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¿Qué nuevas políticas económicas entrarán en vigor a partir de febrero de 2024?

Người Đưa TinNgười Đưa Tin27/01/2024

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Contingente arancelario de importación de sal y huevos de aves de corral en 2024

El Ministerio de Industria y Comercio emitió la Circular No. 37/2023/TT-BCT de fecha 22 de diciembre de 2023 que regula los contingentes arancelarios de importación de sal y huevos de aves de corral en 2024.

Circular que establece el contingente arancelario de importación de huevos de aves de corral (huevos comerciales sin embriones) en el año 2024, incluidos los huevos de gallina; Los huevos de pato, ganso y otros son 68.670 docenas.

La cuota para la sal - código de producto 2501 (incluida la sal de mesa, la sal desnaturalizada y el cloruro de sodio puro, incluso en solución acuosa o conteniendo agentes antiaglomerantes o agentes de flujo libre; agua de mar) es de 88.000 toneladas.

Además, la Circular también estipula el método de asignación de contingentes arancelarios de importación para sal y huevos de aves de corral en 2024. En consecuencia, los contingentes arancelarios de importación para sal y huevos de aves de corral en 2024 se implementarán de acuerdo con el método de asignación prescrito en el Decreto No. 69/2018/ND-CP de fecha 15 de mayo de 2018 del Gobierno que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior y la Circular No. 12/2018/TT-BCT de fecha 15 de junio de 2018 del Ministro de Industria y Comercio que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior y el Decreto No. 69/2018/ND-CP de fecha 15 de mayo de 2018 del Gobierno que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior.

Los contingentes arancelarios de importación de sal se asignan a los comerciantes que la utilizan directamente como materia prima para la producción de medicamentos, productos médicos y productos químicos.

Los contingentes arancelarios de importación de huevos de aves de corral se asignan a los comerciantes con necesidades de importación.

El Ministerio de Industria y Comercio conversó con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para determinar el momento de asignar contingentes arancelarios de importación para sal y huevos de aves de corral en 2024.

La Circular entra en vigor del 6 de febrero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.

Modificación de la normativa sobre el negocio del tabaco

El Ministerio de Industria y Comercio emitió la Circular 43/2023/TT-BCT de fecha 28 de diciembre de 2023, que modifica y complementa una serie de artículos de la Circular n.º 57/2018/TT-BCT que estipula una serie de artículos de los Decretos relacionados con el negocio del tabaco.

La Circular 43/2023/TT-BCT modifica la Cláusula 1 y la Cláusula 9, Artículo 13 sobre formularios y regímenes de informes para las empresas comercializadoras de tabaco:

Cada seis meses, las empresas de fabricación e importación de productos de tabaco deben enviar al Ministerio de Industria y Comercio informes sobre las actividades de fabricación e importación de productos de tabaco (antes del 10 de enero de cada año para los informes anuales y antes del 10 de julio de cada año para los informes de los primeros seis meses).

Los proveedores de productos de tabaco deben enviar cada seis meses informes estadísticos sobre la producción y los tipos de productos de tabaco comercializados (según los sistemas de distribución, venta al por mayor y al por menor) de sus unidades al Departamento de Mercado Interno – Ministerio de Industria y Comercio y al Departamento de Industria y Comercio donde la empresa tiene su sede (antes del 10 de enero de cada año para el informe del año completo y antes del 10 de julio de cada año para el informe de los primeros seis meses).

Esta Circular entra en vigor el 12 de febrero de 2024.

El Ministerio de Hacienda orienta la ejecución del presupuesto estatal estimado para 2024

El Ministerio de Finanzas emitió la Circular No. 76/2023/TT-BTC del 29 de diciembre de 2023 que regula la organización de la implementación del presupuesto estatal estimado para el año 2024.

De acuerdo con la Circular, la descentralización de las fuentes de ingresos y las tareas de gasto entre el presupuesto central y los presupuestos locales se implementa de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Presupuesto del Estado y los documentos que orientan la implementación de la Ley de Presupuesto del Estado.

