Ley sobre la Organización de los Tribunales Populares (enmendado).

La delegada de la Asamblea Nacional, Pham Thi Xuan, contribuyó con comentarios sobre el proyecto de Ley de Organización de Tribunales Populares (enmendado).

Al participar en la emisión de opiniones sobre la innovación de los Tribunales Populares a nivel provincial y los Tribunales Populares a nivel de distrito según su jurisdicción, la delegada de la Asamblea Nacional Pham Thi Xuan, secretaria del Tribunal Popular del Distrito de Quan Hoa (delegación de la Asamblea Nacional de la provincia de Thanh Hoa), dijo que la innovación de la organización del Tribunal según su jurisdicción en la dirección de organizar el Tribunal Popular a nivel provincial en un Tribunal Popular de apelación y el Tribunal Popular a nivel de distrito en un Tribunal Popular de primera instancia es apropiada y necesaria por las siguientes razones: Esta innovación es para institucionalizar los requisitos del Partido, específicamente como sigue: La Resolución 27-NQ/TW del 9 de noviembre de 2022 sobre continuar construyendo y perfeccionando el estado de derecho de la República Socialista de Vietnam en el nuevo período establece el requisito de "Unificar la percepción de las características del estado de derecho de la República Socialista de Vietnam, que son: "Promover la reforma judicial, garantizar la independencia del Tribunal según su jurisdicción, jueces y jurados que juzgan de forma independiente y solo obedecen la ley"; “Perfeccionar el mecanismo para superar la relación entre los niveles judiciales es una relación administrativa, asegurando la independencia entre los niveles de juicio y la independencia de los jueces y jurados al juzgar los casos”.

La Resolución n.º 48-NQ/TW, de 24 de mayo de 2005, del Politburó sobre la Estrategia para la construcción y el perfeccionamiento del sistema jurídico vietnamita hasta 2010, con miras a 2020, establece la siguiente orientación: «El objetivo es perfeccionar la legislación sobre la organización y el funcionamiento del Tribunal Popular, garantizar que este dicte sentencias de forma independiente, conforme a la ley, con prontitud y rigor; y distinguir la jurisdicción del tribunal de primera instancia y del tribunal de apelación, de conformidad con el principio de dos niveles de adjudicación».

La Resolución No. 49-NQ/TW del 2 de junio de 2005 del Politburó sobre la Estrategia de Reforma Judicial hasta 2020 establece la tarea: "Organizar el sistema judicial según la jurisdicción, independientemente de las unidades administrativas".

En la implementación de la Estrategia de Reforma Judicial, la jurisdicción de primera instancia del Tribunal de Apelaciones se reduce gradualmente para aumentar la jurisdicción de los tribunales de primera instancia. En comparación con antes, la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia se ha ampliado mucho (anteriormente, el Tribunal de Primera Instancia solo juzgaba casos penales con la pena máxima de hasta 7 años de prisión, pero ahora juzga casos penales con la pena máxima de hasta 15 años de prisión; muchos litigios civiles y comerciales con elementos extranjeros que antes eran competencia del Tribunal de Apelación han sido transferidos al Tribunal de Primera Instancia...).

Reorganizar los Tribunales según jurisdicción (primera instancia - apelación) para superar la situación en que la relación entre los niveles de los Tribunales es una relación administrativa; contribuir a la implementación del principio de independencia judicial. En la actualidad, los tribunales de primera instancia y los tribunales de apelación están claramente estipulados en las leyes de procedimiento y en las sentencias y decisiones de los tribunales de apelación, el Tribunal Superior Popular y el Tribunal Supremo Popular comentan las sentencias y decisiones de los tribunales de primera instancia y los tribunales de apelación, pero no comentan las sentencias y decisiones de los tribunales de distrito o los tribunales provinciales.

Seguir afirmando que el Tribunal es un organismo de adjudicación estatal, que ejerce jurisdicción nacional, no un tribunal provincial o de distrito; no ejerce jurisdicción provincial o distrital. Las leyes procesales actuales regulan los procedimientos judiciales en el Tribunal de Primera Instancia y en el Tribunal de Apelación.

