Especificar claramente el momento de emisión de la factura de las mercancías exportadas
El Decreto No. 70/2025/ND-CP modifica y complementa la Cláusula 1 y la Cláusula 2 del Artículo 9 del Decreto No. 123/2020/ND-CP sobre el momento de emisión de la factura.
En consecuencia, el momento de emisión de la factura por la venta de bienes (incluida la venta y transferencia de activos públicos y la venta de bienes de reserva nacional) es el momento de la transferencia de la propiedad o el derecho de uso de los bienes al comprador, independientemente de que se haya cobrado el dinero o no.
Para la exportación de mercancías (incluido el procesamiento de la exportación), el momento de emisión de facturas de comercio electrónico, facturas electrónicas de valor agregado o facturas electrónicas de venta lo determina el vendedor, pero a más tardar el siguiente día hábil a partir de la fecha en que las mercancías se despachan en la aduana de acuerdo con las leyes aduaneras.
El momento de emisión de la factura por la prestación de servicios es el momento de finalización de la prestación del servicio (incluida la prestación de servicios a organizaciones e individuos extranjeros), independientemente de que se haya cobrado o no el pago. En caso de que el prestador del servicio cobre dinero antes o durante la prestación del servicio, el momento de emisión de la factura es el momento del cobro (excluidos los casos de cobro de depósitos o anticipos para asegurar la ejecución de contratos de prestación de servicios: Contabilidad, auditoría, consultoría financiera y fiscal; valoración; peritaje, diseño técnico; consultoría de supervisión; preparación de proyectos de inversión en construcción).
Modificar normativa sobre plazos de emisión de facturas para algunos casos específicos
El Decreto No. 70/2025/ND-CP modifica y complementa los puntos a, e, l, m, n, Cláusula 4, Artículo 9 del Decreto No. 123/2020/ND-CP sobre el momento de emisión de la factura para una serie de casos específicos, como la prestación de servicios de gran volumen, que surgen regularmente, que requieren tiempo para conciliar datos (punto a), actividades de exploración, explotación y procesamiento de petróleo crudo (punto e), actividades de préstamo, agentes de cambio de divisas (punto l), actividades comerciales de transporte de pasajeros en taxi utilizando software de pago (punto m), actividades de examen y tratamiento médico (punto n).
En concreto, el Decreto Nº 70/2025/ND-CP queda modificado de la siguiente manera:
a) Para los casos de venta de bienes y prestación de servicios en grandes cantidades, que surgen regularmente, es necesario tener tiempo para conciliar los datos entre las empresas que venden bienes y prestan servicios y los clientes y socios, incluidos : Casos de prestación de servicios de apoyo directo para el transporte aéreo, suministro de combustible de aviación a aerolíneas, actividades de suministro de electricidad (excepto los sujetos especificados en el Punto h de esta Cláusula), prestación de servicios de apoyo para el transporte ferroviario, agua, servicios de televisión, servicios de publicidad televisiva, servicios de comercio electrónico, servicios postales y de entrega (incluidos los servicios de agencia, servicios de cobro y pago), servicios de telecomunicaciones (incluidos los servicios de telecomunicaciones de valor agregado), servicios de logística, servicios de tecnología de la información (excepto los casos especificados en el Punto b de esta Cláusula) vendidos en ciertos períodos, servicios bancarios (excepto actividades de préstamo), transferencia internacional de dinero, servicios de valores, lotería informatizada, cobro de peajes entre inversores y proveedores de servicios de peaje. y otros casos bajo la orientación del Ministro de Finanzas, el momento de emisión de la factura es el momento de la finalización de la conciliación de datos entre las partes, pero no más tarde del séptimo día del mes siguiente al mes en que se presta el servicio o no más tarde de 7 días a partir de la fecha de finalización del período convencional. Periodo convencional utilizado como base para el cálculo de la cantidad de bienes y servicios prestados con base en el acuerdo entre la unidad vendedora de bienes y prestadora de servicios y el comprador.
e) Para las actividades de exploración, explotación y procesamiento de petróleo crudo: El momento de emitir las facturas por la venta de petróleo crudo, condensado y productos procesados a partir de petróleo crudo (incluyendo las actividades de retiro de productos de acuerdo al compromiso del Gobierno) es el momento en que el comprador y el vendedor determinan el precio oficial de venta, independientemente de que el dinero se haya cobrado o no.
Para la venta de gas natural, gas asociado y gas de carbón transportado por gasoducto al comprador, el momento de emisión de la factura es el momento en que el comprador y el vendedor determinan el volumen de gas entregado en el mes, pero no más tarde del último día de la fecha límite para la declaración y pago de impuestos del mes en que surgen las obligaciones tributarias de acuerdo con las leyes tributarias.