Continuar regulando el presupuesto central para disfrutar del 100% de los ingresos de las actividades comerciales de comercio electrónico, negocios basados ​​en plataformas digitales, servicios transfronterizos y otros servicios prestados por proveedores extranjeros que se registren para impuestos, declaren impuestos y paguen impuestos directamente en el portal de información electrónica del Departamento General de Impuestos.

Implementar la división de los ingresos provenientes de la concesión de derechos de explotación de recursos hídricos y del impuesto de protección ambiental sobre la gasolina y los productos derivados del petróleo entre el presupuesto central y los presupuestos locales de acuerdo con lo dispuesto en el Punto a, Cláusula 3, Artículo 3 de la Decisión No. 1600/QD-TTg de fecha 10 de diciembre de 2023 del Primer Ministro.

Los ingresos provenientes de las tarifas de uso de las carreteras recaudadas a través de vehículos automóviles (después de deducir los costos de recaudación) se pagan en un 100% al presupuesto central y el 65% de los ingresos se divide en el presupuesto central y el presupuesto central se asigna con un suplemento objetivo al presupuesto local, equivalente al 35% de los ingresos, para realizar trabajos de gestión y mantenimiento de carreteras.

Los ingresos provenientes de las tasas por el uso de la tierra de acuerdo a las disposiciones de la ley de tierras, los ingresos por la privatización y la desinversión de capital estatal en empresas estatales administradas por las localidades se utilizarán para gastos de inversión de desarrollo sujetos a inversión del presupuesto local.

Los ingresos provenientes de las actividades de lotería en el presupuesto local se utilizarán de acuerdo con lo dispuesto en el punto b, cláusula 3, artículo 3 de la Decisión No. 1600/QD-TTg del 10 de diciembre de 2023 del Primer Ministro.

La Circular establece claramente que en 2024 se estabilizará el porcentaje (%) de división de ingresos entre el presupuesto central y los presupuestos locales; Para el saldo presupuestario adicional (si lo hubiere), el presupuesto central adicional aumenta en un 2% en comparación con el nivel de saldo presupuestario adicional para 2023 decidido por la Asamblea Nacional; Complementar el presupuesto local para implementar el salario básico de 1,8 millones de VND/mes en la Decisión No. 1600/QD-TTg, No. 1602/QD-TTG de fecha 10 de diciembre de 2023 del Primer Ministro.

La descentralización de las fuentes de ingresos y de las tareas de gastos entre los presupuestos de los gobiernos locales y el porcentaje (%) de la distribución de los ingresos entre los niveles presupuestarios locales se implementarán de conformidad con la resolución del Consejo Popular Provincial decidida para el año presupuestario durante el período estable. Para 2024, con base en la capacidad de equilibrio del presupuesto de nivel superior, el Comité Popular Provincial presentará al Consejo Popular del mismo nivel una decisión para aumentar el saldo presupuestario adicional para el presupuesto de nivel inferior en comparación con 2023. En casos especiales donde los ingresos de un nuevo proyecto entran en operación, causando un gran aumento en los ingresos del presupuesto local, el Comité Popular Provincial presentará al Consejo Popular del mismo nivel una decisión de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 7, Artículo 9 de la Ley de Presupuesto Estatal.

Al mismo tiempo, el presupuesto provincial equilibra el presupuesto de los niveles inferiores para implementar la reforma salarial de acuerdo con la resolución del Consejo Popular provincial y la decisión del Comité Popular del mismo nivel.

Esta Circular entra en vigor el 12 de febrero de 2024 y se aplica al año presupuestario 2024.

Principios para determinar los parámetros de coordinación de franjas horarias en los aeropuertos

El Ministerio de Transporte emitió una Circular que modifica y complementa una serie de artículos de la Circular No. 29/2021/TT-BGTVT de fecha 30 de noviembre de 2021 del Ministro de Transporte que detalla la gestión y operación de los aeropuertos. La Circular define claramente los principios para determinar los parámetros de coordinación de franjas horarias.

Política - ¿Qué nuevas políticas económicas entrarán en vigor a partir de febrero de 2024?

