Ante la situación de altos precios del café, el Gobierno argelino emitió el Decreto nº 24-279 del 20 de agosto de 2024 que regula el precio máximo de consumo de café y el margen máximo de beneficio en la importación, distribución, venta al por mayor y al por menor de este producto en el mercado local.
De acuerdo con el artículo 2 del Decreto, el precio máximo del café en el momento del consumo (incluidos todos los impuestos) se fija de la siguiente manera: 1 kg de granos de café arábica verde, tostado o molido tiene un precio de venta de 1.250 dinas argelinas (9,45 USD) y 1 kg de granos de café robusta verde, tostado o molido tiene un precio de venta de 1.000 dinas argelinas (7,56 USD).
Argelia establece topes para los precios del café y márgenes de beneficio para los importadores. Ilustración |
El margen máximo de beneficio para la importación de granos de café verde para su reventa en su estado original es del 3% sobre el valor en aduana (según el artículo 3 del Decreto). El artículo 4 estipula que el margen de beneficio aplicable a los productos elaborados a partir de granos de café verde importados para su procesamiento será como máximo del 4% sobre la base del costo.
De acuerdo con el artículo 5, las unidades dependientes del Ministerio de Comercio y Promoción de las Exportaciones deben publicar periódicamente en los sitios web oficiales y otros medios apropiados el precio de referencia del café verde en grano aplicable en el mercado internacional. Para disfrutar de la compensación por la diferencia conforme al artículo 8, las empresas pertinentes deberán comparar el precio de compra de referencia anterior.
Las empresas que importen granos de café verde a precios superiores al precio de referencia deberán presentar documentos al Comité de Compensación (presidido por el Ministro de Comercio) para la evaluación del subsidio (artículo 14). Si se determina que estos documentos no están fundamentados, se rechazará la solicitud de compensación.
De aprobarse, se proporcionará un monto de compensación a las empresas que importen granos de café verde con cargo al presupuesto del Estado para garantizar el mantenimiento del precio máximo al consumir de acuerdo con el artículo 2 del Decreto. Esta compensación es únicamente para el café importado para el mercado interno.
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Fuente: https://congthuong.vn/algeria-an-dinh-gia-tran-ca-phe-va-bien-do-loi-nhuan-doi-voi-nha-nhap-khau-348242.html
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