El Ministerio de Educación y Formación ha incluido en el borrador muchas regulaciones nuevas para determinar los objetivos de matrícula en universidades y colegios para la educación preescolar, en reemplazo de la circular de 2022.
El Ministerio de Educación y Formación acaba de anunciar el Proyecto de Circular sobre Reglamentos para la determinación de los objetivos de matriculación en la educación universitaria y la educación preescolar por parte del Ministerio de Educación y Formación para solicitar comentarios.
Esta Circular sustituirá a la Circular 38 de 2022 que regula la determinación de los cupos de matrícula para carreras universitarias, maestrías, doctorados y los cupos de matrícula para colegios en educación preescolar.
En el borrador, el contenido tiene muchos cambios respecto a la Circular 38 para ser coherente con la orientación de la planificación de la red de instituciones de educación universitaria y pedagógica y consistente con la circular que regula los estándares de las instituciones de educación universitaria emitida en enero de 2024.
La inscripción real no debe superar el 20% de la meta de inscripción anunciada.
En concreto, se determinan e implementan metas de matrícula para cada año, según cada industria, grupo industrial, nivel y modalidad de formación en la sede y cada sucursal, asegurando que sean coherentes con la capacidad de la institución formadora, las necesidades del mercado laboral y los requerimientos de desarrollo socioeconómico del país y de cada región y localidad.
Candidatos a la admisión a una universidad
Los casos en que las cuotas de inscripción deben determinarse por industria incluyen: industrias en el grupo de formación de docentes; Lengua, literatura y cultura vietnamita; lenguas, literaturas y culturas extranjeras; y programas de formación de maestría y doctorado.
Se determinan e implementan objetivos de inscripción para garantizar que la escala de capacitación al final del año de inscripción (esperada y real) cumpla con los siguientes criterios: primero, la relación entre el área de construcción del piso para capacitación y el número total de estudiantes de tiempo completo convertidos en la sede y cada sucursal no es inferior a 2,8 m2 .
En segundo lugar, la proporción de estudiantes convertidos por profesorado de tiempo completo para cada grupo de carreras y cada carrera (en caso de tener que determinar cupos de matrícula por carrera) de la institución de formación no sea mayor a 40.
En tercer lugar, el equipo de profesores y personal de apoyo, las instalaciones, la tecnología y los materiales de aprendizaje cumplen las regulaciones de los estándares del programa de capacitación aplicables a la respectiva industria, grupo industrial y nivel de capacitación.
Las instituciones de formación deberán reclutar estudiantes de acuerdo con los cupos anunciados, garantizando que el número real de estudiantes reclutados para cada especialidad, grupo de especialidades, nivel y modalidad de formación no supere el 20% del cupo anunciado.
Las universidades no están autorizadas a aumentar las cuotas de matrícula en dos casos.
Este proyecto estipula que la cuota de inscripción de una carrera, grupo de carreras de nivel universitario o una carrera especializada de nivel 7 en la sede principal y las sucursales no se puede aumentar en comparación con la cuota y la matrícula real del año anterior si la tasa de deserción del primer año es superior al 15% o la tasa de empleo de los graduados es inferior al 70%.
La circular de 2022 no estipula la tasa de deserción, sino que solo estipula que la cuota no se incrementará si la tasa de graduados con empleo dentro de los 12 meses de ser reconocidos como graduados en ese campo es inferior al 80%, o la tasa de implementación de la cuota de matrícula de ese campo en el año de matrícula inmediatamente anterior al año de matrícula es inferior al 80% (excepto en el caso de programas de formación de nivel universitario con programas de formación reconocidos por cumplir con estándares de acreditación de calidad).
Para los programas de cooperación internacional en materia de formación, formación conjunta a nivel universitario y de nivel superior en educación preescolar, la cuota está dentro de la cuota de formación de cada industria, grupo de industrias, nivel y forma de formación correspondiente.
Las cuotas de matrícula según modalidades separadas para formación conjunta a nivel universitario para cada carrera, grupo de carreras y modalidad de formación no podrán superar el 20% de las cuotas de matrícula totales de la respectiva carrera, grupo de carreras y modalidad de formación.
Un programa de formación abierto después de la entrada en vigor de la Ley de modificaciones y adiciones a una serie de artículos de la Ley de Educación Superior de 2018, después de que la primera clase se haya graduado durante 2 años, si el programa de formación no ha sido reconocido por cumplir con los estándares de acreditación de calidad de acuerdo con las regulaciones, no se le permitirá seguir matriculando estudiantes hasta que cumpla con los estándares de acreditación de calidad.
A más tardar el 31 de diciembre de cada año, las instituciones de formación deben completar un informe sobre la implementación de los objetivos de matriculación del año en el sistema de software de gestión de objetivos de matriculación del Ministerio de Educación y Capacitación.
Base para determinar los objetivos de la industria de formación docente
Para cada sector de formación docente, la cuota es decidida y anunciada por el Ministerio de Educación y Formación, con base en los criterios de determinación e implementación de la cuota establecidos en este proyecto y la propuesta de la institución de formación.
Al mismo tiempo, con base en los siguientes criterios: la capacidad del profesorado, la reputación de la calidad de la formación y los resultados de matrícula de años anteriores de la institución de formación para cada carrera de formación; Orientación del desarrollo de las instituciones de formación docente de acuerdo a la planificación de la red educativa universitaria y pedagógica; necesidad de formar y complementar el personal docente en las localidades; Número de órdenes, tareas de capacitación, estado de implementación y compromiso de pago de fondos de apoyo estudiantil por parte de los organismos estatales de acuerdo a la normativa.
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Fuente: https://thanhnien.vn/truong-dh-khong-duoc-tang-chi-tieu-tuyen-sinh-khi-ty-le-thoi-hoc-cao-hon-15-185241026174250778.htm
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