En consecuencia, los operadores aeroportuarios son responsables de establecer límites de capacidad para las terminales y estacionamientos de aeronaves.

Las empresas que prestan servicios de aseguramiento de operaciones de vuelo son responsables de establecer límites de capacidad para los servicios de explotación de pistas, aterrizaje y operaciones de vuelo.

Con base en el índice de límite de capacidad especificado como se mencionó anteriormente y la opinión del Consejo de Slots, la Autoridad de Aviación Civil de Vietnam decide sobre los parámetros de coordinación de slots y los cambios a los parámetros de coordinación de slots.

Los parámetros de coordinación de franjas horarias en el aeropuerto se determinan de acuerdo con el principio: Los parámetros de coordinación de franjas horarias relacionados con la terminal y el estacionamiento de aeronaves no exceden el índice de límite de capacidad prescrito de la terminal y el estacionamiento de aeronaves; Los parámetros de coordinación de franjas horarias relacionados con las pistas y los servicios de tránsito aéreo no deberán superar el 80% del índice límite prescrito para aeropuertos totalmente coordinados. Los parámetros de coordinación de franjas horarias de los aeropuertos que no estén totalmente coordinados no podrán superar el índice de límite de capacidad para la explotación de pistas, aterrizaje y servicios de control de vuelo prescrito.

La Circular establece claramente que la Autoridad de Aviación Civil de Vietnam considerará y decidirá aumentar los parámetros para coordinar las franjas horarias de pista, las franjas horarias de aterrizaje y los servicios de operaciones de vuelo en aeropuertos totalmente coordinados que no excedan el índice de límite de capacidad prescrito durante el período: Año Nuevo Lunar del 15 de diciembre al 15 de enero del calendario lunar; Pico de verano del 15 de mayo al 15 de agosto; Los períodos de vacaciones prescritos y los eventos culturales, económicos, políticos y otros períodos de máxima afluencia que requieran el Gobierno y el Ministerio de Transporte.

De acuerdo con la Circular, la franja horaria histórica de una temporada de programación de vuelos es la serie de franjas horarias que se utiliza correctamente con una tasa de al menos el 80% de cada serie de franjas horarias internacionales o una tasa de al menos el 70% de cada serie de franjas horarias nacionales según lo prescrito.

Las cadenas de ranuras consideradas como base para el cálculo de ranuras históricas incluyen: Las cadenas de ranuras confirmadas por última vez hasta la fecha de base de ranuras históricas; Se confirma que las cadenas de tragamonedas nacionales cambiarán antes del 15 de septiembre para los horarios de invierno y antes del 15 de febrero para los horarios de verano; Los cambios de cadenas de tragamonedas nacionales a cadenas de tragamonedas internacionales y viceversa se confirman antes del 15 de septiembre para los horarios de invierno y antes del 15 de febrero para los horarios de verano; Se confirman por primera vez nuevas cadenas de ranuras propuestas (código N, B), las nuevas cadenas de ranuras propuestas (código N) se ejecutan simultáneamente con la cancelación de la cadena de ranuras (código D) después de la fecha base de ranura histórica; Las cadenas de franjas horarias especificadas en los puntos b y c de esta Cláusula deberán proponerse a más tardar el 10 de febrero para el calendario de vuelos de verano y el 10 de septiembre para el calendario de vuelos de invierno...

La Circular entra en vigor el 15 de febrero de 2024.

Tarifas de pasajeros a través de puertos dedicados

Circular No. 39/2023/TT-BGTVT de 25 de diciembre de 2023 del Ministerio de Transporte por la que se promulga la lista de precios de los servicios de practicaje, servicios de utilización de puentes, muelles, boyas de amarre, servicios de carga y descarga de contenedores y servicios de remolque en los puertos marítimos vietnamitas.

En concreto, para los pasajeros de los barcos turísticos internacionales que operan en los puertos marítimos de Vietnam a través de puentes y muelles exclusivos para pasajeros, por cada entrada y salida del puerto, el precio será de 2,5 a 5 USD por persona.

Se trata de un nuevo reglamento que ha sido revisado y complementado para adaptarse a las necesidades prácticas.

