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¿Cuánto tiempo se tarda en registrarse para la residencia temporal antes de obtener un registro de hogar?

Báo Quốc TếBáo Quốc Tế04/06/2023

¿Cuánto tiempo se tarda en registrarse para la residencia temporal antes de poder registrarse para el registro de hogar? Esta es una de las cuestiones que interesa a muchas personas a la hora de solicitar la residencia permanente según la legislación vigente. [anuncio_1]

¿Cuánto tiempo se tarda en registrarse para la residencia temporal para poder registrarse para el registro de hogar bajo la nueva Ley?

A partir del 1 de julio de 2021, fecha de entrada en vigor de la Ley de Residencia de 2020, se suprimen las condiciones para el período de residencia temporal.

Las personas en todo el país pueden registrarse para la residencia permanente tan pronto como cumplan las condiciones de alojamiento legal especificadas en el Artículo 20 de la Ley de Residencia, independientemente de la duración de la residencia temporal.

Anteriormente, antes de que entrara en vigor la Ley de Residencia de 2020, para registrarse para la residencia permanente (también conocida como inmigración) en Ciudad Ho Chi Minh, Da Nang, Hai Phong, Can Tho... los ciudadanos debían haber tenido una residencia temporal continua en un lugar de residencia legal durante al menos 01 año (si inmigraban a un distrito o pueblo de una ciudad), al menos 02 años (si inmigraban al centro de la ciudad).

En particular en Hanoi, las personas de otras provincias que quieran registrar su hogar en Hanoi deben haber residido temporalmente en la ciudad durante 3 años o más; El registro de vivienda suburbana debe ser de residencia temporal por 1 año o más (según la Ley de Capital).

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El libro de registro de hogar emitido se utiliza y es válido como documento acreditativo de la residencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

¿Se utiliza todavía hoy el Libro de Registro Civil?

El artículo 38, cláusula 3, de la Ley de Residencia de 2020 estipula: "A partir de la fecha de vigencia de esta Ley, el Libro de Registro de Hogar y el Libro de Residencia Temporal expedidos seguirán utilizándose y tendrán valor como documentos acreditativos de la residencia de acuerdo con las disposiciones de esta Ley hasta el 31 de diciembre de 2022.

En consecuencia, el Libro de Registro de Hogar emitido seguirá utilizándose y siendo válido como documento acreditativo de la residencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Sin embargo, en caso de que la información del Libro de Registro de Hogar sea diferente a la información de la Base de Datos de Residencia, se utilizará la información de la Base de Datos de Residencia. Y cuando se realicen procedimientos de registro de residencia que conduzcan a cambios en la información del Libro de Registro de Hogar, la agencia de registro de residencia retirará el Libro de Registro de Hogar emitido, hará ajustes, actualizará la información en la Base de Datos de Residencia y no emitirá ni reemitirá el Libro de Registro de Hogar.

Junto con el fuerte desarrollo de la tecnología digital, con la política de construcción de "Gobierno electrónico", hacia la economía digital, el Gobierno emitió la Resolución No. 112/NQ-CP sobre la simplificación de los procedimientos administrativos y los documentos ciudadanos relacionados con la gestión de la población bajo la función de gestión estatal del Ministerio de Seguridad Pública. En el cual se estipula “Abolir la forma de gestión de la población mediante registro de residencia permanente mediante “Libro de registro de hogares” y reemplazarla por la forma de gestión mediante código de identificación personal”.

La información sobre los ciudadanos se recopila y actualiza en la Base de Datos Nacional de Ciudadanos, aplicada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Identificación Ciudadana de 2014, modificada en 2020.

De esta forma, se actualizará la información sobre la residencia permanente de los ciudadanos en la Base de Datos Nacional de Población.

Por tanto, el Libro de Registro de Hogares ya no se utilizará como documento que confirme el lugar de residencia de un ciudadano, sino que se determinará a través del código de identificación del individuo en la Base de Datos Nacional de Población.

