Actividades profesionales en el Departamento de Aduanas de Cao Bang. Foto: Thai Binh |
En consecuencia, el Departamento de Aduanas especifica las normas sobre políticas de gestión y procedimientos aduaneros para las mercancías que entran y salen de los depósitos aduaneros.
La cláusula 2, artículo 85 del Decreto No. 08/2015/ND-CP del Gobierno, de 21 de enero de 2015, que detalla y proporciona medidas para la implementación de la Ley de Aduanas sobre procedimientos aduaneros, inspección, supervisión y control, estipula que las mercancías del exterior que se llevan a almacenes aduaneros incluyen: “a) Mercancías de propietarios extranjeros que no han firmado un contrato de compraventa con empresas en Vietnam; b) Mercancías de empresas vietnamitas importadas del exterior en espera de ser introducidas en el mercado nacional o en espera de ser exportadas a un tercer país; c) Mercancías del exterior que se llevan a almacenes aduaneros en espera de ser exportadas a un tercer país”.
El Artículo 88 del Decreto 08/2015/ND-CP, de 21 de enero de 2015, del Gobierno estipula: «Para las mercancías procedentes de depósitos aduaneros que se traigan al extranjero o se introduzcan en el mercado nacional o en zonas francas, el propietario o la persona autorizada por este deberá declarar la información sobre las mercancías que salen del depósito aduanero ante la Subdirección de Aduanas que lo gestiona. En caso de importación al mercado vietnamita, los trámites aduaneros deberán realizarse como para las mercancías importadas del extranjero, según el tipo de importación correspondiente; el momento de la importación efectiva de las mercancías será el momento en que la autoridad aduanera confirme que las mercancías han salido del depósito aduanero».
Español Procedimientos aduaneros para mercancías procedentes del exterior introducidas en depósitos fiscales, mercancías procedentes de depósitos fiscales introducidas en el mercado interno: Implementar de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 1, Cláusula 4, Artículo 91 de la Circular No. 38/2015/TT-BTC de fecha 25 de marzo de 2015, modificada y complementada por la Circular No. 39/2018/TT-BTC de fecha 20 de abril de 2018 del Ministro de Finanzas que regula los procedimientos aduaneros; inspección y supervisión aduanera; Impuestos de exportación, impuestos de importación y gestión de impuestos para mercancías exportadas e importadas.
En lo referente a la vista previa de las mercancías, el muestreo de las mercancías y los servicios realizados en los depósitos aduaneros: el artículo 18 de la Ley de Aduanas, el artículo 17 de la Circular No. 38/2015/TT-BTC del 25 de marzo de 2015, modificada y completada por la Circular No. 39/2018/TT-BTC del 20 de abril de 2018 del Ministro de Finanzas, estipula que la vista previa de las mercancías es un derecho del declarante aduanero a realizar antes de hacer una declaración aduanera para asegurarse de que la declaración aduanera es exacta.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 87 del Decreto Nº 08/2015/ND-CP del 21 de enero de 2015 del Gobierno, el propietario de las mercancías deberá enviar directamente las mercancías al depósito aduanero o autorizar al propietario del depósito aduanero o al agente de despacho de aduanas para realizar servicios tales como tomar muestras de mercancías para servir al trabajo de gestión o despacho de aduanas, reforzar, dividir paquetes y empaquetar; Consolidación de mercancías, clasificación de calidades de mercancías, mantenimiento de mercancías almacenadas en depósitos fiscales. En el momento de la ejecución, el propietario de las mercancías o el titular del depósito fiscal deberá notificar por escrito antes de la ejecución a la Subdirección Aduanera que administre el depósito fiscal para su seguimiento y supervisión.
En cuanto a la reglamentación sobre las políticas de gestión y los procedimientos aduaneros para la importación temporal y reexportación, las políticas de gestión de los formularios de importación temporal y reexportación están estipuladas en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Gestión del Comercio Exterior y se guían en detalle a partir de los artículos 12 a 16 del Decreto 69/2015/ND-CP del 15 de mayo de 2018 del Gobierno que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior.
Los procedimientos aduaneros para la importación temporal y reexportación están estipulados en el artículo 47 y el artículo 55 del Decreto Nº 08/2015/ND-CP, modificado y complementado por el Decreto Nº 59/2018/ND-CP Decreto Nº 08/2015/ND-CP de 21 de enero de 2015 del Gobierno.
Fuente: https://haiquanonline.com.vn/nhung-luu-y-ve-thu-tuc-hai-quan-doi-voi-hang-hoa-sua-chua-bao-duong-193862.html
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