La Circular 06 es contraria al Código Civil.
El primer día del nuevo año, el Banco Estatal de Vietnam (SBV) anunció la asignación de todo el objetivo de crecimiento del crédito para 2024 en un 15%, mucho más alto que la tasa de crecimiento del crédito de todo el año pasado. En particular, la asignación por parte del Banco Estatal de todo el "espacio" crediticio a principios de año contrasta con muchos años anteriores, en los que sólo se asignaba una parte y se continuaba ejecutando a mediados de año. Esto puede verse como una señal para promover el crecimiento del crédito e inyectar capital a la economía. Sin embargo, según muchos expertos empresariales y económicos, aunque el "margen" de crédito ha aumentado, cuando las regulaciones y las condiciones de préstamo permanecen invariables, muchas empresas todavía tienen dificultades para obtener capital.
A partir de allí, el flujo de capital absorbido por la economía aún puede no alcanzar el objetivo establecido. Una de las regulaciones actuales relacionadas con las actividades crediticias del sistema bancario comercial es la Circular 06/2023 del Banco Estatal de Vietnam, que entró en vigor desde septiembre de 2023. En concreto, el punto c, cláusula 6, artículo 1 de la Circular 06 estipula que las entidades de crédito "deberán disponer de medidas para bloquear el importe del desembolso del préstamo en la entidad de crédito prestamista de acuerdo con lo dispuesto en la ley y lo acordado entre las partes en el contrato de préstamo hasta la terminación de la obligación de garantía", lo que muchas empresas han reflexionado como irrazonable y poco realista.
La regulación sobre el congelamiento de los montos de los préstamos en la Circular 06 es contraria al Código Civil de 2015.
Fotografía: Dao Ngoc Thach
El 3 de enero, en declaraciones a Thanh Nien , el Sr. Le Hoang Chau, presidente de la Asociación de Bienes Raíces de la Ciudad de Ho Chi Minh (HoREA), dijo que había oído que el Departamento de Inspección de Documentos Legales (Ministerio de Justicia) acababa de concluir una inspección de la Circular 06 del Banco Estatal. En el cual, este organismo también afirmó que la solicitud de congelamiento del monto de desembolso del préstamo mencionado anteriormente es contraria a lo dispuesto en materia de medidas de seguridad del Código Civil de 2015.
Desde que se emitió la Circular 06, HoREA ha recibido numerosos documentos recomendando la revisión y modificación de algunas regulaciones irrazonables, incluso contrarias a disposiciones pertinentes del Derecho Civil. Incluidas las normas sobre el bloqueo del importe de desembolso del préstamo antes mencionado. Además, HoREA también considera que la cláusula 2, artículo 22 de la Circular 06 requiere que los bancos: "En caso de préstamos para pagar contribuciones de capital bajo contratos de contribución de capital, contratos de cooperación de inversión o contratos de cooperación empresarial para implementar proyectos, deben existir medidas para inspeccionar, monitorear y evaluar la situación financiera y las fuentes de pago de la deuda de los clientes, asegurar la capacidad de recuperar íntegramente el capital y los intereses de los préstamos a tiempo según lo acordado, y controlar el uso de los préstamos para los fines correctos "ha limitado el derecho a utilizar el capital de las empresas.
Por ejemplo, en el caso de préstamos a depósito para futuras compras de vivienda, según la Circular 06, el inversionista del proyecto (la parte que recibe el depósito) tiene el depósito congelado y no puede utilizar el dinero depositado por el comprador. Esto no es razonable y no garantiza los derechos de propiedad del propietario, incluido el derecho a utilizar el depósito.
Mientras tanto, el incumplimiento por las partes de la correcta ejecución del acuerdo sobre la obligación de garantía (si la hubiera) entra dentro del ámbito de aplicación del Código Civil de 2015. Al mismo tiempo, en la realidad, alrededor del 30% de los clientes que compran bienes inmuebles y futuras viviendas piden un préstamo para realizar un depósito, pero este depósito es congelado por el banco, mientras que alrededor del 70% de los clientes que utilizan su propio capital para realizar un depósito, el dinero se transfiere a la cuenta del inversor y el inversor tiene plenos derechos para utilizarlo. Por lo tanto, la normativa antes mencionada tampoco es adecuada para la práctica.