Se trata de un gran paso adelante en la innovación del pensamiento político y jurídico, en línea con la dirección de la reforma judicial, no de un simple cambio de nombre.

La presente disposición no afecta a la organización y funcionamiento de los organismos de persecución penal locales. El mecanismo de dirección del Comité del Partido y la supervisión de los órganos electos sobre el Tribunal; La coordinación con los organismos encargados de hacer cumplir la ley se sigue realizando de acuerdo con la normativa vigente.

La creación de estos Tribunales no requerirá modificaciones a las leyes pertinentes tal como se prevé en las disposiciones transitorias del proyecto de Ley.

La renovación de los Tribunales Populares provinciales y distritales según su jurisdicción generará costos por el cambio de sellos y signos de los Tribunales, pero estos costos son insignificantes comparados con los grandes beneficios a largo plazo de la renovación de estos Tribunales (tales como: aumentar la eficiencia, profesionalizar las actividades del sector judicial y especialmente asegurar la coherencia en la aplicación de la ley; ser coherente con el nivel actual y futuro de desarrollo socioeconómico de nuestro país; asegurar la transparencia; evitar la posibilidad de que las agencias administrativas puedan afectar la independencia de los Tribunales...).

Participando en dar opiniones sobre actividades de participación e información en sesiones y reuniones judiciales (Cláusula 3, Artículo 141), la delegada Pham Thi Xuan propuso enmendar la Cláusula 3, Artículo 141 del proyecto de Ley de la siguiente manera: “La grabación de discursos e imágenes en sesiones y reuniones judiciales solo se puede hacer durante la apertura de la sesión y reuniones judiciales y el pronunciamiento de sentencias y el anuncio de decisiones con el permiso del juez presidente de la sesión o reunión judicial; en el caso de grabar audio o imágenes de otros litigantes o participantes en sesiones o reuniones judiciales, se debe obtener su consentimiento y el consentimiento del juez presidente de la sesión o reunión judicial” por la siguiente razón: Para garantizar los derechos humanos y los derechos civiles prescritos en el Artículo 3 de la Constitución, “El Estado garantizará y promoverá el derecho del pueblo al dominio; reconocerá, respetará, protegerá y garantizará los derechos humanos y los derechos civiles; logrará el objetivo de un pueblo rico, un país fuerte, democracia, equidad, civilización, que todos tengan una vida próspera, libre y feliz, con condiciones de desarrollo integral”.

Para proteger los derechos humanos, los derechos civiles en cuanto a la imagen, los secretos personales y familiares..., durante el juicio y la reunión, se anunciaron en el juicio mucha información y pruebas que no fueron verificadas, especialmente información sobre la privacidad personal, secretos familiares, secretos comerciales... Esta información y pruebas deben ser consideradas y concluidas por el Consejo de Juicio en el veredicto y la decisión.

Para garantizar la solemnidad en el tribunal, es necesario crear condiciones para que el Tribunal de Primera Instancia pueda conducir bien el juicio, sin distraerse con otros factores.

La disposición del apartado 3 del artículo 141 del proyecto de ley no es más restringida que la de la Ley de prensa. La Ley de Prensa regula la actividad de prensa de acuerdo a lo dispuesto en la ley. Esta ley y las leyes pertinentes permiten a la prensa operar en la medida permitida.

Para facilitar la actividad profesional del Tribunal y otros organismos competentes, el proyecto de Ley ha añadido la cláusula 4 con el siguiente contenido: El Tribunal grabará el discurso y las imágenes de todas las actuaciones del juicio y de la reunión cuando sea necesario para cumplir tareas profesionales. El uso y puesta a disposición de grabaciones de audio y vídeo de los procedimientos judiciales se realizarán de conformidad con las disposiciones de la ley. La adición de las disposiciones anteriores garantiza que el juicio se lleve a cabo con arreglo a la ley, con calidad y solemnidad; tanto garantizar la viabilidad como facilitar que los organismos, organizaciones e individuos desempeñen sus funciones, tareas y poderes. Posteriormente, si la Procuraduría supervisora ​​o los organismos, organizaciones o personas competentes necesitan verificar la información, pueden consultar las grabaciones de audio y vídeo del Tribunal.

Quoc Huong


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