Con el acuerdo de la mayoría de los diputados de la Asamblea Nacional, en la tarde del 26 de noviembre, la Asamblea Nacional votó para aprobar la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA - reformada). Al informar sobre la explicación, aceptación y revisión del proyecto de Ley del Impuesto al Valor Agregado (enmendado) antes de su aprobación, el presidente del Comité de Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, Le Quang Manh, aclaró muchos contenidos de interés para los diputados de la Asamblea Nacional.
La normativa del IVA sobre fertilizantes debe ser adecuada para lograr múltiples objetivos Los fertilizantes, la maquinaria agrícola y los buques pesqueros pueden estar sujetos a un impuesto del 5% |
Respecto de los sujetos no pasivos, existen opiniones que coinciden con el inciso 1 del artículo 5 del proyecto de Ley y que señalan que permitir la no liquidación del IVA repercutido pero la deducción del IVA soportado no es conforme a los principios del IVA. Existe una propuesta para mantener el proyecto de ley tal como fue presentado a la Asamblea Nacional en la 7ª sesión.
La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional considera que, en realidad, esta política ya no es adecuada ni necesaria porque las empresas han pasado al uso de facturas electrónicas y la Autoridad Tributaria ha podido mejorar la calidad del control y superar el fraude en las facturas. En particular, el proyecto de Ley ha añadido disposiciones sobre las condiciones para la devolución de impuestos, en las que el comprador solo tiene derecho a una devolución de impuestos en el caso de que "el vendedor haya declarado y pagado el IVA de acuerdo con la normativa para las facturas emitidas al establecimiento comercial que solicita una devolución de impuestos", creando una base legal para que la Autoridad Tributaria solo tramite expedientes de devolución de impuestos cuando el vendedor haya declarado y pagado dinero al presupuesto del Estado. Por lo tanto, no habrá devolución de impuestos por facturas falsas cuando no hay transacción y no se ha pagado ningún impuesto de entrada al presupuesto. Al mismo tiempo, el 26 de noviembre de 2024, el Secretario General de la Asamblea Nacional envió una solicitud de opiniones a los diputados de la Asamblea Nacional sobre dos opciones para abordar el tema mencionado. A través de la síntesis de opiniones, se muestra que el 70,50% del total de diputados de la Asamblea Nacional estuvo de acuerdo con la propuesta del Comité Permanente de la Asamblea Nacional de eliminar la regulación que permite no pagar el IVA de salida pero deducir el IVA de entrada para productos agrícolas no procesados o preprocesados en la etapa comercial para garantizar el principio del IVA de que el IVA de entrada solo se puede deducir cuando la salida está sujeta al IVA. Este contenido se ha mostrado en el artículo 5 del proyecto de Ley.
La Asamblea Nacional acordó cambiar los productos fertilizantes de no gravables a gravables con un 5%. |
Existe una propuesta para considerar elevar el umbral de ingresos no sujetos al IVA a más de 200 millones de VND; Se ha sugerido un nivel de alrededor de 300 millones o 400 millones de VND para los próximos años. El Comité Permanente de la Asamblea Nacional informó que la actual Ley del IVA estipula que los ingresos no sujetos al IVA son 100 millones de VND al año. Según los cálculos del Ministerio de Finanzas, si los ingresos no imponibles son de 200 millones de VND al año, los ingresos del presupuesto estatal disminuirán en unos 2,630 billones de VND; Si los ingresos no imponibles son de 300 millones de VND al año, los ingresos del presupuesto estatal disminuirán en unos 6,383 billones de VND. Por lo tanto, para garantizar un aumento razonable en el umbral de ingresos no imponibles, relativamente consistente con la tasa promedio de crecimiento del PIB y del IPC desde 2013 hasta el presente, el proyecto de Ley estipula un umbral de ingresos de 200 millones de VND al año, como se establece en el proyecto de Ley.
En cuanto a los tipos impositivos, muchas opiniones coinciden con la propuesta de aplicar un tipo impositivo del 5% a los fertilizantes. Algunas opiniones sugieren mantener la normativa vigente; Existen sugerencias para aplicar una tasa impositiva del 0%, 1% o 2%. Se sugieren medidas para evaluar exhaustivamente el impacto de este reglamento sobre los agricultores y la producción agrícola y acuática. Existe preocupación por la posibilidad de que las empresas se aprovechen de las políticas y aumenten los precios, afectando a los agricultores.
