La Ley de Organización del Gobierno Local (enmendada) estipula los principios de organización y funcionamiento del gobierno local con el fin de organizarlo para que sea racionalizado, eficiente, eficaz y eficiente, satisfaciendo los requisitos de una gobernanza local profesional, moderna y transparente, asegurando la rendición de cuentas asociada a un mecanismo de control de poder.
Mañana 19 de febrero, continuamos con el programa En la 9ª sesión extraordinaria, la Asamblea Nacional votó para aprobar Ley de Organización de los Gobiernos Locales (enmendada). Los resultados de la votación mostraron que 458/459 diputados de la Asamblea Nacional presentes votaron a favor de aprobar esta ley, lo que representa el 95,82%.
Antes de la votación, la Asamblea Nacional escuchó el Informe sobre la explicación, aceptación y revisión del proyecto de Ley de Organización de los Gobiernos Locales (enmendado). En consecuencia, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional señaló que hubo opiniones de diputados de la Asamblea Nacional que sugieren institucionalizar el punto de vista rector de "la localidad decide, la localidad actúa, la localidad asume la responsabilidad" en el proyecto de ley.
En respuesta a los comentarios anteriores, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional ha revisado las disposiciones del proyecto de ley, asegurando la adherencia a los puntos de vista rectores del Partido sobre la promoción de la descentralización y la delegación de poder, promoviendo la iniciativa y creatividad local, asegurando el lema "la localidad decide, la localidad hace, la localidad asume la responsabilidad", "cualquier nivel que resuelva con mayor eficacia, asignar tareas y autoridad a ese nivel", especialmente las disposiciones del Artículo 4 (Principios de organización y funcionamiento de los gobiernos locales), Capítulo III (Determinación de la autoridad de los gobiernos locales en todos los niveles) y las disposiciones del Capítulo IV sobre tareas y poderes específicos de los gobiernos locales en cada nivel.
En concreto, el artículo 4 de la ley recién aprobada establece los principios de organización y funcionamiento de los gobiernos locales. En consecuencia, la ley estipula que la organización del gobierno local debe ser ágil, eficiente, eficaz y eficiente, satisfaciendo los requisitos de una gobernanza local profesional, moderna y transparente, asegurando la rendición de cuentas asociada a un mecanismo de control del poder.
El Consejo Popular trabaja colectivamente y decide por mayoría de votos. El Comité Popular a nivel de gobierno local opera bajo el régimen colectivo del Comité Popular combinado con la responsabilidad del Presidente del Comité Popular.
Los trabajos bajo la autoridad de las autoridades locales deben ser decididos por la localidad, organizados e implementados por la localidad y ser auto-responsables.
Algunas opiniones sugirieron revisar, complementar y ajustar las reglamentaciones sobre tareas y poderes específicos del Consejo Popular, el Comité Permanente del Consejo Popular, el Comité Popular y el Presidente del Comité Popular en todos los niveles para garantizar que cumplan con los requisitos prácticos, sean consistentes y congruentes con las reglamentaciones pertinentes.
En respuesta a las opiniones de los delegados, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional ha revisado las regulaciones sobre las tareas y poderes de los Consejos Populares, Comités Populares y Presidentes de Comités Populares en todos los niveles para asegurar una cierta distinción en el alcance de las tareas y poderes de las autoridades locales en cada nivel, creando una base para continuar especificando las tareas y poderes de los Consejos Populares y Comités Populares en todos los niveles en cada campo de la gestión estatal en leyes especializadas, asegurando la consistencia del sistema legal y la viabilidad, estabilidad y longevidad de la Ley.
Hay sugerencias para estudiar y complementar mecanismos especiales para innovar fuertemente las tareas y poderes de los gobiernos locales en la dirección de promover la descentralización y la delegación de poder, creando condiciones favorables para que los gobiernos locales desbloqueen recursos de desarrollo, respondan de manera proactiva y rápida a problemas urgentes e inesperados que surgen en la práctica.
En respuesta a las opiniones de los delegados, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional agregó la Cláusula 1, Artículo 15 del proyecto de ley estipulando que el Consejo Popular Provincial está autorizado a decidir poner en práctica políticas específicas y especiales que aún no están reguladas por ley para promover el desarrollo socioeconómico en la localidad después de informar y recibir permiso del Primer Ministro.
Al mismo tiempo, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional agregó al punto e, cláusula 1, artículo 17, la regulación de que el Presidente del Comité Popular Provincial está facultado para decidir aplicar otras medidas urgentes prescritas por la ley en casos de necesidad real para el interés nacional, la prevención y el control de desastres naturales y epidemias, garantizar las vidas y los bienes de las personas en el área e informar a las autoridades competentes del Partido y al Primer Ministro lo antes posible.
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