En caso de que el convenio y compromiso de garantía del Gobierno contengan disposiciones diferentes sobre el momento de emisión de la factura, se aplicarán las disposiciones del convenio y compromiso de garantía del Gobierno.
l) El momento de emisión de la factura por actividades crediticias se determina de acuerdo al período de cobro de intereses en el contrato de crédito entre la entidad de crédito y el cliente prestatario, excepto en los casos en que los intereses no se cobren en la fecha de vencimiento y la entidad de crédito realice un seguimiento fuera de balance de acuerdo con las leyes de crédito, en cuyo caso el momento de emisión de la factura es el momento del cobro de los intereses del préstamo al cliente. En caso de pago anticipado de intereses según el contrato de crédito, el momento de emisión de la factura es el momento del cobro anticipado de los intereses.
Para las actividades de agencia de cambio de divisas, las actividades de prestación de servicios de recepción y pago de divisas de las organizaciones económicas de las entidades de crédito , el momento de emisión de la factura es el momento del cambio de divisas, el momento de finalización de los servicios de recepción y pago de divisas.
m) Para el negocio de transporte de pasajeros en taxi utilizando un software de cálculo de tarifas de acuerdo con las disposiciones de la ley : al final del viaje, la empresa o cooperativa que explote el negocio de transporte de pasajeros en taxi utilizando un software de cálculo de tarifas emitirá una factura electrónica al cliente y al mismo tiempo transferirá los datos de la factura a la autoridad fiscal de acuerdo con las disposiciones.
n) En el caso de los centros de examen y tratamiento médico que utilizan software de gestión de exámenes y tratamientos médicos y software de gestión de honorarios hospitalarios , cada transacción de examen y tratamiento médico, así como la prestación de servicios de imagenología, radiografía y pruebas, tendrá un recibo impreso (honorarios hospitalarios o honorarios de examen y pruebas) que se guardará en el sistema informático. Si el cliente (persona que acude para el examen y tratamiento médico) no necesita una factura, al final del día, el centro de examen y tratamiento médico se basará en la información del examen y tratamiento médico y en la información del recibo para compilar y crear una factura electrónica por los servicios médicos prestados durante el día. Si el cliente solicita una factura electrónica, el centro de examen y tratamiento médico la creará y se la entregará.
Los centros de examen y tratamiento médico deben emitir facturas a la agencia de seguros sociales en el momento en que la agencia de seguros sociales paga y liquida los costos de examen y tratamiento médico para personas con tarjetas de seguro de salud.
Normativa complementaria sobre el momento de emisión de facturas en el negocio de seguros, loterías, casinos y juegos electrónicos con premio
El Decreto No. 70/2025/ND-CP complementa los puntos p, q, r, cláusula 4, artículo 9 del Decreto No. 123/2020/ND-CP que regula el momento de emisión de facturas para el negocio de seguros, el negocio de lotería, los casinos y los juegos electrónicos con premios.
De acuerdo con la nueva normativa, el momento de facturación de las actividades de seguros es el momento del registro de los ingresos del seguro de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre el negocio de seguros.
Para el negocio tradicional de billetes de lotería, lotería con resultados inmediatos (billetes de lotería) en forma de venta de billetes de lotería preimpresos de valor nominal completo a los clientes, después de recoger los billetes de lotería no vendidos y, a más tardar, antes del siguiente sorteo, la empresa de lotería emitirá una factura electrónica de valor agregado con un código de autoridad fiscal para cada agente, organización o individuo, por los billetes de lotería vendidos durante el período y la enviará a la autoridad fiscal para emitir un código para la factura.
Para las actividades de casinos y juegos electrónicos , el plazo para emitir facturas electrónicas es de un día a partir de la fecha de determinación de ingresos. Asimismo, las empresas de casinos y juegos electrónicos deben transferir a la autoridad fiscal, junto con la transferencia de los datos de la factura electrónica, los datos que registren la cantidad de dinero recaudado (por el cambio de moneda convencional a los jugadores en el mostrador, en la mesa y en la máquina de juego electrónico), menos la cantidad de dinero intercambiado y devuelto a los jugadores (debido a la obtención de premios o a la no utilización de todos), de acuerdo con el Formulario 01/TH-DT, Apéndice IA, emitido con este Decreto. La fecha de determinación de ingresos es el período comprendido entre las 00:00 y las 23:59 del mismo día.
El Decreto 70/2025/ND-CP entra en vigor a partir del 1 de junio de 2025.
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