Casos en los que los costes de los exámenes y tratamientos médicos son pagados directamente por el seguro de salud. (Fuente: SKDS) |
1. Casos en los que los costes de los exámenes y tratamientos médicos del seguro de salud se pagan directamente
De conformidad con el artículo 31, apartado 2, de la Ley de Seguro de Salud de 2008 (modificada en 2014) y el artículo 4, apartado 1, de la Circular 09/2019/TT-BYT, los titulares de la tarjeta de seguro de salud tienen derecho al pago directo de los costes de exámenes y tratamientos médicos en los siguientes casos:
- En centros de reconocimiento y tratamiento médicos que no dispongan de contratos de reconocimiento y tratamiento médicos de seguro médico;
- Exámenes y tratamientos médicos que no se ajusten a las normas sobre procedimientos de exámenes y tratamientos médicos del seguro de enfermedad;
- Pacientes que hayan participado en un seguro de salud durante 5 años consecutivos o más y hayan copagodo en el año gastos de exámenes y tratamientos médicos superiores a 6 meses de salario base (excepto en los casos de autoexamen y tratamiento en un centro médico equivocado) pero no hayan recibido un copago superior a 6 meses de salario base;
- En caso de que no se faciliten los datos de la tarjeta sanitaria o se faciliten datos incorrectos de la misma;
- En caso de que el paciente no pueda presentar la tarjeta sanitaria antes de ser dado de alta del hospital, sea trasladado a otro hospital durante el día por urgencia, pérdida de conocimiento o fallecimiento, o la tarjeta se pierda pero no haya sido reexpedida.
2. Nivel de pago directo de los costes de exámenes y tratamientos médicos del seguro de salud
En concreto, el artículo 30 del Decreto 146/2018/ND-CP estipula el nivel de pago directo de los costes de exámenes y tratamientos del seguro de salud de la siguiente manera:
- En caso de que un paciente acuda a un centro de reconocimiento y tratamiento médico de nivel distrital o equivalente sin un contrato de reconocimiento y tratamiento médico de seguro de salud (excepto en casos de emergencia), el pago será el siguiente:
+ En caso de examen y tratamiento médico ambulatorio, el pago se realiza de acuerdo con los costos reales en el marco de las prestaciones y beneficios del seguro de salud según la normativa, pero sin exceder 0,15 veces el salario base en el momento del examen y tratamiento médico;
+ En caso de examen y tratamiento hospitalario, el pago se basa en los costos reales dentro del alcance de las prestaciones y beneficios del seguro médico según la normativa, pero no excede 0,5 veces el salario base en el momento del alta hospitalaria.
- En caso de que un paciente acuda a un centro de reconocimiento y tratamiento médico de nivel provincial o equivalente sin un contrato de reconocimiento y tratamiento médico de seguro de salud (excepto en casos de emergencia), el pago se realizará de acuerdo con los costos reales dentro del alcance de los beneficios y prestaciones del seguro de salud según la reglamentación, pero sin exceder 1,0 veces el salario básico al momento del alta del hospital.
- En caso de que un paciente acuda a un centro médico central o equivalente de reconocimiento y tratamiento para tratamiento hospitalario sin contrato de seguro médico (excepto en casos de urgencia), el pago se efectuará de acuerdo con los costes reales dentro del alcance de las prestaciones y beneficios del seguro médico prescritos, pero sin exceder 2,5 veces el salario básico al momento del alta hospitalaria.
- En caso de que un paciente acuda a un lugar de examen o tratamiento médico donde inicialmente se registró para examen o tratamiento médico no de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 1, Artículo 28 de la Ley de Seguro de Salud, el fondo de seguro de salud pagará los costos reales dentro del alcance de los beneficios y prestaciones del seguro de salud, pero sin exceder 0,15 veces el salario base en el momento del examen o tratamiento médico para examen o tratamiento médico ambulatorio y sin exceder 0,5 veces el salario base en el momento del alta para examen o tratamiento médico hospitalario.
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