Circular 68/2024/TT-BTC del Ministro de Finanzas, de 18 de septiembre de 2024, por la que se modifican y complementan una serie de artículos de las Circulares que regulan las transacciones de valores en el sistema de negociación de valores; compensación y liquidación de operaciones con valores; Operaciones de sociedades de valores y divulgación de información en el mercado de valores, en vigor a partir del 2 de noviembre de 2024
Uno de los nuevos puntos de la Circular 68/2024/TT-BTC es que los inversores extranjeros que sean organizaciones podrán realizar órdenes de compra de acciones sin necesidad de disponer de dinero suficiente.
Los inversores institucionales extranjeros pronto podrán comprar acciones sin margen. (Foto: ST)
En el artículo 1, la Circular 68/2024/TT-BTC modificó y complementó una serie de artículos de la Circular No. 120/2020/TT-BTC del 31 de diciembre de 2020 del Ministro de Finanzas que regula la negociación de acciones cotizadas, el registro de certificados comerciales y de fondos, bonos corporativos y warrants garantizados listados en el sistema de negociación de valores.
En concreto, la nueva Circular establece que los inversores deberán disponer de dinero suficiente en el momento de cursar una orden de compra de valores, salvo en dos casos: los inversores que operen con margen según lo previsto en el artículo 9 de esta Circular; Las organizaciones constituidas bajo la legislación extranjera que participen en inversiones en el mercado de valores vietnamita (en adelante denominados inversores extranjeros) que compren acciones no están obligadas a tener fondos suficientes al realizar pedidos según lo prescrito en el Artículo 9a de esta Circular.
La Circular 68/2024/TT-BTC agregó el Artículo 9a sobre "Las transacciones de compra de acciones no requieren fondos suficientes cuando los inversores institucionales extranjeros realizan órdenes".
La Circular estipula que las compañías de valores (CS) deberán evaluar el riesgo de pago de los inversionistas extranjeros para determinar la cantidad de dinero requerida al colocar una orden de compra de acciones (si las hubiera) de acuerdo con el acuerdo entre las CS y los inversionistas extranjeros o representantes autorizados de inversionistas extranjeros.
En caso de que el inversionista extranjero no pague la totalidad de la operación de compra de acciones, la obligación de pagar la operación con dinero insuficiente se transferirá a la compañía de valores donde el inversionista extranjero coloque la orden a través de la cuenta de autonegociación, salvo el caso especificado en la Cláusula 5 de este Artículo.
La Circular también estipula claramente que el banco depositario donde el inversionista extranjero abre una cuenta de depósito de valores es responsable de pagar las transacciones con fondos insuficientes y cualquier costo incurrido (si lo hubiera) en caso de confirmación incorrecta del saldo del depósito del inversionista extranjero en la compañía de valores, lo que da como resultado fondos insuficientes para pagar las transacciones de compra de acciones.
Al mismo tiempo, modificar y complementar una serie de artículos de la Circular No. 119/2020/TT-BTC de fecha 31 de diciembre de 2020 del Ministro de Finanzas que regula las actividades de registro, depósito, compensación y pago de transacciones de valores. En concreto, la Circular 68/2024/TT-BTC complementa el artículo 35a sobre el pago de las operaciones de compra de acciones de inversores extranjeros que sean organizaciones especificadas en el artículo 9a de la Circular n.º 120/2020/TT-BTC.
La nueva circular establece claramente que los inversionistas extranjeros que realicen órdenes de compra de acciones deben tener suficiente dinero en sus cuentas antes del momento en que el miembro depositario deba transferir dinero a su cuenta de depósito en el banco de pago para realizar el pago de las transacciones de valores. La compensación y el pago de las transacciones de compra de acciones se realizan de conformidad con la ley y los reglamentos de la Corporación de Depósito y Compensación de Valores de Vietnam (VSDC).
Los inversores extranjeros que realicen órdenes de compra de acciones con fondos de pago insuficientes según lo prescrito en la Cláusula 2, Artículo 9a de la Circular No. 120/2020/TT-BTC, VSDC transferirán la obligación de pago por las transacciones de compra de acciones de los inversores extranjeros con fondos de pago insuficientes a la obligación de la compañía de valores donde los inversores extranjeros realicen órdenes de compra de acciones (a través de la cuenta de operaciones propia de la compañía de valores) en la fecha de pago, con base en los siguientes avisos:
En caso de que el inversionista extranjero abra una cuenta de depósito en una compañía de valores, la compañía de valores deberá notificar a VSDC sobre la falta de dinero del inversionista extranjero para pagar la transacción de compra de acciones y la información de la transacción solicitada se convierta en la obligación de pago de la compañía de valores.
En caso de que el inversionista extranjero abra una cuenta de depósito en un banco custodio, el banco custodio deberá notificar a VSDC que el inversionista extranjero carece de dinero para pagar la transacción de compra de acciones y se negará a pagar la transacción por falta de dinero.
Las compañías de valores deberán asegurar fondos suficientes para pagar las transacciones a que se refiere el inciso 2 de este artículo. Las compañías de valores estarán sujetas a sanciones por infracciones de conformidad con la ley y los reglamentos de la VSDC en caso de que incumplan las obligaciones especificadas en la Cláusula 2 de este Artículo.
Fuente: https://www.congluan.vn/nha-dau-tu-to-chuc-nuoc-ngoai-sap-duoc-mua-co-phieu-khong-can-ky-quy-post313024.html
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