Es necesario modificar rápidamente las regulaciones irrazonables
El abogado Truong Thanh Duc, director del bufete de abogados ANVI, dijo que recientemente se han propuesto revisar algunas regulaciones de la Circular 06, por lo que deben implementarse rápidamente desde principios de año. En particular, la disposición del punto c), cláusula 6, artículo 1 de la Circular 06 sobre el congelamiento de capital de préstamos es incompatible con otras disposiciones. En concreto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Nº 101/2012 del Gobierno sobre pagos no monetarios, el Banco sólo tiene derecho a congelar cuentas en casos tales como cuando exista decisión o solicitud escrita de una autoridad competente según lo prescrito; Cuando el banco pagador descubre un error o equivocación en la transferencia de dinero; Cuando existe una disputa entre titulares de cuentas de pago conjuntas. Además, el banco sólo puede congelar una cuenta si existe un acuerdo con el titular de la misma.
Además, debe entenderse que el préstamo para aportar capital no es un "caso de préstamo para pagar dinero para garantizar el cumplimiento de obligaciones" para el cual el préstamo debe congelarse. Si lo entendemos como una empresa que toma dinero prestado pero no puede utilizarlo, ¿cómo puede el receptor del capital implementar el proyecto y cumplir con sus obligaciones hacia el contribuyente de capital? Esto también significa tener que tener doble garantía (para que el banco preste y para que el banco libere el monto desembolsado) para el mismo préstamo. Esta regulación es demasiado irrazonable, provoca desperdicio de recursos, aumenta los costos empresariales e incluso confunde a las empresas.
El último día del viejo año 2023, HoREA envió un documento al Primer Ministro solicitando la implementación de las instrucciones del Gobierno y del Primer Ministro del año pasado, pero estas no han sido implementadas por los ministerios y ramas. En el cual, HoREA señaló que algunas regulaciones emitidas por el Banco Estatal son inadecuadas. En concreto, HoREA indicó en el Despacho Oficial 1177 de fecha 23 de noviembre de 2023 del Primer Ministro solicitando al Banco Estatal modificar, complementar o derogar regulaciones inapropiadas para facilitar el acceso al crédito a personas y empresas. Por lo tanto, la asociación recomienda al Banco del Estado revisar y evaluar la implementación de las Circulares No. 02/2023, No. 03/2023 y No. 06/2023 en dirección a modificar, complementar o derogar regulaciones inadecuadas.
El Sr. Le Hoang Chau propuso: "Además de las regulaciones irrazonables de la Circular 06 mencionadas anteriormente, también proponemos que el Banco Estatal elimine la regulación sobre las instituciones de crédito que controlan el uso de préstamos para los fines correctos en el Punto c, Cláusula 6 y el Punto b, Cláusula 9, Artículo 1 de la Circular 06". Porque los bancos son casi incapaces de implementar esta regulación en el caso de préstamos para pagar aportes de capital bajo contratos de aporte de capital, contratos de cooperación en inversiones o contratos de cooperación empresarial para implementar proyectos. Al mismo tiempo, se considera derogar las cláusulas 8, 9 y 10 del artículo 8 de la Circular No. 39/201 (complementadas por la cláusula 2 del artículo 1 de la Circular 06) porque estas normas sólo han dejado de tener vigencia a partir del 1 de septiembre de 2023. Las empresas esperan que los problemas que surjan se resuelvan rápidamente, garantizando que las regulaciones sean consistentes, efectivas y adecuadas a la situación real, contribuyendo a apoyar a las empresas en particular y a la economía en su conjunto para que vuelvan a crecer.
A principios de diciembre de 2023, la Oficina del Gobierno también emitió el Despacho Oficial No. 9470 transmitiendo la opinión del Primer Ministro sobre el contenido de la reflexión del Periódico Thanh Nien sobre la Circular 06. El Primer Ministro ordenó al Gobernador del Banco Estatal que estudiara la información de prensa para considerar y tener soluciones para manejar el contenido reflejado de acuerdo con las regulaciones y con el espíritu de escuchar las opiniones de las entidades, empresas y personas relevantes para completar un marco legal adecuado, factible y efectivo que no cause congestión o bloqueo de los flujos de capital crediticio en la economía.
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