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Si se elimina el registro del hogar, ¿se revocará la cédula de ciudadanía?

Người Đưa TinNgười Đưa Tin02/01/2024

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Pregunta: Vendí mi casa hace 1,5 años y me quitaron el registro de residencia permanente. Quisiera preguntar si se elimina la residencia permanente, ¿se revocará la Cédula de Identificación Ciudadana (CCCD) o tendré que hacer una nueva CCCD?

Responder:

La cláusula 1 del artículo 24 de la Ley de Residencia de 2020 estipula la cancelación del registro de residencia permanente de la siguiente manera:

1. Se cancelará el registro de residencia permanente de las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Muerte; tener una decisión judicial que lo declare desaparecido o muerto;

b) Salir al extranjero para establecerse;

c) Se haya decidido cancelar el registro de residencia permanente conforme a lo previsto en el artículo 35 de esta Ley;

d) Ausencia continua del lugar de residencia permanente durante 12 meses o más sin registrar residencia temporal en otro lugar de residencia o sin declarar ausencia temporal, salvo en los casos de salida del país pero no para establecerse o en los casos de cumplimiento de una pena de prisión, cumplimiento de una medida de educación obligatoria, rehabilitación obligatoria de drogas o reformatorio obligatorio;

d) Haya obtenido autorización de una autoridad competente para renunciar a la nacionalidad vietnamita, se le haya revocado la nacionalidad vietnamita o se le haya revocado la decisión de conceder la nacionalidad vietnamita;

e) Una persona que haya registrado su residencia permanente en una vivienda arrendada, prestada o alquilada temporalmente, pero haya terminado el arrendamiento, el préstamo o la vivienda alquilada temporalmente y aún no haya registrado su residencia permanente en una nueva vivienda dentro de los 12 meses a partir de la fecha de terminación del arrendamiento, el préstamo o la vivienda alquilada temporalmente, excepto el caso especificado en el punto h de esta Cláusula;

g) Una persona que haya registrado su residencia permanente en una residencia legal pero luego la propiedad de esa residencia haya sido transferida a otra persona y después de 12 meses a partir de la fecha de transferencia de propiedad aún no haya registrado su residencia permanente en la nueva residencia, excepto en los casos en que el nuevo propietario acepte continuar alquilando, prestando, dejando que la persona se quede y permitiendo el registro de residencia permanente en esa residencia o en el caso especificado en el Punto h de esta Cláusula;

h) Una persona que haya registrado su residencia permanente en una vivienda arrendada, prestada o alquilada temporalmente, pero haya terminado el alquiler, el préstamo o la estancia temporal y el arrendador, prestamista o anfitrión temporal no haya acordado mantener el registro de residencia permanente en dicha vivienda; Una persona que ha registrado su residencia permanente en un lugar de residencia bajo su propiedad pero ha transferido la propiedad de ese lugar de residencia a otra persona y no ha recibido el consentimiento del nuevo propietario para mantener el registro de residencia permanente en ese lugar de residencia;

i) La persona que tenga registrada su residencia permanente en una vivienda demolida o confiscada por decisión del organismo estatal competente o en un vehículo al que se le haya retirado la matrícula de acuerdo con las disposiciones de la ley.

Por lo tanto, su residencia permanente ha sido eliminada de acuerdo con las disposiciones del Punto g, Cláusula 1, Artículo 24, Ley de Residencia 2020: Una persona que ha registrado la residencia permanente en una residencia legal, pero luego la propiedad de esa residencia ha sido transferida a otra persona y después de 12 meses a partir de la fecha de transferencia de propiedad aún no ha registrado la residencia permanente en la nueva residencia, excepto en los casos en que el nuevo propietario acepta continuar alquilándolo, prestándolo, dejándolo quedarse y permitiéndole registrar la residencia permanente en esa residencia o acepta mantener el registro de residencia permanente en esa residencia.

Mientras tanto, la cláusula 1 del artículo 23 de la Ley de Identificación Ciudadana estipula: Las tarjetas de identificación ciudadana se revocarán en los casos en que los ciudadanos se vean privados de su nacionalidad vietnamita, pierdan su nacionalidad vietnamita o se les revoque su decisión de conceder la nacionalidad vietnamita.

Próximamente, el proyecto de Ley de Identificación, que acaba de ser aprobado por la Asamblea Nacional, entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2024, añadiendo dos casos más de revocación del documento de identidad: documentos de identidad emitidos en violación de las regulaciones; El documento de identidad ha sido borrado o corregido.

Así, en caso de cancelación de la residencia permanente, la CCCD no será revocada. Su documento de identidad sigue siendo válido como siempre. Sin embargo, la base de datos de población nacional mostrará que su registro de residencia permanente ha sido eliminado.

Minh Hoa (t/h)


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