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¿Cómo cambian los beneficios del seguro social?

Báo Quốc TếBáo Quốc Tế22/10/2023

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¿Puede decirme cómo cambiarán los beneficios del seguro social cuando se produzca una reforma salarial? - Lector Long Ho
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1. Reforma salarial: ¿Cómo cambiarán los beneficios del seguro social?

* De acuerdo al punto c, cláusula 3.1, subsección 3, Sección II de la Resolución 27/NQ-TW de 2018, la determinación de factores específicos para el diseño de una nueva tabla salarial incluye:

- Suprimir el actual salario base y el coeficiente salarial, construir el salario base con un monto específico en la nueva tabla salarial.

- Unificar el régimen de contratos de trabajo según lo dispuesto en el Código del Trabajo (o contratos de prestación de servicios) para quienes realizan trabajos directivos y de servicios (que requieren nivel de formación inferior al intermedio), no aplicándose a estos sujetos la escala salarial de los funcionarios y empleados públicos.

- Determinar el nivel salarial más bajo de los funcionarios y empleados públicos del sector público como el nivel salarial de quienes desempeñan puestos que requieren capacitación intermedia (nivel 1) no inferior al nivel salarial más bajo de los trabajadores capacitados del sector empresarial.

- Ampliar la relación salarial como base para determinar los niveles salariales específicos en el sistema de nómina, acercándose gradualmente a la relación salarial del sector empresarial de acuerdo con los recursos del Estado.

- Completar el régimen de aumento salarial regular y el régimen de aumento salarial anticipado de cuadros, servidores civiles, empleados públicos y fuerzas armadas de conformidad con lo establecido en la tabla.

* También en el inciso 6, sección III de la Resolución 27/NQ-TW de 2018, las regulaciones para mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión estatal incluyen las siguientes tareas:

Modificar y perfeccionar las leyes sobre cuadros, servidores públicos, empleados públicos, obreros, empresas, seguro social y las leyes relacionadas con la política salarial en el sector público y empresarial; Promover la descentralización y dar autonomía a los organismos, organizaciones y unidades en el reclutamiento, utilización, evaluación, nombramiento, disciplina, pago de salarios y gestión de cuadros, servidores públicos, empleados públicos y trabajadores de las empresas para mejorar la productividad, calidad y eficiencia de los organismos, organizaciones, unidades y empresas. Construir una base de datos nacional sobre temas y salarios de cuadros, funcionarios y empleados públicos, asegurando la conectividad e integración con otras bases de datos nacionales pertinentes.

Así , al reformar los salarios, se suprimirá el salario básico, y actualmente muchos beneficios de la seguridad social se calculan en base al salario básico. Por tanto, la ley sobre seguros sociales se modificará y perfeccionará en el sentido de que los subsidios del seguro social ya no se calcularán sobre el salario base, sino que se convertirán en una determinada cantidad de dinero.

2. Las prestaciones del seguro social se calculan sobre el salario base.

En consecuencia, las prestaciones del seguro social se calculan sobre la base del salario base, que incluye:

(1) El nivel de las prestaciones de recuperación y consuelo de la salud después de una enfermedad por día es igual al 30% del salario base (artículo 29 de la Ley de Seguro Social de 2014).

(2) Subsidio único por nacimiento o adopción (artículo 38 de la Ley de Seguro Social de 2014):

- Las trabajadoras que den a luz o adopten niños menores de 6 meses tienen derecho a un subsidio único por cada hijo equivalente a 2 veces el salario básico del mes en el que la trabajadora dé a luz o del mes en el que adopte al niño.

- En caso de dar a luz pero sólo el padre participa en el seguro social, el padre recibirá una asignación única equivalente a 02 salarios básicos del mes de nacimiento por cada hijo.

(3) El nivel de la prestación por recuperación y restablecimiento de la salud después de la licencia de maternidad es igual al 30% del salario base por día (artículo 41 de la Ley de Seguro Social de 2014).

(4) Subsidio por pérdida de capacidad laboral (artículos 46, 47 y 50 de la Ley de Seguro Social de 2014):

- Subsidio único: por reducción del 5% de la capacidad de trabajo se recibirá 5 veces el salario base, luego por cada reducción adicional del 1%, 0,5 veces más el salario base;

- Asignación mensual: 31% de reducción de la capacidad laboral recibirá el 30% del salario base, luego por cada 1% de reducción adicional, se recibirá un 2% adicional del salario base.

- Subsidio de servicio: Los trabajadores cuya capacidad de trabajo esté reducida en un 81% o más, que estén paralizados de la columna vertebral o ciegos de ambos ojos o tengan miembros amputados o parapléjicos o estén enfermos mentales, además de los beneficios prescritos en el artículo 47 de la Ley de Seguro Social de 2014, también tienen derecho a un subsidio de servicio mensual equivalente al salario básico.

(5) Prestación única por fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional (artículo 51 de la Ley de Seguridad Social de 2014)

Si un trabajador muere a causa de accidente de trabajo o enfermedad profesional mientras trabaja, o muere durante el primer período de tratamiento a causa de accidente de trabajo o enfermedad profesional, sus familiares recibirán una prestación única equivalente a 36 salarios básicos.

(6) Nivel de prestaciones para la recuperación y restablecimiento de la salud después del tratamiento de lesiones y enfermedades (artículo 52 de la Ley de Seguro Social de 2014)

El beneficio diario es igual al 25% del salario base si el descanso y la recuperación de la salud se realizan en el hogar; 40% del salario base si descansa y recupera la salud en un centro centralizado.

(7) El subsidio funerario equivale a diez veces el salario base (artículos 66 y 80 de la Ley de Seguro Social de 2014).

(8) La prestación mensual por muerte de cada familiar es igual al 50% del salario básico; En caso de que el familiar no tenga un cuidador directo, la asignación mensual es igual al 70% del salario base (artículo 68 de la Ley de Seguro Social de 2014).


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