En la mañana del 23 de octubre, en la Casa de la Asamblea Nacional, continuando el programa de la 8ª Sesión, bajo la presidencia del Presidente de la Asamblea Nacional Tran Thanh Man, la Asamblea Nacional celebró un debate plenario en la sala sobre el proyecto de Ley de Justicia Juvenil.
Al participar en los comentarios, el diputado de la Asamblea Nacional Le Thanh Hoan, miembro de tiempo completo del Comité de Derecho de la Asamblea Nacional (Delegación de la Asamblea Nacional Thanh Hoa), estuvo de acuerdo con muchos contenidos del proyecto de ley que el Comité Permanente de la Asamblea Nacional ordenó absorber y revisar.
Al comentar sobre la autoridad para aplicar medidas de desvío (artículo 53), el delegado dijo que si la autoridad para aplicar medidas de desvío se asigna a la Agencia de Investigación o a la Procuraduría, eso no es realmente consistente con los principios de la Constitución, especialmente en casos en que se han acusado a menores. Porque de acuerdo al inciso 2 del artículo 31 de la Constitución, el acusado debe ser juzgado por el tribunal con prontitud, dentro del plazo prescrito por la ley, de manera justa y pública.
Según el proyecto de ley, los menores que sean sospechosos o acusados en uno de los casos del artículo 38, si no están en el caso de exención de responsabilidad penal según las disposiciones del Código Penal, pueden ser objeto de medidas de desvío, lo que es completamente diferente de la política penal actual.
El Código Penal de 2015 (artículos 29, 91, 92) aplicable a las personas menores de 18 años que cometan delitos estipula que si tienen muchas circunstancias atenuantes y remedian voluntariamente la mayoría de las consecuencias, el Organismo de Investigación, la Fiscalía o el Tribunal decidirán eximirlos de responsabilidad penal y aplicarán medidas de reprimenda, reconciliación comunitaria o medidas educativas a nivel de comuna, barrio o ciudad, siempre que la persona menor de 18 años que comete un delito o su representante legal estén de acuerdo con la aplicación de una de estas medidas. Esta política del Código Penal de 2015 es coherente con el artículo 31 de la Constitución de 2013.
En todo el mundo, los países prescriben la autoridad competente para decidir sobre diferentes medidas de desvío dependiendo de cada sistema jurídico nacional. En algunos países, la policía puede decidir sobre medidas de desviación, en otros, esta autoridad pertenece al fiscal y al tribunal, y en algunos países, esta autoridad sólo se otorga al tribunal en función del contexto de si el principio de presunción de inocencia está previsto en la Constitución del país o no.
Así, para implementar las Reglas de Beijing de 1985, que estipulan que, cuando sea apropiado, se debe considerar el tratamiento de los infractores juveniles sin juicio formal, es necesario heredar la política penal actual y complementar el artículo 29 del Código Penal sobre las causas de exención de responsabilidad penal como premisa para aplicar medidas alternativas. Porque los tratados internacionales no tienen un efecto superior al de la Constitución según las disposiciones de la Ley de Tratados Internacionales de 2016. En los casos en que no existe una disposición de exención de responsabilidad penal para poder manejar la redirección, la autoridad para manejar la redirección solo se asigna a una sola agencia, que es el Tribunal, así como en los casos en que no hay acuerdo sobre la compensación por daños, debe ser decidido por el Tribunal.
En cuanto a las condiciones para aplicar la medida de redirección, según el delegado Le Thanh Hoan, para aplicar la medida de redirección del artículo 40 del proyecto de Ley, existen condiciones: el menor debe admitir que ha cometido un delito y aceptar por escrito la medida de redirección.
Aunque un menor puede confiar en el asesoramiento de un padre, tutor o representante legal, la decisión final de declararse culpable (o no culpable) recae en el propio menor. Esto es una preocupación de muchos estudiosos, porque se considera que los menores de edad no tienen suficiente autonomía para decidir si fumar o beber alcohol, o decidir a quién votar en una elección porque la ley simplemente no les permite hacerlo; mientras se les presiona para que decidan admitir el delito, cuando no tienen suficiente conciencia de lo que es un delito. Esto es coherente con el enfoque de que un menor es una persona que aún no tiene plena capacidad civil. Por tanto, es necesario añadir un proceso y procedimiento para garantizar que las decisiones de admitir la conducta delictiva se tomen por los menores de forma voluntaria y clara, sin coacción.
Además, no es razonable aplicar la medida de envío a un reformatorio exigiendo el consentimiento del menor infractor. Proponemos eliminar esta regulación. Al mismo tiempo, es necesario aclarar si el cambio de medidas de tratamiento según el artículo 85 requiere o no el consentimiento de los menores. Porque si se aplican las condiciones del artículo 40, las agencias no podrán cambiar las medidas de manejo a otra derivación si el menor no está de acuerdo.
En cuanto al cambio de la medida de desviación (artículo 82), una persona que esté sujeta a una de las medidas de desviación comunitaria puede ser cambiada a otra medida de desviación comunitaria o medida educativa en una escuela reformatoria si se considera que la medida de desviación comunitaria no logra el propósito de educación y reforma cuando viola intencionalmente sus obligaciones. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 36, las medidas de desvío no se aplicarán si al momento de la consideración el infractor tiene 18 años de edad.
Por lo tanto, el delegado propuso revisar y reconsiderar el contenido de este cambio en la medida de redirección, porque la nueva medida de redirección fuera de la comunidad no se puede aplicar, ni tampoco se puede aplicar la medida de enviar a la persona a un reformatorio si la persona tiene 18 años de edad o más.
En este caso, es necesario agregar una disposición que establezca que si un menor viola las obligaciones de la medida de desvío cuando tiene 18 años o más, el caso debe ser restablecido y se deben aplicar los procedimientos formales de acuerdo con las disposiciones del Código de Procedimiento Penal. Lo mismo se estipula en el artículo 20 de la Ley Modelo de las Naciones Unidas sobre Justicia Juvenil de 2013, que dice: En los casos en que un niño viole las condiciones asociadas a la medida de desvío, la autoridad competente podrá decidir continuar los procedimientos judiciales formales contra el niño, teniendo en cuenta la medida de desvío que el niño haya adoptado al dictar la sentencia. La admisión de responsabilidad por un presunto delito con fines de desvío no se utilizará contra un niño ante un tribunal.
Quoc Huong
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Fuente: https://baothanhhoa.vn/dbqh-le-thanh-hoan-doan-dbqh-tinh-thanh-hoa-gop-y-vao-du-thao-luat-tu-phap-nguoi-chua-thanh-nien-228399.htm
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