La Administración Marítima de Vietnam dijo que, actualmente, se han invertido puertos especializados que atienden a buques de pasajeros, como el Puerto Internacional de Pasajeros de Ha Long (Quang Ninh), y se han puesto en funcionamiento desde 2019, pero aún no existe un marco de precios.

Agregar un marco de precios para los barcos de pasajeros en puertos especializados es necesario para facilitar que las empresas apliquen precios a los turistas internacionales que llegan a Vietnam, especialmente durante el período en que el mercado turístico se recupera después de la pandemia de Covid-19.

Para los barcos turísticos internacionales que operan en los puertos marítimos de Vietnam a través de puentes, muelles y boyas de amarre en los puertos marítimos que explotan servicios de manejo de carga combinados con la recepción de barcos turísticos, el precio es de 2,5 - 3,5 USD / persona por cada entrada y salida del puerto marítimo.

El mismo precio se aplica a las embarcaciones fondeadas en la zona de fondeo que están autorizadas a utilizar otros medios de transporte acuático para recoger y dejar turistas para visitar el continente o las islas y viceversa.

El marco de precios de los servicios de pasajeros a través de puentes, muelles y boyas de amarre no se aplica a niños menores de 12 años.

La Circular entra en vigor el 15 de febrero de 2024.

Se modifica el reglamento sobre la lista de tipos y estándares de calidad de los minerales exportados

El Ministerio de Industria y Comercio emitió la Circular 45/2023/TT-BCT de fecha 29 de diciembre de 2023, que modifica y complementa la Circular No. 23/2021/TT-BCT que regula la lista de tipos y estándares de calidad de los minerales exportados administrados por el Ministerio de Industria y Comercio.

Circular que modifica y complementa el artículo 4 sobre la lista de tipos y estándares de calidad de los minerales exportados.
En consecuencia, los minerales exportados son minerales de origen legal, han sido procesados, están listados en la Lista de tipos y cumplen con los siguientes estándares de calidad:

Para minerales de origen nacional exportados: Listado de tipos y estándares de calidad correspondientes en el Apéndice 1 de esta Circular, incluyendo: Mineral de titanio; Concentrado de mineral de bismuto; Concentrado de mineral de níquel; Tierras raras totales (óxidos, hidróxidos, sales); Mineral de fluorita; Polvo de barita; Mármol blanco; Mineral de grafito; Polvo de mica (mica moscovita); Mineral de diatomita (polvo fósil de sílice).

Para minerales exportados de origen importado:

En caso de procesamiento de mercancías para comerciantes extranjeros: Los estándares de tipo y calidad de los productos procesados ​​se implementan de acuerdo con el contrato de procesamiento firmado con el comerciante extranjero. Los contratos de procesamiento cumplen con lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto No. 69/2018/ND-CP del 15 de mayo de 2018 del Gobierno que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior.

En el caso de minerales procesados ​​de fuentes importadas distintas a los casos anteriores: Lista de tipos y estándares de calidad de minerales correspondientes en el Apéndice 2 de esta Circular, incluidos los minerales de titanio: concentrado de ilmenita, polvo de circón, concentrado de circón, concentrado de rutilo, concentrado de monacita, relaves mixtos, relaves de circón y escoria de titanio de todo tipo.

Los exportadores de minerales son seleccionados para organizar la evaluación de la conformidad de acuerdo con las disposiciones del Decreto 107/2016/ND-CP del 1 de julio de 2016 del Gobierno que estipula las condiciones para el negocio de los servicios de evaluación de la conformidad y el Decreto 154/2018/ND-CP del 9 de noviembre de 2018 del Gobierno sobre la modificación, complementación y abolición de una serie de reglamentos sobre las condiciones de inversión y negocios en el campo de la gestión estatal del Ministerio de Ciencia y Tecnología y una serie de reglamentos sobre la inspección especializada para evaluar los tipos y la calidad de los minerales exportados.

La Circular entra en vigor el 15 de febrero de 2024.