Respecto a la propuesta de aplicar una tasa de IVA del 0% (o 1%, 2%), el Presidente del Comité de Finanzas y Contabilidad afirmó: Como sugirió el delegado de la Asamblea Nacional, si los fertilizantes están sujetos a una tasa impositiva del 0%, garantizará beneficios tanto para las empresas productoras de fertilizantes nacionales como para las empresas importadoras porque se les reembolsará el IVA de entrada pagado y no tendrán que pagar el IVA de salida. Sin embargo, en este caso, el Estado tendrá que gastar dinero cada año para devolver los impuestos a las empresas. Además de la desventaja para el presupuesto estatal, aplicar una tasa impositiva del 0% a los fertilizantes es contrario a los principios y prácticas del IVA, es decir que una tasa impositiva del 0% sólo se aplica a los bienes y servicios exportados, no al consumo interno. Aplicarlo en esta dirección rompería la neutralidad de la política fiscal, crearía un mal precedente y sería injusto para otras industrias manufactureras. De acuerdo con la explicación del organismo redactor, la regulación de una tasa impositiva adicional del 2% requerirá reestructurar la Ley del Impuesto al Valor Agregado como diseñar una cláusula separada sobre las tasas impositivas y agregar regulaciones sobre las devoluciones del impuesto al valor agregado para este caso. La regulación de una tasa impositiva del 1% o 2% para los fertilizantes tampoco es coherente con el objetivo de la reforma del IVA, que es reducir el número de tasas impositivas, no aumentar el número de tasas impositivas en comparación con la normativa actual, según explicó a los diputados de la Asamblea Nacional.
Con base en las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, en el Informe No. 1035/BC-UBTVQH15 de fecha 28 de octubre de 2024, la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional explicó e informó sobre el impacto en la transferencia de productos fertilizantes de no sujetos a impuestos a sujetos a impuestos del 5%. El Gobierno también emitió el Despacho Oficial No. 692/CP-PL para complementar las explicaciones y proporcionar datos de respaldo específicos.
Para expresar adecuadamente el punto de vista de la Asamblea Nacional al manejar el tema antes mencionado, el 26 de noviembre de 2024, el Secretario General de la Asamblea Nacional envió una solicitud de opiniones a los diputados de la Asamblea Nacional sobre dos opciones, una es aplicar una tasa impositiva del 5%, la otra es mantenerla como normativa actual. A través de la síntesis de opiniones, se observa que el 72,67% del total de diputados de la Asamblea Nacional estuvo de acuerdo con la propuesta de la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional y del Gobierno de estipular una tasa impositiva del 5% sobre fertilizantes, maquinaria, equipos especializados para la producción agrícola y embarcaciones pesqueras. Este contenido se muestra en la Cláusula 2, Artículo 9 del proyecto de Ley.
En cuanto a la devolución del IVA, hay sugerencias para aclarar las disposiciones de la Cláusula 3, Artículo 15 en el caso de unidades que produzcan tanto bienes sujetos a una tasa impositiva del 5% como bienes sujetos a una tasa impositiva del 10%, materiales de entrada sujetos a una tasa impositiva del 10% e ingresos principalmente de bienes sujetos a una tasa impositiva del 5%, la empresa no podrá deducir la totalidad del IVA de entrada del 10% y no se le reembolsará, lo que le causará dificultades.
En respuesta a las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional solicitó enmendar el proyecto de Ley en el sentido de permitir la devolución de impuestos a los establecimientos de producción y proveedores de servicios sujetos al impuesto del 5% y del 10%, y al mismo tiempo encargar al Gobierno que estipule la determinación del monto del IVA de entrada a devolver de acuerdo con la tasa de asignación prescrita en la Cláusula 3, Artículo 15 del proyecto de Ley...
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Fuente: https://thoibaonganhang.vn/mat-hang-phan-bon-thuoc-dien-chiu-thue-suat-5-158175.html
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