¿Cuáles son las condiciones para el registro de hogares?

Las condiciones para el registro de residencia permanente están estipuladas en el artículo 20 de la Ley de Residencia de 2020 de la siguiente manera:

- Los ciudadanos se registran para la residencia permanente en su residencia legal.

- Los ciudadanos podrán registrar su residencia permanente en una vivienda legal que no sea de su propiedad cuando el jefe de familia y el propietario estén de acuerdo en los siguientes casos:

  • La esposa vive con el marido; el marido vive con la esposa; Vivo con mis padres; padre, madre viven con el niño;

  • Personas mayores que viven con hermanos, hermanas, sobrinos y sobrinas; Personas con discapacidad grave o extremadamente grave, personas incapaces de trabajar, personas con enfermedades mentales u otras enfermedades que provoquen pérdida de la capacidad cognitiva o del control del comportamiento, que vivan con sus abuelos paternos o maternos, hermanos, hermanas, tíos paternos o maternos, tía paterna o materna...

  • Los menores de edad que cuenten con el consentimiento de sus padres o tutores o que ya no tengan padres convivan con sus abuelos paternos o maternos, abuelos paternos o maternos, hermanos o hermanas biológicos, tíos o tías biológicos; menores que viven con tutores.

- Los ciudadanos podrán registrar su residencia permanente en una vivienda legal alquilada, prestada o en arrendamiento cuando cumplan las siguientes condiciones:

  • Hacer que el propietario de la vivienda acepte registrar la residencia permanente en el lugar alquilado, prestado o de estancia temporal;
  • Garantizar las condiciones mínimas de superficie de vivienda prescritas por el Consejo Popular Provincial, pero no menos de 08 m2 de superficie habitable por persona.

- Los ciudadanos podrán registrar su residencia permanente en establecimientos religiosos con instalaciones de vivienda auxiliar cuando se encuentren en alguno de los siguientes casos:

  • Los trabajadores religiosos son ordenados, elegidos, designados, nominados o transferidos para realizar actividades religiosas en establecimientos religiosos;

  • Representante de un establecimiento religioso;

  • Una persona que esté aprobada por el consejo de administración/representación de un establecimiento religioso para registrar la residencia permanente para administrar y organizar directamente las actividades religiosas en el establecimiento religioso;

  • Los niños, las personas con discapacidades graves, las personas con discapacidades severas y las personas sin hogar deben ser aprobados por el representante/consejo de administración del establecimiento religioso, el jefe o el representante para registrarse para la residencia permanente.

- Una persona que recibe cuidados, apoyo o asistencia puede registrarse para la residencia permanente en un centro de asistencia social cuando el jefe de dicho centro esté de acuerdo, o puede registrarse para la residencia permanente en un hogar que recibe cuidados y apoyo cuando el jefe de hogar y el propietario del alojamiento legal estén de acuerdo.

- Las personas que viven o trabajan en un vehículo pueden registrar la residencia permanente en dicho vehículo cuando cumplan las siguientes condiciones:

  • Ser propietario del vehículo o tener el consentimiento del propietario del vehículo para la matriculación permanente;
  • Los vehículos se registran e inspeccionan de acuerdo con las disposiciones de la ley;
  • En caso de que el vehículo no necesite ser registrado o inspeccionado, debe existir confirmación del Comité Popular de la comuna donde el vehículo se estaciona regularmente respecto del uso del vehículo para fines residenciales;
  • Existe confirmación del Comité Popular a nivel comunal de que el vehículo ha sido registrado y estacionado regularmente en el área en caso de que el vehículo no tenga que ser registrado o el lugar de registro del vehículo no coincida con el lugar de estacionamiento regular.

- La inscripción de la residencia permanente de un menor de edad debe contar con el consentimiento del padre o tutor, salvo en los casos en que el lugar de residencia del menor sea decidido por el Tribunal.


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