El sector tributario exige la suspensión temporal de salida del país a personas con deudas tributarias vencidas que se encuentren en trámite de ejecución, especialmente empresas que no se encuentren operando en el domicilio registrado.
En un despacho oficial enviado a las localidades, la Dirección General Impositiva solicitó a las autoridades tributarias provinciales y municipales aplicar de inmediato medidas coercitivas y divulgar públicamente la información sobre los deudores tributarios mayores de 90 días. Estas medidas pueden considerarse de aplicación simultánea para aumentar la eficiencia de la administración tributaria.
Junto con ello, este organismo propuso suspender temporalmente la salida del país de personas con deudas tributarias vencidas que estén sujetas a ejecución, especialmente empresas que no se encuentren operando en el domicilio registrado. La decisión de suspender temporalmente la salida se puede consultar en el sitio web de la industria tributaria y en las aplicaciones etax y etaxmobile. La autoridad fiscal revisará periódicamente para prorrogar o cancelar oportunamente esta decisión.
Las medidas de suspensión temporal de salida aplicadas por las autoridades fiscales y aduaneras han tendido a incrementarse recientemente. Según datos de la Dirección General de Tributos, desde principios de año se han notificado más de 6.500 casos de suspensión temporal de salida por deuda tributaria, tres veces más que el año pasado. Las autoridades han recaudado 1,341 billones de VND de 2.116 contribuyentes cuya salida fue suspendida temporalmente.
La suspensión de salida es una de las medidas de ejecución de deudas que aplica el sector tributario ante casos de mora, indicios de disipación de activos y fugas. De acuerdo con la Ley de Administración Tributaria de 2019 y el Decreto 126/2020, los jefes de las agencias tributarias y aduaneras tienen derecho a decidir posponer la salida del país de las personas físicas y representantes de empresas que no hayan cumplido con sus obligaciones tributarias. La normativa actual no especifica un umbral de deuda específico para la consideración y aplicación de esta medida de ejecución, es decir, deuda tributaria vencida 1 moneda debe ser recuperada por la fuerza.
En una conferencia de prensa la semana pasada, el Sr. Dang Ngoc Minh, Director General Adjunto del Departamento General de Impuestos, afirmó que la ley no especifica si las deudas tributarias son pequeñas o grandes. Por tanto, los contribuyentes con deudas superiores a 90 días estarán sujetos a ejecución forzosa, independientemente del valor de la deuda.
"Se trata de medidas previstas por el Estado y exigidas por las autoridades fiscales para garantizar los ingresos presupuestarios. La suspensión de la salida es sólo una de las muchas medidas coercitivas contra las empresas con deudas fiscales", afirmó Minh. Sin embargo, también afirmó que la autoridad fiscal considera las medidas de cumplimiento adecuadas para cada caso específico.
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