El Decreto No. 70 modifica y adiciona los incisos 1 y 2 del artículo 9 del Decreto 123 sobre el momento de emisión de la factura. En consecuencia, el momento de emisión de la factura por la venta de bienes (incluida la venta y transferencia de activos públicos y la venta de bienes de reserva nacional) es el momento de la transferencia de la propiedad o el derecho de uso de los bienes al comprador, independientemente de que se haya cobrado el dinero o no.
Para la exportación de mercancías (incluido el procesamiento de la exportación), el momento de emisión de facturas de comercio electrónico, facturas electrónicas de valor agregado o facturas electrónicas de venta lo determina el vendedor, pero a más tardar el siguiente día hábil a partir de la fecha en que las mercancías se despachan en la aduana de acuerdo con las leyes aduaneras.
El momento de emisión de la factura por la prestación de servicios es el momento de finalización de la prestación del servicio (incluida la prestación de servicios a organizaciones e individuos extranjeros), independientemente de que se haya cobrado o no el pago. En caso de que el prestador del servicio cobre dinero antes o durante la prestación del servicio, el momento de emisión de la factura es el momento del cobro (excluidos los casos de cobro de depósitos o anticipos para asegurar la ejecución de contratos de prestación de servicios de contabilidad, auditoría, consultoría financiera y fiscal; valuación; estudio, diseño técnico; consultoría de supervisión; y preparación de proyectos de inversión en construcción).
Para los centros de examen y tratamiento médico que utilizan software de gestión de exámenes y tratamientos médicos y software de gestión de tarifas hospitalarias, cada transacción de examen y tratamiento médico y la prestación de servicios de imágenes, rayos X y pruebas tendrán un recibo impreso (tarifas de hospital o tarifas de examen y pruebas) y guardado en el sistema de tecnología de la información. Si el cliente (persona que viene para un examen y tratamiento médico) no necesita una factura, al final del día, el centro de examen y tratamiento médico utilizará la información del examen y tratamiento médico y la información del recibo para compilar una factura electrónica por los servicios médicos realizados durante el día. En caso de que el cliente solicite una factura electrónica, el centro de examen y tratamiento médico emitirá una factura electrónica y la entregará al cliente.
Los centros de reconocimiento y tratamiento médico deberán emitir facturas a la agencia de seguros sociales en el momento en que la agencia de seguros sociales liquide los costos de reconocimiento y tratamiento médico de las personas con tarjetas de seguro de salud...
El Decreto 70 entra en vigor a partir del 1 de junio de 2025.
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Fuente: https://baoquangnam.vn/chinh-phu-sua-doi-va-bo-sung-cac-quy-dinh-ve-hoa-don-chung-tu-3151289.html
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