Según información del portal electrónico del Ministerio de Seguridad Pública , personas denunciaron que su amigo pidió dinero prestado pero lo devolvió tarde respecto al plazo pactado. Al ver esto, el acreedor publicó la foto personal del deudor en las redes sociales para falsificar el aviso deseado. Entonces, por esta conducta, según la ley, ¿cómo será tratado el acreedor?
Sobre este tema, el Ministerio de Seguridad Pública indicó que el Artículo 32 del Código Civil de 2015 estipula: “Todas las personas tienen derecho a su propia imagen y el uso de la misma debe ser acordado por esa persona... Si el uso de una imagen viola las disposiciones de este Artículo, la persona con la imagen tiene derecho a solicitar al tribunal que emita una decisión que obligue al infractor, a los organismos, organizaciones y personas pertinentes a retirar, destruir, terminar el uso de la imagen, compensar por los daños y aplicar otras medidas de manejo de acuerdo con las disposiciones de la ley”.
Si bien la ley reconoce y protege el derecho a la imagen de las personas como se indicó anteriormente, en el inciso 2 del artículo 32 del Código Civil de 2015, se establecen 2 supuestos en los que se puede utilizar la imagen personal de otra persona sin el consentimiento de ésta o de su representante legal, entre ellos: Utilizar la imagen para fines de interés nacional, étnico y público; Utilizar imágenes de actividades públicas: Congresos, seminarios, competiciones deportivas , representaciones artísticas... sin atentar contra el honor, la dignidad o la reputación de la persona que aparece en la imagen.
Los acreedores falsifican órdenes de arresto y publican fotos personales de los prestatarios en las redes sociales con el objetivo de difamar y afectar negativamente la reputación y el honor personal del prestatario, creando así presión para que el prestatario pague la deuda. Esta conducta ha violado el honor y la dignidad de los ciudadanos.
Dependiendo de la naturaleza, extensión y consecuencias de este acto, el infractor puede ser objeto de sanciones administrativas o de persecución penal.
En concreto, si este acto causa consecuencias no graves, el infractor será sancionado administrativamente de acuerdo con el punto g, cláusula 3, artículo 102 del Decreto 15/2020/ND-CP de fecha 3 de febrero de 2020, que estipula sanciones administrativas en los campos de correos, telecomunicaciones, tecnología de la información y radiofrecuencias: “... Se impondrá una multa de entre 10.000.000 y 20.000.000 de VND por uno de los siguientes actos: Proporcionar, intercambiar, transmitir o almacenar, utilizar información digital para amenazar, acosar, distorsionar, calumniar o insultar la reputación de una organización, el honor, la dignidad o la reputación de otra persona”.
En caso de que este acto produzca consecuencias graves, el infractor podrá ser procesado conforme al artículo 155 o al artículo 156 del Código Penal de 2015.
El artículo 155 del Código Penal de 2015 estipula que quien insulte gravemente la dignidad o el honor de otra persona estará sujeto a una advertencia, una multa de 10.000.000 a 30.000.000 de VND o una reforma no privativa de libertad de hasta 3 años.
Se sancionará con pena de prisión de tres meses a dos años la comisión de un delito en los casos siguientes: Cometer el delito dos veces o más; Para 2 o más personas; Abuso de posición y poder; Para personas en servicio oficial; Para aquellos que te enseñan, te nutren, te cuidan y te curan; Utilizar redes de computadoras o redes de telecomunicaciones, medios electrónicos para cometer delitos; Provocando trastornos mentales y de conducta en la víctima con una tasa de lesiones corporales del 31% al 60%.
Será sancionado con pena de prisión de 2 a 5 años el que cometa un delito en alguno de los casos siguientes: Causar trastornos mentales y del comportamiento a la víctima con un índice de lesiones corporales igual o superior al 61%; Hacer que la víctima se suicide.
Además, al infractor también se le podrá prohibir ocupar cargos, ejercer una profesión o realizar determinados trabajos durante un período de 01 a 5 años.
Español Respecto al delito de calumnia, el artículo 156 del Código Penal de 2015 estipula que quien cometa uno de los siguientes actos estará sujeto a una multa de 10.000.000 a 50.000.000 de VND, reforma no privativa de libertad por hasta 2 años o prisión de 3 meses a 1 año: Fabricar o difundir cosas a sabiendas que son falsas con el fin de insultar gravemente la dignidad, el honor o causar daño a los derechos e intereses legítimos de otros; Inventar delitos contra otros y denunciarlos ante las autoridades.
Se sancionará con pena de prisión de 1 año a 3 años la comisión de un delito en los casos siguientes: Organizado; Abuso de posición y poder; Para 2 o más personas; Para los abuelos, padres, madres, aquellos que os enseñan, crían, cuidan, educan , y tratan; Para personas en servicio oficial; Utilizar redes de computadoras o redes de telecomunicaciones, medios electrónicos para cometer delitos; Causar trastornos mentales y de conducta a la víctima con una tasa de lesiones corporales del 31% al 60%; Calumniar a otra persona de haber cometido un delito muy grave o especialmente grave.
Se sancionará con pena de prisión de 3 a 7 años el que cometa un delito en alguno de los casos siguientes: Por motivos viles; Causar trastornos mentales y de conducta a la víctima con una tasa de lesiones corporales del 61% o más; Hacer que la víctima se suicide.
Los infractores también pueden ser multados entre 10.000.000 y 50.000.000 de VND y se les puede prohibir ocupar cargos, ejercer una profesión o realizar determinados trabajos durante un período de 1 a 5 años.
Así, en este caso, la víctima puede presentar una denuncia ante las autoridades para proteger sus legítimos derechos e intereses.
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