ANTD.VN - La Asociación Bancaria de Vietnam (VNBA) acaba de enviar un documento al Ministerio de Finanzas y al Banco Estatal, proponiendo eliminar los obstáculos en el impuesto al valor agregado para los servicios de cartas de crédito (L/C).
Anteriormente, el 12 de agosto de 2023, la Oficina Gubernamental emitió el Documento No. 324/TB-VPCP anunciando la conclusión del Viceprimer Ministro Le Minh Khai en la reunión sobre el IVA para las actividades de L/C. En el cual, se encarga al Ministerio de Finanzas basarse en las disposiciones de la Ley del IVA, la Ley de Instituciones de Crédito de 2010 y leyes relacionadas para recaudar el IVA sobre las actividades de L/C; Revisar y manejar infracciones administrativas en materia tributaria y pago tardío del IVA por actividades de L/C...
Respecto a esta dirección, VNBA indicó que ha recibido retroalimentación de los bancos miembros sobre las dificultades y deficiencias que podrían afectar seriamente las operaciones del sistema bancario si la conclusión del Viceprimer Ministro tuviera que implementarse.
No es culpa de los bancos.
La Asociación indicó que en cuanto a la normativa sobre el pago del IVA por servicios de L/C, con base en las disposiciones de la Ley del IVA y los documentos que orientan la Ley del IVA, los servicios de concesión de créditos no están sujetos al IVA. En consecuencia, desde el año 2011 hasta la actualidad, las entidades de crédito no recaudan el IVA sobre las comisiones relacionadas con el compromiso de garantía de pago del banco; El IVA sólo se recauda sobre las tarifas relacionadas con los servicios de pago con carta de crédito.
Sin embargo, en 2019, la Oficina Estatal de Auditoría comentó que: con base en la Cláusula 15, Artículo 4 de la Ley de Instituciones de Crédito de 2010, que define la prestación de servicios de pago a través de cuentas que incluyen L/C, la omisión de las instituciones de crédito de declarar y pagar el IVA sobre los servicios L/C no está de acuerdo con las disposiciones de la Ley del IVA.
Luego, la Dirección General de Impuestos emitió un despacho oficial solicitando a los departamentos tributarios locales que revisaran las declaraciones de impuestos de las instituciones de crédito en el área.
Sin embargo, la Asociación Bancaria considera que el hecho de que desde 2011 hasta ahora las entidades de crédito no hayan pagado el IVA sobre las comisiones de cartas de crédito de naturaleza crediticia no es culpa de las entidades de crédito, las entidades de crédito no han violado o evadido intencionalmente sus obligaciones fiscales.
Porque la naturaleza de los servicios de L/C no cambia antes ni después del 1 de enero de 2011 (fecha de entrada en vigor de la Ley de Instituciones de Crédito de 2010). Tras la entrada en vigor de la Ley de Instituciones de Crédito, el Ministerio de Hacienda no modificó el despacho oficial que orienta el pago del IVA; El Departamento General de Impuestos mantiene la guía de política de IVA para tarifas de L/C.
A los bancos se les cobrarán impuestos sobre las comisiones de las cartas de crédito |
Según VNBA, la naturaleza del IVA es un impuesto indirecto. En caso de pago adicional, la entidad de crédito deberá contactar y cobrar al cliente. El cliente no estará de acuerdo porque en la tabla de tarifas del banco se enumeran los elementos de tarifa de carta de crédito relacionados con la concesión de crédito que no están sujetos al IVA. Además, muchos clientes han completado sus informes financieros y auditorías anuales.
Además, desde 2011 hasta la actualidad, muchos clientes ya no tienen una relación transaccional con la entidad de crédito o se han disuelto/entrado en quiebra, por lo que la entidad de crédito no puede recaudar impuestos adicionales sino que debe registrar y controlar las cuentas por cobrar en los libros de contabilidad y en los estados financieros.
En cuanto a la regularización de facturas y la declaración complementaria de impuestos, a la hora de recaudar el IVA (si lo hubiere) para ingresar al presupuesto del Estado, las entidades de crédito y las empresas encontrarán dificultades para emitir facturas de regularización del IVA, ajustar los datos declarados, pagar impuestos, deducir impuestos, etc.
Por parte de las entidades de crédito, el sistema de numerosas sucursales y oficinas de transacciones repartidas por todo el país ha sufrido numerosos cambios, separaciones y fusiones de unidades desde 2011, produciéndose un gran número de transacciones durante un largo periodo de tiempo e involucrando muchas divisas. Por lo tanto, se necesitará mucho tiempo, esfuerzo y recursos para revisar, compilar, separar, calcular y sintetizar datos con una enorme fuente de datos desde 2011 hasta el presente.
Junto con esto, el principio del IVA es que cuando las entidades de crédito declaran y pagan el IVA de salida, los clientes corporativos (principalmente empresas importadoras) podrán declarar, deducir/reembolsar el IVA de entrada correspondiente. En consecuencia, la recaudación de atrasos genera una serie de trámites y costes para toda la sociedad para ajustar facturas, datos de declaración, pago de impuestos, deducciones/devoluciones fiscales y aumentar la operativa de todas las empresas, entidades de crédito y autoridades fiscales.
Propuesta para contabilizar los gastos deducibles al calcular el impuesto
Después de la emisión del Documento No. 324/TB-VPCP, las autoridades fiscales de algunas localidades solicitaron a las entidades de crédito el pago del IVA, lo que generó confusión y ansiedad en las sucursales de las entidades de crédito sobre la implementación de las políticas estatales.
Los bancos indicaron que debido a la recaudación de impuestos generada desde 2011 hasta la actualidad, los costos por multas por pagos tardíos son muy elevados (posiblemente el doble del monto del IVA a pagar), las entidades crediticias tienen dificultades para contabilizar las fuentes de pago de impuestos por multas por pagos tardíos y multas por infracciones administrativas (si las hubiera).
“Cobrar e imponer multas por mora a los bancos comerciales con grandes cantidades de dinero, sin que sean su responsabilidad, sería injusto para ellos, especialmente para aquellos que siempre han cumplido con las regulaciones legales. Al mismo tiempo, si esta política se implementa a la fuerza, afectará gravemente la reputación e imagen del sistema bancario de nuestro país y provocará una pérdida de confianza en las políticas y directrices del Estado, así como en el entorno de inversión en Vietnam”, expresó la VNBA.
Con base en las dificultades y deficiencias antes mencionadas y las recomendaciones de las entidades de crédito, la Asociación Bancaria propone que el Ministerio de Finanzas recomiende que el Gobierno permita a las entidades de crédito contabilizar el importe del IVA de las actividades de L/C recaudadas a partir de 2011 para presentarlo como gastos deducibles al calcular el impuesto sobre la renta corporativa porque este impuesto es una obligación del cliente que las entidades de crédito no tienen base/no pueden recuperar.
Al mismo tiempo, no es necesario emitir facturas de ajuste o reemplazo para facturas con tasas de IVA incorrectas.
Permite a las entidades de crédito declarar y pagar el IVA de forma centralizada en la sede central, sin tener que declarar y pagar el impuesto a la Agencia Tributaria local. En caso de ser necesario regularizar al departamento tributario local, la Dirección General de Tributación regulará al departamento tributario local.
Sin sanciones por retraso en el pago del IVA ni por infracciones administrativas.
Ordenar a los departamentos tributarios locales que no exijan a las entidades de crédito que presenten declaraciones ajustadas y paguen impuestos adicionales hasta que existan instrucciones específicas del Ministerio de Finanzas y de la Dirección General de Impuestos para su implementación uniforme en todo el país.
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