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Si un trabajador muere repentinamente, ¿pueden sus familiares recibir un seguro social único?

Người Đưa TinNgười Đưa Tin15/05/2023

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De acuerdo con la Ley de Seguro Social de 2014, los empleados que están sujetos al seguro social obligatorio y tienen una solicitud pueden retirar el seguro social una vez si se encuentran en uno de los siguientes casos:

(1) Haber cumplido la edad de jubilación prevista pero no haber pagado el seguro social durante 20 años (o no haber pagado el seguro social durante 15 años en el caso de empleadas que trabajen a tiempo completo o parcial en comunas, barrios o ciudades) y no seguir participando en el seguro social voluntario.

(2) Los empleados que participan en el seguro social obligatorio después de un año de desempleo y los participantes del seguro social voluntario que no continúan pagando el seguro social después de un año pero no han pagado el seguro social durante 20 años.

(3) Ir al extranjero para establecerse.

(4) Las personas que padecen alguna enfermedad potencialmente mortal como cáncer, parálisis, cirrosis, lepra, tuberculosis grave, infección por VIH que ha progresado a SIDA y otras enfermedades prescritas por el Ministerio de Salud ;

Los casos de enfermedad que dan derecho a prestaciones únicas del seguro social se rigen por la Circular 56/2017/TT-BYT (modificada por la Circular 18/2022/TT-BYT) de la siguiente manera:

De acuerdo con la Circular 56/2017/TT-BYT, las enfermedades que dan derecho a prestaciones únicas del seguro social incluyen:

Cáncer, parálisis, cirrosis, lepra, tuberculosis grave, infección por VIH que ha progresado a la etapa de SIDA y al mismo tiempo no puede controlar o realizar actividades de caminar, vestirse, higiene personal y otras actividades diarias que necesitan ser monitoreadas, asistidas y atendidas completamente por alguien.

Enfermedades y discapacidades distintas de las especificadas en la Cláusula 1 que tengan una capacidad de trabajo reducida o un nivel de discapacidad del 81% o más y que hagan que la persona no pueda controlar o realizar actividades tales como caminar, vestirse, higiene personal y otras actividades diarias que requieran que alguien las supervise, las asista y les brinde atención completa.

A partir del 15 de febrero de 2023, la Circular 18/2022/TT-BYT queda modificada como sigue:

Además del caso de padecer una de las enfermedades potencialmente mortales como cáncer, parálisis, cirrosis, lepra, tuberculosis grave, infección por VIH que ha progresado a SIDA según lo prescrito en el Punto c, Cláusula 1, Artículo 60 de la Ley de Seguro Social de 2014, las personas con enfermedades y discapacidades que tienen una reducción de la capacidad laboral del 81% o más y no pueden controlarse a sí mismos o no pueden realizar actividades para atender sus necesidades personales diarias y necesitan que alguien las supervise, las asista y las cuide tienen pleno derecho a recibir un seguro social por única vez.

(5) En caso de que un trabajador se encuentre en uno de los siguientes casos al desmovilizarse, licenciarse o renunciar a su trabajo sin cumplir las condiciones para recibir pensión:

- Oficiales y soldados profesionales del ejército popular; oficiales, suboficiales profesionales, oficiales, suboficiales técnicos de la policía popular; las personas que hacen trabajos de secretaría reciben salarios como los de los soldados;

- Suboficiales y soldados del Ejército Popular; Suboficiales y soldados de la Seguridad Pública Popular que cumplen un mandato determinado; Los estudiantes militares, policiales y de criptografía que actualmente cursan estudios tienen derecho a gastos de manutención.

De acuerdo con las condiciones para recibir el seguro social único indicadas anteriormente, si un empleado que ha participado en el seguro social obligatorio durante menos de 20 años muere repentinamente, sus familiares no recibirán el seguro social único, pero recibirán beneficios por muerte cuando el empleado muera. Los beneficios por muerte incluyen: gastos funerarios y beneficios por muerte mensuales o beneficios por muerte únicos.

Primero, sobre los gastos funerarios;

Empleados que están pagando seguro social o empleados que están reservando tiempo de pago del seguro social y han pagado durante 12 meses o más. El subsidio por funeral es igual a diez veces el salario base del mes en el que fallece el afiliado al seguro social.

En segundo lugar, sobre los beneficios por muerte;

1/ Beneficio único por fallecimiento:

Los empleados que hayan participado en el seguro social durante menos de 15 años y no sean elegibles para recibir beneficios por fallecimiento mensuales, sus familiares recibirán un beneficio por fallecimiento único. El beneficio único por muerte para los familiares de los empleados que participan en el seguro social o de los empleados que reservan su período de pago del seguro social se calcula en base al número de años de pago del seguro social, cada año se calcula como 1,5 meses del salario mensual promedio para el pago del seguro social para los años de pago del seguro social antes de 2014; igual a 02 meses de salario medio mensual de cotización al seguro social por años de cotización al seguro social a partir del año 2014;

2/Beneficio mensual por muerte:

Cuando un afiliado al seguro social fallezca en uno de los siguientes casos, sus familiares recibirán una pensión mensual:

Haber pagado el seguro social durante 15 años o más pero no haber recibido un pago único del seguro social; muerte por accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, ...

Los familiares que tienen derecho a la pensión mensual incluyen:

- Los hijos menores de 18 años, los hijos de 18 años o más si su capacidad de trabajo está reducida en un 81% o más, los hijos nacidos cuando el padre muere estando la madre embarazada.

- La esposa tiene 55 años o más o el esposo tiene 60 años o más; Esposa menor de 55 años, esposo menor de 60 años si la capacidad laboral está reducida en un 81% o más.

- Padre, madre, suegro; Los padres del marido del afiliado al seguro social están obligados a mantenerlo de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre el matrimonio y la familia si tiene 60 años o más en el caso de los hombres y 55 años o más en el caso de las mujeres.

La prestación mensual por fallecimiento de cada familiar es igual al 50% del salario básico del mes en el que fallece el participante del seguro social.

El número máximo de familiares que reciben pensión mensual es de 4 personas.

Minh Hoa (t/h)


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