Modificación de la normativa sobre la determinación de los precios de los proyectos de construcción

El Ministerio de Construcción emitió la Circular 14/2023/TT-BXD del 29 de diciembre de 2023 que modifica y complementa una serie de artículos de la Circular No. 11/2021/TT-BXD del 31 de agosto de 2021 que orienta una serie de contenidos sobre la determinación y gestión de los costos de inversión en construcción.

Por la cual, la Circular 14/2023/TT-BXD modifica y complementa el artículo 9 sobre determinación de los precios de construcción.

En consecuencia, el precio de construcción incluye el precio unitario de construcción detallado y el precio total de construcción. Los precios de construcción se determinan de acuerdo con lo dispuesto en las Cláusulas 2 y 3 del Artículo 24 del Decreto No. 10/2021/ND-CP y las instrucciones detalladas en el Apéndice IV de esta Circular.

Los inversores utilizan el sistema de precios de construcción prescrito en las Cláusulas 1 y 2 del Artículo 26 del Decreto No. 10/2021/ND-CP y las disposiciones de las Cláusulas 1 y 2 del Artículo 8 de esta Circular como base para determinar y gestionar los costos de inversión en construcción.

La Circular entra en vigor el 15 de febrero de 2024.

Se modifica el reglamento sobre el período de exención para la aplicación de medidas de defensa comercial

El Ministerio de Industria y Comercio emitió la Circular 42/2023/TT-BCT de 28 de diciembre de 2023 que modifica y complementa una serie de artículos de la Circular 37/2019/TT-BCT detallando una serie de contenidos sobre medidas de defensa comercial.

La Circular 42/2023/TT-BCT modifica y complementa el artículo 11 sobre el plazo de exención para la aplicación de medidas de defensa comercial.

En consecuencia, el período total de exención de la aplicación de medidas de defensa comercial no podrá exceder el período de vigencia de la medida de defensa comercial correspondiente. El Ministerio de Industria y Comercio revisará anualmente el plazo de exención de las solicitudes de exención de la aplicación de medidas de defensa comercial en alguno de los supuestos previstos en los incisos 2, 3 y 4 del presente artículo.

Para los expedientes que soliciten exención de la aplicación de medidas de defensa comercial de conformidad con el punto a), cláusula 1, artículo 16 de esta Circular, el período de exención de la aplicación de medidas de defensa comercial no podrá exceder el período de aplicación de dichas medidas temporales de defensa comercial.

Para los expedientes en los que se solicite la exención de la aplicación de medidas de defensa comercial de conformidad con el punto b, cláusula 1, artículo 16 de esta Circular, el período de exención para dichos expedientes no podrá exceder de 18 meses a partir de la fecha efectiva de la decisión de aplicar medidas de defensa comercial hasta el 31 de diciembre de ese año o hasta el 31 de diciembre del año siguiente.

Para los expedientes en los que se solicite la exención de la aplicación de medidas de defensa comercial de conformidad con el punto c), cláusula 1, artículo 16 de esta Circular, el período de exención para estos expedientes no podrá exceder de 18 meses a partir del 1 de enero del año de recepción del expediente de solicitud de exención o a partir de la fecha efectiva de la decisión de exención.

Para las solicitudes de exención adicionales recibidas por la Agencia de Investigación, el período de exención adicional se calcula de acuerdo con el período de exención de la decisión de exención inicial.

Además, la Circular también modifica y complementa la cláusula 4 del artículo 13 sobre criterios de consideración y formas de exención para la aplicación de medidas de defensa comercial.

En consecuencia, el Ministerio de Industria y Comercio considera no eximir las mercancías sujetas a medidas de defensa comercial en los siguientes casos:

Es probable que la aplicación de exenciones de medidas comerciales correctivas a dichos bienes dé lugar a actos fraudulentos destinados a evadir la aplicación de dichas medidas;

Se concluye que las organizaciones y personas que han sido exentas de aplicar medidas de defensa comercial a esas mercancías no cooperan o no cooperan plenamente según lo solicitado por el equipo de inspección y examen posterior a la exención del organismo investigador.

La Circular entra en vigor el 15 de febrero de 2024.

MH (t/h)


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